Bruselas aprueba cambios en las DOP vinícolas de Jerez y de Sanlúcar de Barrameda
La Comisión Europea (CE) ha aprobado cambios en las categorías de productos de las DOP Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, en Cádiz, que, en este último caso, afecta también al propio nombre del producto.
En concreto, para ambas DOP se aprueban cambios para incluir la categoría de producto vitícola “vino“ a la ya existente ”vino de licor”. Además, se establece que los vinos protegidos del tipo ”fino“ podrán envejecerse en cualquiera de las localidades de las incluidas en la zona delimitada por el marco de Jerez con excepción de Sanlúcar de Barrameda. Del mismo modo, se modifica la definición de ”fino viejo", incluyéndose la misma excepción sobre su envejecimiento.
El nuevo pliego recalca que los vinos de crianza biológica elaborados en Sanlúcar de Barrameda, por las particulares condiciones agroclimáticas, tienen como resultado su especificidad, debidamente protegida por su propia DOP.
Entre otras modificaciones, se aprueba para ambos marcos que el uso de la mención “reserva“ u otras similares se empleará en vinos con un envejecimiento especialmente prolongado y sólo podrá utilizarse en el caso de la categoría ”vino de licor”.
En el caso de la categoría “vino”, solo si esta mención forma parte de la marca registrada por la bodega siempre y cuando el registro de la marca sea anterior a la primera publicación existente de regulación del término “reserva”.
En cuanto a la DOP Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda/Manzanilla pasan también a estar protegidos los términos “Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda“ y ”Manzanilla de Sanlúcar”. El objetivo de este cambio es atender a “una más clara reivindicación del origen del vino y ampliar las opciones para referirse a la denominación de origen con las usualmente empleadas en el lenguaje común, las cuales en su totalidad vinculan el nombre Manzanilla al origen geográfico”, según los reglamentos.








