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BOE detalla características de los nuevos crotales y marcas de identificación

Redacción oviespana.com01/10/2013

El Boletín Oficial de Estado (BOE) recoge en su edición de hoy el contenido del Real Decreto 685/2013 para el establecimiento de un sistema de registro e identificación para ovino y caprino en el que se detalla, entre otros aspectos, las características de los nuevos crotales y marcas para los animales.

Además de precisar las cualidades de los medios de identificación y de los dispositivos para su aplicación y lectura, asigna la horquilla de códigos transpondedores que podrán autorizarse en cada comunidad autónoma en relación a la transmisión de información para la identificación electrónica de los animales.

También hace referencia al contenido mínimo del libro de registro que los titulares o poseedores de animales de ovino y caprino, excepto el transportista, deben de llevar de manera actualizada en su explotación.

Además del código de explotación, este libro ha de reflejar la entrada y salida de animales por especie con su correspondiente fecha, cantidad, categoría, procedencia y destino, así como el censo total de animales mantenidos durante el año anterior o el balance de reproductores cada vez que haya un movimiento en la cabaña.

El Real Decreto también dedica un capítulo a las características del documento de movimiento de animales, a las bases de datos informatizadas para el registro de explotaciones, movimientos y códigos de transpodedores.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) será el que ejerza la función coordinadora en lo relacionado a los controles y sanciones.

Aunque los responsables de los animales son los que tendrán que asumir el coste de la implantación de este sistema de identificación de carácter obligatorio, el Magrama puede contribuir a su financiación hasta un máximo del 50 %.EFEAGRO

Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.

El Reglamento (CE) n.º 21/2004, del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1782/2003 y las Directivas 92/102/CEE y 64/432/CEE ha sido modificado en cinco ocasiones. La aplicación del Reglamento en España se regula a través del Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina, el cual ha sido a su vez modificado en cuatro ocasiones.

Con la finalidad de adaptar diversos aspectos de las últimas modificaciones del Reglamento y eliminar disposiciones del real decreto que han quedado obsoletas, en aras de una mayor racionalidad y claridad, es preciso proceder a la elaboración de un nuevo real decreto para regular el sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina, que sustituya al Real Decreto 947/2005, de 29 de julio.

A través de esta norma se modifica lo dispuesto por el Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina ovina y caprina, en lo que respecta al código de identificación de la explotación de procedencia para adaptarlo al Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA).

Asimismo, el Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales, debe ser modificado para incluir el registro de los datos de muerte de las especies ovina y caprina y por contemplar especies no contenidas en el Registro general de explotaciones ganaderas.

Para consultar el conjunto de este RD pinche el siguiente enlace:

http://www.boe.es/boe/dias/2013/09/30/pdfs/BOE-A-2013-10103.pdf

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