El Ministerio declara el final del periodo estacionalmente libre de la lengua azul
El Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura informa de que, según información procedente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), el día 5 de mayo de 2020 finaliza el periodo estacionalmente libre de lengua azul, con lo cual a partir de esa fecha se vuelven a aplicar los condicionantes sanitarios establecidos en la Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio, por la que se establecen medidas específi cas de protección en relación con la lengua azul.
No obstante, de forma temporal hasta el 15 de junio de 2020, se podrán flexibilizar las condiciones establecidas para los movimientos de an imales procedentes de zonas restringidas desde la finalización en España del pe riodo estacionalmente libre de vectores, permitiendo de este modo el movimiento de animales con destino directo a cebadero cerrado (sin pasar por ferias, mercados, c entros de concentración y tratantes) o matadero, eximiendo a estos animales d e la obligación de la vacunación frente al virus de la lengua azul durante este peri odo, de modo que los ganaderos dispongan de más tiempo para proceder a la vacunaci ón obligatoria de los mismos, teniendo en cuenta que: - Los animales se desplazarán siempre en un medio d e transporte que haya sido objeto de desinsectación. - Se deberá realizar una comunicación a la comunidad autónoma de destino, que deberá autorizar de forma previa este movimiento.