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Autorizada por el gobierno español

Nueva película de celulosa para envases alimentarios

Horticom News21/06/2005

21 de junio de 2005

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español una directiva europea que autoriza el uso de una nueva película de celulosa regenerada para uso alimentario que es biodegradable. Se trata de una hoja delgada obtenida a partir de celulosa refinada procedente de madera o algodón no reciclados.

El Gobierno español autoriza el uso de una nueva película de celulosa para envases alimentarios

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español una directiva europea que autoriza el uso de una nueva película de celulosa regenerada para uso alimentario que es biodegradable. Se trata de una hoja delgada obtenida a partir de celulosa refinada procedente de madera o algodón no reciclados.

El nuevo reglamento autoriza el uso de esta película para fabricar envases de alimentos, como por ejemplo las bolsas transparentes de patatas fritas. Una de las particularidades de este material es que, además de ser biodegradables, puede transformarse en abono. Así, se cumple con la normativa española sobre envases y residuos de envases según la cual no se puede perjudicar al medio ambiente ni generar residuos de difícil eliminación o reciclado.

Las condiciones modifican además la lista de sustancias autorizadas y suprime determinados polímeros que forman parte de barnices y disolventes y ciertos plastificantes que ya no se utilizan en la fabricación de estos materiales. La novedad responde a los avances tecnológicos que se han producido en relación con los materiales que entran en contacto con los productos alimenticios.

En este sentido, se cumplen con los últimos dictámenes emitidos por el Comité Científico de la Alimentación Humana, cuyo fin es velar por el alto nivel de protección de los consumidores. A partir del 29 de enero de 2006 se prohibirá la fabricación de productos que no se ajusten a esta norma, aunque se podrán comercializar los que se atengan a la normativa anterior hasta la finalización de existencias.

Fuente: CONSUMASEGURIDAD.COM y publicado en ainia - tecnoalimentalia@ainia.es - www.tecnoalimentalia.com - www.ainia.es

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