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Navarra impedirá las macrogranjas con una modificación de la Ley de Sanidad Animal

03/02/2021

El Gobierno de Navarra ha comenzado ya el proceso de modificación de la Ley Foral de Sanidad Animal con el fin de evitar la creación de macrogranjas a través de limitaciones en el tamaño máximo de las explotaciones ganaderas, debido a los que considera riesgos epidemiológicos derivados de la alta concentración de animales.

Así lo anunció la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez, en una comisión parlamentaria en la que ha intervenido para valorar las últimas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que reconocen el derecho de la empresa Valle de Odieta a ampliar su granja de Caparroso.

“Es necesario blindar el territorio frente a modelo de explotación de las macrogranjas por el impacto social, económico, medioambiental y sanitario que generan, consecuencias que pueden ser graves e irreparables no solo para el sector, sino también para el medio ambiente y el desarrollo rural y territorial”, defendió la consejera.

Ordeño en una explotación de vacuno lechero
Ordeño en una explotación de vacuno lechero.
De hecho, la Orden Foral de inicio ya ha sido firmada y el Servicio de Ganadería está trabajando en la justificación técnica de la modificación de la ley en base a riesgos epidemiológicos asociados a explotaciones de alta concentración de animales, necesaria para justificar la modificación de la ley.

En Navarra hay 142 explotaciones de vacuno de leche y un 20% de la leche que se produce procede de la empresa Valle de Odieta, que cuenta con 7.200 de las 25.160 vacas de la Comunidad Foral y proyecta una macrogranja con 20.000 cabezas de ganado. “La gran mayoría de las explotaciones de vacuno actuales son estratégicas para el desarrollo rural y fijar población, ya que en muchos casos se ubican en zonas desfavorecidas y de montaña”, indicó.

En la modificación de la ley deriva en una sentencia del TSJN que reconoce el derecho de Valle de Odieta a obtener la autorización ambiental necesaria para ampliar su granja de Caparroso al estimar parcialmente el recurso interpuesto por la empresa a la denegación de esta autorización por cuestiones ambientales. Esta sentencia basa su decisión en la falta de pruebas de que el tamaño de la explotación sea determinante o directamente vinculado con evitar enfermedades o riesgos epidemiológicos, en que vulnera el principio de libertad de empresa y en que la limitación precisa de regulación por norma o rango de ley.

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