Ayudas para la realización de Auditoriás, Asesorías, Análisis Técnico-Económicos, Estudios de Mercado y Organización de Certámenes (2009)
BOCyL: 30 de marzo de 2009
Texto
* OBJETO:
a) Mejorar el funcionamiento técnico-económico de las entidades asociativas agrarias mediante la realización de auditorías, asesorías especializadas y análisis de gestión.
b) Potenciar nuevas iniciativas o actividades que las entidades quieran emprender mediante la realización de análisis de inversiones y de viabilidad y de estudios de mercado.
c) Mejorar el nivel formativo de las entidades asociativas agrarias mediante la información a sus socios y la organización y participación en exposiciones, ferias y certámenes de interés.
* BENEFICIARIOS: Entidades asociativas agrarias que cumplan los requisitos.
* CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
1.- Podrán ser subvencionables los gastos siguientes:
a) Las auditorías financieras y contables.
b) Los servicios de asesoría que no representen unas actividades continuas, periódicas o habituales de la entidad asociativa.
c) Los análisis de gestión, de viabilidad de proyectos y de inversiones.
d) Los estudios de mercado.
e) La organización y participación en exposiciones, ferias y certámenes (derechos de participación, gastos de viaje, coste de publicaciones y alquiler de instalaciones).
2.- Las auditorias deberán ser realizadas por censores jurados de cuentas o auditores registrados oficialmente. Los estudios de viabilidad o de mercado, serán realizados por técnicos competentes en la materia, colegiados y con experiencia en la realización de trabajos semejantes.
* SOLICITUD: Las solicitudes irán dirigidas al Director General de Industrialización y Modernización Agraria y se formalizarán según el modelo que se recoge en el Anexo I.
Documentación específica. A la solicitud se acompañará por duplicado, además de la documentación exigida con carácter general en el punto trigésimo octavo, la siguiente:
1º) La Memoria justificativa de la conveniencia de realizar la actividad para la que se solicita la ayuda. Para el apartado 1.2.º), 3.º) y 4.º) del punto decimotercero deberá acompañarse un informe sobre alcance y contenido de los trabajos a desarrollar. Para las publicaciones a que hace referencia el apartado 1.5.º) del punto decimotercero se incluirá una maqueta de las mismas.
2.º) Presupuesto desglosado de los gastos a realizar amparados por la presente línea.
3.º) Identificación y cualificación del equipo técnico realizador del trabajo.
4.º) Acuerdo de la Asamblea General o norma de régimen interno donde se recoja el método de divulgación de los resultados de la actividad realizada a los socios.
* PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Finaliza el 4 de mayo de 2009
* LUGAR DE PRESENTACIÓN: Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la provincia donde radique el domicilio de la entidad solicitante; En cualquiera de los lugares previstos en la LRJAP. Se EXCLUYE presentación por FAX
* PLAZO DE RESOLUCIÓN:
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose desestimadas las solicitudes no resueltas y notificadas en dicho plazo