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Los aceites españoles cumplen la normativa vigente en materia de seguridad alimentaria

27/01/2022

Todos los aceites de oliva de procedencia española, y comercializados en España, en ningún caso han vulnerado el ordenamiento jurídico imperante, considerando, la legislación vigente en materia de aceites de oliva comestibles, de aplicación tanto a nivel mundial, como en el entorno de la EU, además de los previstos por parte del ordenamiento jurídico español. Es la conclusión al que llega el Estudio de autenticidad 2020 para aceites de oliva en España, coordinado por Juan Vilar Consultores Estratégicos y en cuya elaboración han participado compañías de reputado prestigio, como lo son SGS, EC2CE o Eurofins Analityc, entre otras.

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Dicha conclusión se conoce en un momento, y entorno de plena expansión del sector primario español, incluida la agroindustria, donde el ritmo de modernización, innovación e inversión se ha acelerado en los últimos tiempos, tanto con la procedencia de capital propio, como externo, siendo uno de los sectores más representativos, estratégicos y atractivos, el vinculado al ámbito de elaboración de aceites de oliva, a ello ha contribuido, además del esfuerzo sectorial, iniciativas gubernamentales como han sido el Real Decreto 760/2021, de 31 de agosto, por el que se aprobó la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva.

El estudio, que se ha llevado a cabo en todo el territorio español segmentado por regiones, y especialmente en hipermercados y supermercados, fundamentalmente para aceites de oliva, tanto en su categoría de suave, como de intenso, así como para vírgenes extra, y vírgenes extra sin filtrar, tanto para marcas del fabricante, como del distribuidor, también apunta que algunas muestras analizadas resultaron estar cerca de los límites. La investigación se llevó a cabo durante los meses de noviembre de 2020 y hasta noviembre de 2021. Los fondos para realizar dicha investigación partieron de los Grupos DCOOP, DEOLEO e IFFCO.

A tenor de los resultados obtenidos en la presente investigación, como vital recomendación, con el mero objeto de proyectar una mejora continua y constante de la imagen de nuestros aceites de oliva, tanto en el mercado doméstico, como en el exterior, el estudio considera que resultaría muy positivo establecer en España, un mecanismo de autocontrol certificado, preventivo y predictivo, como prevé la anteriormente nueva norma de calidad, cuyo objetivo fuese la evaluación de la conformidad. Ofreciendo de forma ratificada, además, al mercado la máxima confianza, a través de la calidad y garantía de lo comercializado, por medio del establecimiento y cumplimiento de requisitos tanto en proceso, como en requerimientos físico-químicos y organolépticos del producto más exigentes que los establecidos en la legislación vigente (Reglamento (CEE) no 2568/91 de la Comisión, de 11 de julio de 1991).

Todo ello resultaría de aplicación a las actividades de elaboración de aceite de oliva, para las categorías de aceite de oliva virgen extra, aceite de oliva virgen y aceite de oliva, y en el ámbito de las iniciativas de distribución y comercialización.

Un sistema de autocontrol y certificación de proceso y producto para el ámbito correspondiente a la elaboración de aceites de oliva, resultaría vital para el sector español, incluyendo a todos los operadores. Con ello:

  • Se evitaría la actual vulnerabilidad jurídica existente en algunos eslabones
  • Mejoraría la competitividad sectorial, en toda su cadena de valor
  • Se acabaría con la potencial, competencia desleal que, a veces, podría afectar al sector
  • Se concluiría con la indefensión jurídica ante instituciones, organismos, entidades, etc., con intereses opuestos y generadores de informaciones contradictorias
  • Con lo cual, en gran medida, se prevendría la potencial banalización de los aceites de oliva en el punto de venta

En definitiva, materializaría en primer termino, para ratificar de forma posterior, el liderazgo español del sector internacional de elaboración de aceites de oliva, a la vez que preservaría, garantizaría, y daría especial soporte a la elección y preferencia manifestada por el usuario final, mejorando por ende su satisfacción.

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