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Las subidas de los piensos o de la energía deberán reflejarse en los contratos lácteos

27/01/2022

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha sacado a consulta pública la nueva normativa sobre condiciones de contratación en el sector lácteo y el reconocimiento de las organizaciones de productores, que supone importantes variaciones en el denominado ‘paquete lácteo’.

El borrador establece que deben tenerse en cuenta los costes de producción para estos contratos lácteos: “En el caso de establecer un precio variable, este deberá calcularse combinando varios factores especificados en el mismo, que pueden incluir indicadores de mercado que reflejen los cambios en las condiciones del mercado, el volumen suministrado y/o la calidad o composición de la leche cruda suministrada. En todo caso dichos indicadores se basarán en los precios, la producción y deberán tener en cuenta los costes de producción pertinentes, en particular los referidos a la alimentación, piensos, evolución del coste de la energía y del combustible o cualquier otro que influya de manera considerable en la formación o evolución del precio”.

“Los parámetros a los que sea referenciado el precio serán objetivos, verificables, fácilmente identificables y reproducibles por las partes, no manipulables y procederán de fuentes públicas y accesibles, que deberán ser también especificadas en el contrato. En todos los casos los precios podrán además ajustarse en función de primas dependientes de factores como: el volumen suministrado, la calidad físico-química o higiénico-sanitaria, u otros parámetros. No podrán aplicarse bonificaciones o depreciaciones sobre el precio que no estén reflejadas en el contrato”, añade.

Recogida de leche en una explotación láctea
Recogida de leche en una explotación láctea.
Además, el volumen de leche contratado, incluirá un margen de tolerancia expresado en porcentaje que se entenderá como un margen flexible entre el volumen contratado y el efectivamente entregado, para permitir las posibles variaciones en la producción láctea que pueden darse naturalmente en una explotación. Al volumen de leche entregado dentro del margen de tolerancia no podrá aplicársele unas condiciones de contratación diferentes a las aplicadas al volumen contratado.

Menos litros para una organización de productores de vacuno y caprino

En las primeras fases de puesta en marcha de esta normativa conocida como ‘paquete lácteo’, se consideró fundamental que cada organización de productores que se fuese a reconocer en el sector lácteo, concentrase un volumen importante de producción, con el objetivo de que lograran un verdadero poder de negociación. No obstante, la experiencia acumulada, en particular en el sector vacuno de leche, ha demostrado que la exigencia de un tamaño excesivo puede llevar a problemas de gestión y funcionamiento que pueden comprometer la eficacia y el objetivo último para el que se crea este tipo de entidad asociativa o incluso desincentivar el reconocimiento de organizaciones como ha sido el caso del caprino de leche. Por ello se ha considerado aconsejable reducir la exigencia relativa a la producción comercializable mínima para su reconocimiento.

Dicha reducción debe guardar una apropiada proporción que garantice por un lado la creación de nuevas organizaciones viables y efectivas en la consecución de sus objetivos, y por otro, evite un ‘efecto llamada’ para la creación de organizaciones débiles e ineficaces.

En consecuencia, tratando de encontrar ese equilibrio para su reconocimiento, se reduce a 75.000 toneladas el volumen de producción comercializable mínima en leche de vaca y a 15.000 toneladas en caprino.

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