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Agricultura publica la norma que permitirá retirar aceite de oliva del mercado durante la campaña 2026/27

03/11/2026

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/27. La medida tiene como objetivo regular la oferta para prevenir desequilibrios y mejorar la estabilidad del mercado oleícola.

La normativa se ampara en el artículo 167 bis del Reglamento comunitario 1308/2013 y en el Real Decreto 84/2021, que permite establecer mecanismos excepcionales de regulación de la oferta cuando las condiciones del mercado lo justifiquen. Entre ellos figuran la retirada temporal de aceite hasta la campaña siguiente o su destino a usos no alimentarios.

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La activación de este mecanismo está condicionada a que la suma de las existencias iniciales y la producción estimada alcance el 120% de la media registrada durante las seis campañas anteriores.

Las previsiones de producción para la campaña 2026/27 se sitúan en 1.602.596 toneladas de aceite de oliva, un 23% más que en la campaña anterior. De confirmarse, sería la cuarta campaña con mayor producción de la serie histórica.

El Ministerio atribuye estas perspectivas a las condiciones meteorológicas favorables de la pasada primavera, que facilitaron la floración y el cuajado del fruto en las principales zonas productoras.

Por su parte, las existencias iniciales alcanzan las 357.040 toneladas, un 23,3% más que al comienzo de la campaña precedente, según los datos del Sistema de Información de los Mercados Oleícolas publicados el 28 de octubre.

La orden establece el procedimiento para determinar el porcentaje de aceite que deberá retirarse, calculado sobre la producción acumulada mensualmente. La medida afectaría a las almazaras productoras de todo el territorio nacional y permitiría a cada operador elegir la categoría de aceite objeto de retirada.

El Ministerio deberá fijar antes del 15 de noviembre, mediante una resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, el porcentaje aplicable durante la campaña 2026/27. Este porcentaje podrá modificarse posteriormente en función de los resultados del almacenamiento y de su efecto sobre la estabilidad del mercado.

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Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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