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Cantabria reduce el número de pruebas en el control de la brucelosis bovina

20/02/2020
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La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria pone en marcha una nueva campaña de saneamiento ganadero con nuevas medidas de intervención y control ante la situación de baja prevalencia sostenida de las enfermedades animales de los programas de erradicación y seguir avanzando en su control. Entre las novedades de la nueva campaña, destaca la reducción del número de pruebas de brucelosis de dos anuales a una, excepto aquellas explotaciones de carne que acudan a pastos comunales y que pertenezcan a comarcas veterinarias con antecedentes confirmados de la enfermedad los últimos cuatro años.

En el caso de las explotaciones bovinas de carne que aprovechan pastos de uso comunal, las pruebas deberán realizarse antes y después de dicho aprovechamiento. Tampoco se aplicará esta reducción de las pruebas en las explotaciones bovinas que realicen trashumancia, las cuales estarán sometidas a las pruebas que cada año se aprueben en el programa nacional de erradicación de brucelosis.

Además, en las explotaciones bovinas cuya orientación productiva sea exclusivamente la de reproducción para la producción de leche, la prueba podrá consistir en dos investigaciones anuales mediante la toma de muestra de leche procedente del tanque de almacenamiento de la explotación.

En cualquier caso, el marcaje de reses reaccionantes no implicará necesariamente el sacrificio del ejemplar, cuyo destino se decidirá con posterioridad ya que cuando sea necesario confirmar la aparición o persistencia de una de las enfermedades de campaña de saneamiento en una explotación, se podrán ordenar, o el sacrificio o la repetición de las pruebas que se consideren oportunas.

En cuanto al resto de pruebas sanitarias que incluye la nueva campaña, todas las explotaciones bovinas serán sometidas a una prueba anual de investigación de tuberculosis y, en su caso, a las pruebas de investigación de perineumonía contagiosa bovina y leucosis enzóotica que resulten del programa que se apruebe por el Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.

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