El BOE publica cambios en los programas de erradicación de enfermedades animales
Redacción oviespana.com17/06/2011
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica un Real Decreto que modifica la regulación de los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales. Detalla que este nuevo Real Decreto establece el régimen de movimiento de los animales de las especies bovina, ovina y caprina, elimina la figura de la explotación de precebo y especifica los criterios para el movimiento desde las explotaciones de cebo o cebadero.
La nueva norma establece que una explotación de cebo o cebadero es aquella dedicada al engorde de animales de las especies bovina, ovina o caprina y que tendrán como destino exclusivo otras explotaciones de cebo o un matadero, siempre que la explotación de origen esté calificada, o sólo al matadero, si no está calificada.
Subraya que serán explotaciones de cebo calificadas aquellas de ganado bovino oficialmente indemnes de brucelosis bovina, tuberculosis bovina y leucosis enzoótica bovina, o de ganado ovino o caprino oficialmente indemnes de brucelosis.
Indica que en las instalaciones de la misma explotación de cebo no podrán mezclarse animales de la especie bovina con otros de las especies ovina y/o caprina.
El Real Decreto fija también que cuando las pruebas de control sanitarias en animales procedentes de explotaciones de cebo o cebaderos con destino a sacrificio sean desfavorables, será obligatorio su sacrificio aunque no sean indemnizados por ello.
Explica que, sin perjuicio de lo previsto en esta norma, se aplicarán los programas nacionales de erradicación de la brucelosis bovina, tuberculosis bovina y brucelosis ovina y caprina, aprobados anualmente por el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria.
Real Decreto 727/2011, de 20 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
Boletín Oficial del Estado (BOE)
16 de junio de 2011