El Ministerio de Agricultura publica las condiciones para el seguro de pastos
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) publicó el pasado 20 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden AAA/1054/2014 de 6 de junio que recoge las condiciones del seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendido en el Plan de Seguros 2014.
Define las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción. Así, el ámbito de aplicación del seguro de compensación por pérdida de pastos regulado por la presente orden lo constituyen las explotaciones asegurables situadas en el territorio nacional, excepto Canarias. Incluye las especies bovina, equina, ovina y caprina.
Tienen la condición de explotaciones asegurables las que tengan asignado un código de explotación según el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA), y cumplan con lo establecido en la legislación vigente en materia de identificación y registro de animales.
Orden AAA/1054/2014, de 6 de junio, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014.
Boletín Oficial del Estado (BOE)
20 de junio de 2014
http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/20/pdfs/BOE-A-2014-6518.pdf