Actualidad Info Actualidad

Información de la Junta de Extremadura sobre la vacunación contra la lengua azul

Redacción oviespana.com07/12/2016

El Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura ha realizado un pequeño informe dedicado a los ganaderos en el que informa de las cuestiones relativas a la campaña de vacunación contra la lengua azul del presente año.

¿Debo vacunar mis animales frente al virus de la enfermedad de la Lengua Azul?

Sí, se deben vacunar todos los ovinos y bovinos mayores de 3 meses de edad en el momento de la aplicación de la vacuna, según lo dispuesto en la Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul (y sus modificaciones). La responsabilidad de vacunar la explotación es del titular de la misma.

¿En qué municipios se debe vacunar de lengua azul?

En todos los municipios de Extremadura se deben vacunar los animales frente a los serotipos 1 y 4 del virus de la lengua azul.

En febrero de 2016, por la grave situación de la lengua azul en Portugal, todos los municipios de las comarcas de Badajoz, Mérida, y Trujillo, y ciertos municipios de la comarca de Cáceres y de Navalmoral de la Mata que aún no lo estaban, han pasado a formar parte de la Zona Restringida (ZR) frente al serotipo 1, por eso toda Extremadura es adía de hoy ZR para el s-1 y ZR para el s-4.

¿Quién puede vacunar mis animales y en qué plazo?

La vacuna podrá ser aplicada por su veterinario, ya sea el director técnico de la ADSG si pertenece a ella, o un veterinario en el ejercicio profesional designado por usted.

Plazos para la vacunación:

- Las explotaciones de bovinos y ovinos ubicados en los nuevos municipios incluidos en la Zona Restringida frente al s-1 tendrán de plazo para vacunar frente al serotipo 1 hasta el 30 de junio de 2016. Recodar que en estos municipios se debe seguir vacunando frente al s-4, aplicando la dosis anual de recuerdo antes de que transcurran 12 meses desde la última vacunación del rebaño en el año anterior (los primovacunados según indicaciones de la ficha técnica de la vacuna).

- En el resto de municipios de Extremadura, donde ya se aplicaba un programa vacunal frente al s-1 y frente al s-4, se deberá aplicar la dosis anual de recuerdo antes de que transcurran 12 meses desde la última vacunación del rebaño en el año anterior (los primovacunados según indicaciones de la ficha técnica de la vacuna).

No obstante, se podrán realizar vacunaciones, tras la vacunación del rebaño, de los animales mayores de 3 meses que el día de la vacunación del rebaño no pertenecían a la explotación o no tenían la edad mínima para la vacunación.

¿Por qué hay que vacunar los animales?

Porque Extremadura, como otras Comunidades Autónomas limítrofes, es considerada Zona de Riesgo para la lengua azul. Además, la vacunación es la medida más eficaz para luchar contra la enfermedad de la lengua azul y de mantener protegidos a sus animales. También en caso de aparición de la enfermedad podrá disminuir las pérdidas económicas en su explotación. Y debe tenerse en cuenta que un programa vacunal adecuado, ajustado a lo exigidoen la reglamentación, es garantía para la entrada o salida de los animales de su explotación, y por tanto, para la correcta gestión económica de la misma.

¿Cuál es la pauta vacunal?

La indicada por el Laboratorio en el prospecto de la vacuna. De manera general, en animales no vacunados se aplicarán 2 dosis, separadas por un intervalo de 3 semanas.

Los animales que fueron correctamente vacunados el año pasado, si no ha transcurrido más de 12 meses, ahora sólo requerirán una dosis de recuerdo.

Hay que vacunar frente a los serotipos 1 y 4.

¿Cuáles son los requisitos para que me autoricen untraslado de animales?

Como la Lengua Azul es un enfermedad que se transmite mediante vectores (mosquitos del género Culicoides):

- Durante el Periodo Estacionalmente Libre de Vectores (habitualmente entre diciembre y abril del siguiente año): se autorizarán los traslados de animales de especies sensibles siempre y cuando los animales no muestren signos clínicos de la enfermedad.

- Durante el Periodo de Actividad de Vectores (habitualmente entre abril y diciembre): sólo se autorizarán los traslados de bovinos y ovinos dentro y entre zonas restringidas, así como desde éstas hacia zona libre del territorio peninsular español, tanto a vida como a sacrificio, si los animales cumplen los siguientes requisitos: procedentes de explotaciones vacunadas (en los 12 meses anteriores), y animales vacunados (serotipos 1 y 4) o animales menores de 4 meses procedentes de madres vacunadas, y vehículos desinsectados antes de la carga.

No obstante, los animales de los nuevos municipios incluidos en la ZR s-1, con objeto de no provocar restricciones comerciales, se les permiten los traslados hasta el 30 de junio de 2016 aunque la explotación y los animales no estén vacunados frente al serotipo 1 (sí deberán estar vacunados frente al serotipo 4).

¿Qué pasará si no he realizado la vacunación?

Que independientemente de las restricciones de movimiento que se establezcan, se podría incoar un expediente sancionador al titular que no realice la vacunación de sus animales.

¿Dónde puedo adquirir la vacuna frente al s-1 y s-4?

La vacuna puede ser adquirida, previa receta veterinaria, en los canales convencionales de comercialización de medicamentos veterinarios. No obstante, la Dirección General de Agricultura y Ganadería suministrará vacuna de forma gratuita, hasta fin de existencias, para aquellos ganaderos que lo deseen a través de las Oficinas Veterinarias de Zona (OVZ), previa solicitud (se adjunta modelo solicitud de vacuna) donde usted indicará a qué veterinario ha designado para que las retire de la OVZ y aplique a sus animales.

¿Qué es la clave delegada Arado para la grabación de vacunas?

Este año serán los propios veterinarios que vacunan los que grabarán a través de Internet los datos de los animales vacunados en la aplicación informática, denominada ‘OVZNET Grabación de Vacunas’. Para que el veterinario pueda acceder a los datos de su explotación (por ejemplo, obtener el listado de bovinos presentes) y pueda grabar la vacunación requerirán su permiso; dicho permiso se lo concede usted a dicho veterinario cediéndole su ‘clave delegada ARADO Gestión de Vacunas’.

Esta clave que se le ha otorgado de oficio en la aplicación ARADO, junto con el resto de sus claves ARADO, donde usted puede consultarla. Si lo desea puede solicitar la clave delegada en su Oficina Comarcal Agraria (OCA) más próxima.

Dado las repercusiones que tiene para mi explotación el no realizar la vacunación, ¿cómo justifico que la he realizado?

El veterinario que realice la vacunación deberá grabar los datos de la vacunación realizada en la aplicación informática, ‘OVZNET Grabación de Vacunas’, en el plazo máximo de 7 días tras la aplicación de cada dosis.

Tras la grabación, y para su información, se generará un Certificado de Vacunación (documento pdf) con la firma electrónica de su veterinario que usted podrá consultar en la Oficina Veterinaria Virtual (‘Cañada’) en la pestaña de ‘documentos’.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos

REVISTAS

NEWSLETTERS

  • Newsletter Ovino

    18/09/2024

  • Newsletter Ovino

    10/09/2024

ÚLTIMAS NOTICIAS

OPINIÓN

OTRAS SECCIONES

SERVICIOS