Comunicado del Colegio de Veterinarios de Melilla sobre la fiebre aftosa y la entrada de corderos
Ante la polémica suscitada por las diferentes interpretaciones de la normativa vigente en cuanto a la importación de animales vivos procedentes de Marruecos, el Colegio Oficial de Veterinarios de Melilla quiere hacer las siguientes aclaraciones:
- Real Decreto. 1288/1993. En su artículo 1 dispone: “Se autoriza la importación de animales vivos y de carnes frescas procedentes de países terceros, de acuerdo con el anexo I del presente Real Decreto....”. En este anexo, de Marruecos, tan sólo se permite la importación de équidos con determinados requisitos.
- Real Decreto 1085/2005. En su artículo 3 establece: “...La importación y tránsito por España de ungulados vivos procedentes de terceros países o partes de éstos sólo se autoriza si provienen de terceros países autorizados por la Comisión Europea e incluidos en las correspondientes listas comunitarias”. En estas listas, hasta la fecha, no está incluido el Reino de Marruecos.
- Orden Ministerial AAA 2444/2015. En ella se establecen las medidas de emergencia preventivas frente a la fiebre aftosa en el Magreb, donde “queda prohibida la importación de animales vivos, paja y heno a Ceuta y Melilla y resto del territorio nacional”.
- Orden AAA 2719/2015. Modifica la Orden anterior tan sólo en lo concerniente a la prohibición de importación de productos de origen animal, cárnicos y productos lácteos.
- Decisión de Ejecución de la U.E. 2015/2217 de 27/11/2015. En el considerando 16 establece claramente: “Además, si bien las importaciones de animales vivos de las especies sensibles a la fiebre aftosa no están autorizadas a partir de ningún país de África....”. Por ello, esta Decisión se limita a regular las medidas relativas a productos cárnicos y condiciones de los vehículos.
- Aunque la ciudad de Melilla está fuera de la Unión Aduanera, el tema que nos ocupa es estrictamente sanitario, siendo toda la normativa nacional y comunitaria de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, incluida Melilla.
Según toda esta normativa queda claro que la entrada de animales vivos procedentes del Reino de Marruecos, salvo équidos, no está permitida a nuestra ciudad, no siendo competencia de las autoridades locales ni de este Colegio de Veterinarios la modificación de dichas normas, debiendo atenerse exclusivamente a su estricto cumplimiento sin ningún tipo de interpretación, la cual solo correspondería al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y a las Autoridades Comunitarias.