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Unión Europea

Control fitosanitario para productos frescos importados a partir del 2005

Horticom News02/09/2004

2 de septiembre de 2004

En la reunión del Comité Fitosanitario permanente de la UE se avanza significativamente con respecto a dos normas de implementación de la Directiva del Consejo 2002/89 sobre medidas protectivas de la UE contra la introducción en la Comunidad de organismos dañinos.

En la reunión del Comité Fitosanitario permanente de la UE se avanza significativamente con respecto a dos normas de implementación de la Directiva del Consejo 2002/89 sobre medidas protectivas de la UE contra la introducción en la Comunidad de organismos dañinos. Los textos bajo discusión se refieren al sistema futuro de controles fitosanitarios para productos frescos importados a partir de enero de 2005.

Las previsiones bajo revisión incluyen la inspección posterior a Aduana en un lugar distinto del punto de entrada y la reducción en la frecuencia de los controles. La reunión del Comité de esta semana logró buenos avances en ambos textos. Los servicios de la Comisión confían en lograr su aprobación dentro del marco de la nueva reunión del Comité Fitosanitario programada para el 15 y 16 de julio. El comité acordó el principio de controles fsicos fitosanitarios de frutas en puntos distintos al primer punto de entrada, siempre que se cumpla una cantidad de condiciones, incluyendo:
Los controles documentarios se implementan en el primer punto de entrada;
Exigencia de que la importación sea sometida a un control físico diferido en otro punto acordado en tierra;
Existencia de un acuerdo bilateral entre el punto de entrada y el punto de destino en el cual deber tener lugar el control;
Que el importador notifique el itinerario y método de transporte que se usar;
Que el importador proporcione información sobre el método de control de los bienes durante el tránsito.

El Comité también logró algún avance en las reglas con respecto a la reducción en la frecuencia de verificaciones. Es posible que se adopten provisiones sobre el principio de frecuencia reducida en la próxima reunión. Los Estados Miembros interesados debern presentar un estudio caso por caso a la Comisión para una discusión de la aplicación en el Comité Fitosanitario Permanente.

La Comisión parece considerar que la reducción de los controles no resultará en una disminución menor que el 10% en los controles físicos. Los controles documentarios permanecerán en el 100%.

Publicado en Circular Cafi Nº 60 . www.frutas-argentinas.com.ar

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