La IGP Ternera Asturiana impugna el decreto que cambia el uso del sello ‘Raza Autóctona’
El Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Ternera Asturiana, junto a otros órganos de control españoles, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el nuevo real decreto que regula el uso del logotipo de ‘Raza autóctona’ al considerar que la norma elimina “sin justificación” una protección “esencial” para las figuras de calidad.
Esta modificación podría vulnerar la normativa europea, inducir a confusión al consumidor y perjudicar a los productores amparados por figuras de calidad diferenciada, apuntó la IGP Ternera Asturiana. El recurso, que ha sido admitido a trámite por el Tribunal Supremo, presenta alegaciones contra el real decreto del 21 de octubre de 2025 por la modificación de uno dictado en 2013 sobre la regulación del uso del logotipo ‘Raza autóctona’ en los productos de origen animal.
Los Consejos Reguladores recurrentes consideran que esta nueva norma no se ajusta a derecho y que vulnera la normativa de aplicación a las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP).
Hasta la aprobación del nuevo real decreto, la normativa que regulaba el uso del logotipo ‘100% Raza Autóctona’ establecía expresamente que, cuando existiera una DOP o una IGP registrada cuyo nombre coincidiera o incluyera el de una raza autóctona, únicamente los operadores acogidos a esa figura de calidad podían utilizar el logotipo con el nombre de dicha raza, y solo para los productos amparados por ésta.
Sin embargo, el nuevo real decreto “elimina esta previsión sin ofrecer justificación alguna”, advierte el Consejo Regulador de Ternera Asturiana, que subraya que la supresión de esta previsión resulta “especialmente grave”, ya que es “contraria al ámbito de protección” previsto para las figuras de calidad en el reglamento comunitario.
Ternera Asturiana considera que la proliferación de nuevas marcas con referencias a la raza, muchas de ellas de titularidad de una administración pública, “solo contribuye a generar confusión entre los consumidores”, al tiempo que puede favorecer la proliferación de productos sujetos a requisitos “más laxos” de producción, en perjuicio de aquellos amparados por figuras de calidad como las IGP y DOP.
“No podemos aceptar de ningún modo un planteamiento que entendemos va en contra de los intereses de los ganaderos asturianos, de los consumidores y de la reputación de nuestra marca”, concluye la marca que distingue la carne de vacuno entre los 6 y 18 meses, de las razas autóctonas Asturiana de los Valles y Asturiana de la Montaña, procedentes de animales nacidos, criado, sacrificados y faenados en Asturias.




