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Cambia la normativa sobre certificación de animales y sus productos

Redacción oviespana.com05/12/2017
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente sobre certificación de animales y productos animales, que establece los requisitos y modalidades exigidas para que veterinarios, no oficiales, pero designados por las Comunidades Autónomas, puedan expedir los certificados necesarios para el comercio intracomunitario. Con esta modificación, acordada con la Comisión Europea, se define con mayor precisión el ‘status’ del agente certificador, detallando los requisitos que garantizan su absoluta imparcialidad.
En este sentido, el texto aprobado establece que el agente certificador debe carecer de intereses comerciales directos en los animales o productos que deba certificar, o en las explotaciones o establecimientos de donde procedan. Igualmente se exige que los veterinarios designados por las Comunidades Autónomas como agentes certificadores no estén sujetos a una relación de empleo estable con los responsables de los animales o productos que deban certificar, o con las explotaciones y establecimientos de donde procedan.

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