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El real decreto-ley introduce ayudas fiscales y refuerza la supervisión del mercado minorista y mayorista de carburantes en plena crisis energética

Más control, más trazabilidad y mayor exposición regulatoria: qué nuevas obligaciones activa el Gobierno para estaciones de servicio, redes y mayoristas

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Más allá de la rebaja fiscal sobre los carburantes, el Real Decreto-ley 7/2026 abre una nueva fase de vigilancia sobre el mercado español de distribución de productos petrolíferos. El texto aprobado por el Gobierno a raíz de la guerra de Irán no impone la misma carga a todos los actores, pero sí endurece el control sobre precios, márgenes, y remisión de información. Para las estaciones de servicio, especialmente las independientes, el mensaje es claro: aunque las nuevas obligaciones más intensas recaen sobre los operadores al por mayor con capacidad de refino, el canal minorista entra de lleno en un escenario de mayor fiscalización pública y regulatoria.

El propio preámbulo del BOE deja pocas dudas sobre el enfoque del Ejecutivo. El texto afirma que “se fortalecen los poderes de supervisión y sanción del Estado” y añade que la volatilidad de los mercados obliga a “reforzar la provisión de una información fiable y real sobre los precios de los combustibles en las estaciones de servicio”. No se trata, por tanto, solo de abaratar el carburante, sino de vigilar cómo se comporta toda la cadena de valor en un contexto de tensión geopolítica y fuerte sensibilidad social sobre los precios de los hidrocarburos.

Más allá de la rebaja fiscal sobre los carburantes...
Más allá de la rebaja fiscal sobre los carburantes, el Real Decreto-ley 7/2026 abre una nueva fase de vigilancia sobre el mercado español de distribución de productos petrolíferos.

Independientes: sin nueva obligación semanal general, pero con más exposición y riesgo sancionador

Una de las obligaciones más inmediatas y visibles que introduce la norma para las estaciones de servicio es la colocación de cartelería informativa sobre la rebaja fiscal aplicada a los carburantes. La obligación aparece expresamente recogida en la disposición adicional duodécima del Real Decreto-ley 7/2026, que establece que “las estaciones de servicio y otros establecimientos de suministro minorista de carburantes y combustibles estarán obligados a dar la adecuada publicidad a estas medidas”.

“La única obligación que se deriva de forma directa de la norma es que las estaciones de servicio deben colocar carteles informativos sobre la rebaja fiscal”, explica Marion Beck, abogada y asociada principal de Ejaso, quien añade que “en la página de la Agencia Tributaria ya está disponible el modelo oficial de cartel”. De este modo, las estaciones deben informar de forma visible al consumidor de la reducción fiscal aplicada al precio de los carburantes mediante el formato facilitado por la Administración.

Para las estaciones de servicio independientes, el nuevo marco no les impone de forma general una obligación periódica equivalente a la que sí fija para determinados mayoristas. Sin embargo, eso no significa que queden al margen del refuerzo de control. El artículo 28.1 habilita expresamente a la CNMC para “solicitar la información que resulte necesaria a los agentes que participen en la distribución mayorista y minorista de productos petrolíferos, en particular en relación con precios, volúmenes de venta, costes y cualesquiera otros datos relevantes para el análisis del funcionamiento del mercado”. Es decir, la estación independiente no pasa a reportar semanalmente por sistema, pero sí queda claramente sujeta a posibles requerimientos de información en un marco mucho más exigente.

Modelo oficial de cartel publicado por la Agencia Tributaria, ya está disponible en su página web

Modelo oficial de cartel publicado por la Agencia Tributaria, ya está disponible en su página web.

Beck explica que la norma abre la puerta a que “la CNMC pueda dirigirse directamente a una estación de servicio mediante un requerimiento de información”, solicitando datos “sobre precios, volúmenes de venta” e incluso “costes u otros elementos que considere relevantes para el análisis del mercado”. No obstante, la experta matiza que el uso de esta facultad sobre estaciones concretas no necesariamente será sistemático: “no creo que, en principio, la CNMC vaya a dirigirse de forma habitual a estaciones de servicio aisladas, aunque tampoco puede descartarse”.

Ese cambio es importante porque el propio artículo 28.5 eleva el nivel de riesgo jurídico: “El incumplimiento de los requerimientos de información a que se refiere el apartado primero tendrá la consideración de infracción grave”. La referencia legal es especialmente sensible para el minorista, porque convierte cualquier eventual falta de respuesta, respuesta incompleta o entrega defectuosa de datos en un asunto potencialmente sancionable con mayor severidad que en una coyuntura ordinaria. En el marco de la Ley del sector de hidrocarburos, este tipo de infracciones puede implicar sanciones económicas relevantes —que en los casos más severos pueden alcanzar varios millones de euros— e incluso medidas administrativas adicionales si se detectan incumplimientos reiterados.

Conviene subrayar que la CNMC ya contaba anteriormente con la capacidad de solicitar información a los agentes del sector energético, incluidas las estaciones de servicio. Sin embargo, el nuevo artículo 28 refuerza este marco al integrar explícitamente a mayoristas y minoristas dentro de un sistema de supervisión más amplio orientado a analizar la formación del precio del carburante a lo largo de toda la cadena de suministro.

Para ello, establece una obligación de reporte semanal para los operadores mayoristas con capacidad de refino, lo que permitirá al regulador disponer de información mucho más detallada sobre costes y precios en origen.

A esto se suma una segunda derivada, más reputacional que operativa, pero igualmente relevante. La disposición final cuarta modifica el artículo 44.2 de la Ley 34/1998 y establece que la CNMC incluirá en su boletín informativo “un apartado que evalúe el grado de cumplimiento de la obligación de remisión de precios, así como un listado de las medidas sancionadoras adoptadas, publicándose en los 20 días posteriores al fin del mes correspondiente”.

En un mercado donde el precio ya es un elemento central de competencia, la posibilidad de que el regulador publique periódicamente el grado de cumplimiento de las obligaciones de información y las sanciones impuestas podría convertirse en un incentivo adicional para el cumplimiento estricto y elevar el coste reputacional del error. No obstante, como apuntó Marion Beck, todavía está por ver cómo se desarrollará este apartado en el boletín de supervisión de la CNMC y qué nivel de detalle incluirá sobre las sanciones, desde referencias agregadas hasta la posible identificación de los operadores afectados.

Grandes redes: más transparencia comparada y más presión sobre márgenes

En el caso de las grandes redes, la novedad no es tanto una nueva obligación individualizada para cada estación integrada como una mayor transparencia sobre la relación entre mayorista y red de distribución. El artículo 28.2 dispone que, durante tres meses desde la entrada en vigor del real decreto-ley, “los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España reportarán semanalmente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia información sobre sus costes de adquisición de productos petrolíferos y los precios de venta de carburante a las estaciones de servicio, tanto aquellas integradas en su red de distribución […] como las estaciones de servicio independientes”.

Ese punto es especialmente significativo para las redes abanderadas o integradas porque la CNMC va a disponer, con periodicidad semanal, de información comparada sobre los precios a los que el mayorista con refino vende carburante tanto a su propia red como a estaciones independientes. Aunque la obligación formal recae sobre el operador al por mayor con capacidad de refino, el resultado práctico es una radiografía mucho más precisa de la política comercial y de las diferencias de trato entre canales.

El artículo 28...
El artículo 28.2 dispone que, durante tres meses, “los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España reportarán semanalmente a la CNMC información sobre sus costes de adquisición y los precios de venta de carburante a las estaciones de servicio, tanto aquellas en su red de distribución […] como las estaciones independientes”.

Además, el artículo 28.3 ordena a la CNMC publicar antes del 31 de mayo de 2026 “un estudio sobre el funcionamiento del mercado de distribución y comercialización de carburantes tanto a particulares como a profesionales, con especial atención a la evolución de precios y del grado de competencia efectiva en el contexto de la guerra en Irán, incluyendo el comportamiento de los márgenes”. Es decir, las redes no solo estarán más expuestas a la comparación entre precios mayoristas y minoristas, sino también al análisis institucional sobre sus márgenes comerciales.

Asimismo, el artículo 28.4 prevé que el Consejo de Ministros solicite a la CNMC recomendaciones “relativas a la evolución de los márgenes para el conjunto de la cadena de valor o para las empresas cuya actividad principal se encuentre clasificada bajo los códigos 4681 o 4730 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025”. El código 4730 corresponde a las estaciones de servicio, por lo que la norma habilita expresamente una futura actuación sobre los márgenes del ‘retail’. Para las grandes redes, esto supone entrar en una fase de escrutinio político y regulatorio directo sobre su política comercial, aunque la medida concreta quede diferida a las recomendaciones de la CNMC y, en su caso, a posteriores decisiones del Consejo de Ministros.

Mayoristas con capacidad de refino: la obligación nueva más clara y más intensa

Si hay un actor sobre el que el BOE carga una obligación nueva, directa y periódica, ese es el operador al por mayor con capacidad de refino en España. Como hemos visto, el artículo 28.2 no deja margen interpretativo: durante un periodo inicial de tres meses deberá remitir semanalmente a la CNMC información sobre costes de adquisición y precios de venta a estaciones de servicio, tanto de su red como independientes. Además, el apartado 6 añade que “el plazo de vigencia de lo previsto en el apartado 2 de este artículo se podrá ampliar mediante acuerdo de Consejo de Ministros”.

Esto busca facultar al regulador para seguir la traslación de los costes mayoristas al canal de venta minorista. En otras palabras, la Administración no se limita a observar el precio final en monolito, sino que busca reconstruir el recorrido del margen desde la adquisición del producto hasta su venta a las estaciones.

La nueva arquitectura de control es más sofisticada y coloca a los grandes operadores en el centro del dispositivo de vigilancia del mercado...
La nueva arquitectura de control es más sofisticada y coloca a los grandes operadores en el centro del dispositivo de vigilancia del mercado.

Además, la información reportada no quedará solo en la CNMC. El artículo 28.2 precisa que el supervisor “trasladará esta información al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030”.

En este punto, Beck introduce además un matiz de prudencia jurídica sobre el alcance real de estas medidas, al recordar que muchas de las herramientas previstas en la norma tienen carácter potestativo. La CNMC “puede solicitar información” y el Consejo de Ministros “puede pedir recomendaciones adicionales”, pero la experta advierte de que habrá que comprobar “si estas facultades se traducen finalmente en un nivel de control tan exhaustivo como el que la norma permite”. En este sentido, subraya que el impacto efectivo del nuevo marco regulatorio dependerá en buena medida de cómo las autoridades decidan aplicar estas competencias en la práctica.

Gasóleo profesional: la estación no adelanta la ayuda, pero debe asegurar trazabilidad

En materia de gasóleo profesional, la principal novedad no consiste en una obligación universal de reporte para la estación, sino en un sistema de trazabilidad que condiciona el acceso del cliente a la ayuda pública. El BOE establece que “la obtención de la ayuda estará condicionada a que el pago del gasóleo adquirido en instalaciones de venta al por menor se realice mediante la utilización de las tarjetas gasóleo profesional reguladas en la Orden HFP/941/2022” y añade que “la utilización de las tarjetas gasóleo profesional como medio de pago específico para la adquisición del gasóleo tendrá la consideración solicitud de la ayuda”.

Conviene subrayar que el sistema de trazabilidad del gasóleo profesional ya existía con anterioridad, ya que el suministro a transportistas beneficiarios de la devolución del impuesto especial debía realizarse mediante tarjetas específicas reguladas por la normativa fiscal.

La novedad del real decreto-ley no consiste en crear un nuevo mecanismo de control, sino en utilizar ese sistema ya existente como instrumento para canalizar la nueva ayuda extraordinaria al gasóleo profesional. De este modo, el uso de las tarjetas reguladas por la Orden HFP/941/2022 pasa a tener una doble función: registrar el suministro para la devolución del impuesto y activar automáticamente la solicitud de la nueva ayuda pública.

La novedad del real decreto-ley no consiste en crear un nuevo mecanismo de control...
La novedad del real decreto-ley no consiste en crear un nuevo mecanismo de control, sino en utilizar ese sistema ya existente como instrumento para canalizar la nueva ayuda extraordinaria al gasóleo profesional.

En definitiva, el Gobierno no ha limitado su respuesta a una bajada de impuestos. Ha puesto en marcha un mecanismo de observación extraordinario del mercado de carburantes que afecta de manera distinta a cada eslabón, pero que en conjunto eleva el nivel de control sobre el negocio de las estaciones de servicio. El precio final seguirá siendo el dato visible para el consumidor, sin embargo, el regulador ha activado herramientas que le permiten vigilar con más detalle cómo se forma, cómo se comunica y cómo se justifica.

Aplicación de las ayudas: alivio fiscal, tensión operativa y debate sobre su traslación al mercado

Más allá del refuerzo del control sobre precios y márgenes, la aplicación práctica del paquete aprobado por el Gobierno ha abierto otro frente de gran interés para el sector: cómo se han trasladado las medidas al mercado y qué impacto real han tenido sobre la operativa de las estaciones de servicio. El propio Ministerio de Hacienda presentó el plan como una respuesta de gran alcance, al señalar que el Ejecutivo había activado medidas por valor de 5.046 millones de euros para “abaratar posibles incrementos de precios que afecten a la ciudadanía”, con una rebaja del IVA de los carburantes al diez por ciento una reducción del Impuesto sobre Hidrocarburos y una ayuda de 20 céntimos por litro de gasóleo profesional para los sectores afectados. El departamento subrayó además que “la mayoría de las modificaciones estarán vigentes hasta el próximo 30 de junio de 2026” y cifró en 507 millones el ahorro derivado de la bajada del IVA de los combustibles, al que se sumarían 656,5 millones por la rebaja del Impuesto sobre Hidrocarburos.

En esa misma comunicación oficial, Hacienda puso el foco en el impacto potencial para consumidores y profesionales. Según sus cálculos, la gasolina 95 podía pasar de en torno a 1,8 euros por litro a 1,51 euros, la gasolina 98 de 1,94 a 1,60 euros y el gasóleo de 1,9 a 1,67 euros. Además, el Ministerio remarcó que, “para profundizar en el abaratamiento de los combustibles”, los profesionales, “incluidos los del ámbito agrario, dispondrán de una ayuda de 20 céntimos por cada litro de gasóleo profesional que empleen para su actividad”, ayuda que “será abonada por la Agencia Tributaria y las administraciones forales correspondientes en País Vasco y Navarra”.

CEEES aseguró que, el nuevo esquema constituye “una mejor alternativa...
CEEES aseguró que, el nuevo esquema constituye “una mejor alternativa, pues no asfixia financieramente a las pymes y micropymes del sector ni sobrecarga de trabajo a la Agencia Tributaria”.

Desde el primer momento, el sector también quiso trasladar una valoración positiva del enfoque adoptado por el Gobierno. En un comunicado difundido tras conocerse las medidas, CEEES aseguró que, tras “la nefasta experiencia del descuento de 20 céntimos/litro aplicado tras la invasión rusa de Ucrania”, el nuevo esquema constituye “una mejor alternativa, pues no asfixia financieramente a las pymes y micropymes del sector ni sobrecarga de trabajo a la Agencia Tributaria”. No obstante, la patronal subrayó que la aplicación práctica de las medidas debía ir acompañada de seguridad jurídica, reclamando conocer con precisión “en qué cantidad se rebajan ambos impuestos y cómo realizar el trámite administrativo correspondiente”. En este sentido, CEEES también planteó la necesidad de aclarar algunos aspectos operativos relevantes para las estaciones de servicio, como el tratamiento de las existencias de carburante ya almacenadas en los tanques antes de la entrada en vigor de la rebaja fiscal.

En los días posteriores a la publicación de la norma los usuarios pudieron ver como la rebaja del precio de los carburantes se hacía efectiva. No obstante, las críticas al sector no tardaron en aparecer, lo que llevó a CEEES y Aevecar a publicar un comunicado para aclarar la aplicación de las medidas y defender la actuación de las estaciones de servicio. Ambas organizaciones sostuvieron que “está totalmente demostrado que las gasolineras han cumplido estrictamente con la bajada del IVA, del 21 al diez por ciento en el precio de los carburantes”, y aportaron una primera fotografía de mercado: entre la entrada en vigor del real decreto-ley y el 26 de marzo, “el PVP medio de la gasolina 95 y del gasóleo A se ha abaratado un 13,3 por ciento y un 9,5 por ciento, respectivamente”, lo que equivale a caídas medias de 24 céntimos en gasolina y de casi 19 céntimos en gasóleo.

Las dos patronales insistieron también en que la lectura de los precios exige tener en cuenta la estructura y diversidad del mercado. “La libertad de precios rige el sector”, recordaron, en un contexto en el que “diariamente desde que se adoptó esta medida, los precios varían según el criterio, intereses y necesidades de cada gasolinera”. A ello sumaron un argumento económico que conecta directamente con la preocupación de muchas pymes: “No son ni mucho menos desdeñables los costes financieros en los que han tenido que incurrir las pymes para aplicar la rebaja fiscal aprobada el viernes, con notables tensiones de tesorería al tener que soportar más IVA del repercutido y hacer frente a una pérdida de valor de sus existencias”. Es decir, aunque el diseño de la ayuda evitó repetir el sistema de anticipo directo de 2022, la aplicación acelerada de la rebaja fiscal siguió generando presión financiera y operativa en buena parte de la red minorista.

A escala territorial, Fegaes llevó esa idea un paso más allá y atribuyó parte de la polémica sobre el cumplimiento a un problema de latencia administrativa más que a una falta real de aplicación de la norma. En una publicación difundida en LinkedIn, la federación gallega aseguró que el supuesto incumplimiento respondía en realidad a “un problema de latencia administrativa provocada por el propio Gobierno”, al haberse publicado el real decreto-ley “un sábado por la mañana” y entrar en vigor “ese mismo domingo, dejando a miles de Pymes sin posibilidad real de actualizar datos”. Según Fegaes, una vez retomada la actividad normal el lunes, “el sector respondió con rapidez”: “Galicia superó el 90 por ciento de cumplimiento en todas las provincias”, “Ourense alcanzó el 95,56 por ciento en menos de 24 horas” y “la bajada de precios se aplicó correctamente (≈ -0,19 euros/l)”. Su conclusión fue tajante: “El sector no ha incumplido ni absorbido márgenes; ha gestionado eficazmente el caos administrativo”.

Desde la perspectiva de la industria, Aice también quiso fijar posición en pleno debate sobre los precios. La asociación sostuvo que “las variaciones de precios que se están observando responden, principalmente, a las variaciones del coste de la gasolina y el gasóleo en los mercados internacionales” y añadió que, si se observan las series históricas, los Precios Antes de Impuestos (PAI) “suben y bajan con la misma velocidad que las cotizaciones internacionales”, aunque con los “decalajes operativos asociados a la reposición, logística y gestión de inventarios”. Aice recordó además que “el precio final de los carburantes en el surtidor no viene determinado directamente por el crudo de referencia, Brent, sino por las cotizaciones internacionales de la gasolina y el gasóleo ya refinados”, y defendió que los informes de supervisión de la CNMC “no han detectado anomalías en los precios de las más de 12.600 estaciones de servicio que existen en España”.

La asociación de la industria del combustible incorporó, además, un dato útil para contextualizar el debate sobre márgenes: antes de las medidas aplicadas por el gobierno “casi la mitad del Precio de Venta al Público (PVP) que se paga en las estaciones de servicio corresponde a los impuestos”, mientras que el coste de aprovisionamiento representa un 38 por ciento del precio total, los costes de logística y comercialización un 15 por ciento y los márgenes brutos un uno por ciento. Aice subrayó igualmente que alrededor del 52 por ciento de las estaciones de servicio en España pertenecen a operadores que no son miembros de la asociación, un recordatorio de que la realidad competitiva del mercado español es muy heterogénea y no puede analizarse únicamente desde la óptica de las grandes compañías integradas.

En conjunto, la aplicación de estas medidas deja una lectura compleja para el negocio minorista. Por un lado, el diseño de la ayuda al gasóleo profesional y la rebaja fiscal han permitido ofrecer un alivio inmediato a transportistas, autónomos y consumidores sin reproducir exactamente el mecanismo más gravoso para la tesorería vivido en 2022. Por otro, la precipitación de la entrada en vigor, la necesidad de reprogramar sistemas, la gestión de existencias previas y la actualización de la información remitida al Geoportal y a los canales oficiales han vuelto a poner sobre la mesa la fragilidad operativa de muchas estaciones, en especial de las pequeñas y medianas empresas. En ese equilibrio entre alivio al consumidor, presión política sobre los precios y exigencia administrativa al operador se juega buena parte del impacto real de este nuevo paquete de medidas sobre las estaciones de servicio españolas.

Contexto energético: fuerte volatilidad, alivio parcial de emergencia y previsiones aún muy condicionadas por la guerra

A cierre de marzo, el contexto energético internacional sigue marcado por una volatilidad extraordinaria y por una gran dependencia de la evolución militar y logística en Oriente Próximo. La Agencia Internacional de la Energía (IEA, por sus siglas en inglés) en su ‘Oil Market Report’ del 12 de marzo advirtió de que la guerra en Oriente Próximo estaba provocando “la mayor interrupción del suministro en la historia del mercado mundial del petróleo”. En ese mismo informe, la Agencia señalaba que los flujos de crudo y productos petrolíferos a través del estrecho de Ormuz habían caído desde unos 20 millones de barriles diarios previos al conflicto “a niveles mínimos en la actualidad”, y estimaba que la oferta mundial de petróleo se desplomaría en marzo en ocho millones de barriles diarios, hasta 98,8 millones de barriles diarios (mb/d), su nivel más bajo desde el primer trimestre de 2022.

La IEA también rebajó su previsión de demanda. Según el mismo informe, las cancelaciones generalizadas de vuelos en Oriente Próximo y las perturbaciones en el suministro de GLP recortarían la demanda mundial en torno a un mb/d en marzo y abril frente a sus estimaciones anteriores. Como consecuencia, el consumo mundial de petróleo en 2026 pasaría a crecer 640 kb/d interanuales, es decir, 210 kb/d menos que en la previsión del mes anterior. La agencia añadía además que “los precios más altos del petróleo y unas perspectivas más frágiles para la economía mundial plantean riesgos adicionales para sus previsiones”.

En paralelo, la respuesta de emergencia ha sido inédita por su escala. El 11 de marzo, los países miembros de la IEA acordaron liberar 400 millones de barriles de reservas estratégicas, la mayor acción colectiva de su historia; y el 15 de marzo la agencia precisó que los planes nacionales ya presentados contemplaban disponibilidades inmediatas en Asia-Oceanía y aportaciones desde América y Europa a partir de finales de ese mismo mes. El 20 de marzo, la propia IEA insistió en que esa respuesta era relevante, pero insuficiente por sí sola, y subrayó que “restablecer el tránsito a través del estrecho de Ormuz sigue siendo esencial para estabilizar los mercados energéticos mundiales”. Ese mismo día, Fatih Birol, director ejecutivo de la IEA afirmó que “la guerra en Oriente Próximo está creando una gran crisis energética” y advirtió de que, sin una resolución rápida, “los impactos en los mercados energéticos y en las economías serán cada vez más graves”.

La Agencia Internacional de la Energía, en su ‘Oil Market Report’...

La Agencia Internacional de la Energía, en su ‘Oil Market Report’, advirtió de que la guerra en Oriente Próximo estaba provocando “la mayor interrupción del suministro en la historia del mercado mundial del petróleo”.

Ahora bien, las previsiones a medio plazo no son unívocas. La U.S. Energy Information Administration (EIA), en su escenario publicado el 10 de marzo, planteó una visión algo menos extrema que la de mercado en estos últimos días: estimó que el Brent se mantendría por encima de 95 dólares por barril durante los dos meses siguientes, para después bajar de 80 dólares en el tercer trimestre de 2026 y situarse en torno a 70 dólares al final del año. La propia EIA dejó claro, no obstante, que ese escenario dependía “en gran medida” de dos supuestos: la duración del conflicto y la magnitud de las interrupciones de producción en Oriente Próximo.

S&P Global también ha insistido en esa idea de escenario abierto. En su ‘Commodity Price Watch’ de marzo, la firma señaló que la trayectoria del crudo dependerá del tiempo durante el que el estrecho de Ormuz registre poco o ningún tráfico. Su escenario base parte de unas dos semanas de cuasi cierre, bajo el supuesto de que, cuando se recupere el tránsito, el Brent corregirá algo desde los niveles ya superiores a 100 dólares por barril. Pero añade una advertencia importante: incluso con la reapertura, entre uno y dos millones de barriles diarios de producción podrían seguir fuera del mercado hasta el final del segundo trimestre, y si el estrecho registrara poco tráfico durante meses “los precios podrían situarse muy por encima de los 100 dólares por barril”. S&P añadió que la gasolina y el diésel subirán en línea con el petróleo.

El 24 de marzo, S&P Global Market Intelligence señalaba que los analistas habían revisado al alza sus expectativas para 2026 sobre las grandes petroleras integradas, no por crecimiento de volúmenes, sino por un entorno de precios más altos, mejores márgenes y ‘crack spreads’ más amplios. Según esa nota, el mercado ha reintroducido una prima geopolítica en el crudo ante el riesgo creciente de interrupciones de suministro, especialmente por la vulnerabilidad del estrecho de Ormuz.

Si se atiende al mercado en tiempo real, la tensión no ha remitido. Reuters informaba el 30 de marzo de que los futuros del crudo Brent subieron 2,26 dólares, un dos por ciento, hasta los 114,83 dólares por barril, tras la escalada del conflicto en Oriente Próximo y los ataques de los hutíes de Yemen contra Israel. Con este movimiento, el Brent se encaminaba hacia su mayor subida mensual registrada —alrededor del 58 por ciento—, la más pronunciada desde que existen registros comparables en 1988. Al mismo tiempo, los futuros del crudo estadounidense WTI superaban los 101 dólares por barril, mientras el mercado seguía descontando un escenario de tensión prolongada en la región y mayores riesgos para el suministro energético global.

En este contexto de fuerte tensión en los mercados energéticos internacionales y de volatilidad creciente en los precios del petróleo y de los combustibles, las medidas adoptadas por el Ejecutivo buscan amortiguar el impacto inmediato sobre consumidores y empresas, mientras que las estaciones de servicio vuelven a situarse en el centro del sistema como último eslabón operativo de la cadena, encargadas de aplicar las rebajas fiscales, garantizar la transparencia en los precios y mantener el suministro en un momento especialmente sensible para la movilidad y la actividad económica.

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