BOCyL 30 de marzo de 2009
OBJETO: Las ayudas que se recogen en esta línea están encaminadas a Innovar y mejorar las estructuras comerciales de las entidades y a modernizar y adecuar los procesos y los circuitos comerciales y de distribución agroalimentarios.
BENEFICIARIOS: Podrán acceder a estas ayudas las cooperativas agrarias y S.A.T. que actualicen sus medios de producción implantando sistemas de calidad o trazabilidad, orientados a mejorar los procesos de producción y comercialización para obtener productos agrarios
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES: Podrán ser subvencionables los siguientes gastos: a) Los estudios para concepción, creación y diseño de nuevos productos. b) La asistencia técnica y asesoramiento para la apertura de nuevos establecimientos y delegaciones comerciales. c) La asistencia técnica para la mejora de la imagen y la presentación de los productos. d) La edición de publicaciones formativas o de divulgación que representen interés para la actividad cooperativa. e) La adquisición de programas informáticos que garanticen y estimulen la mejora de la comercialización de los productos de la entidad.
SOLICITUD: Las solicitudes irán dirigidas al Director General de Industrialización y Modernización Agraria y se formalizarán según el modelo que se recoge en el Anexo I.
Documentación específica: 1º) Memoria justificativa de la conveniencia de realizar la actividad para la que se solicita la ayuda que deberá incluir: la descripción los objetivos previstos, actividades a realizar y todos los elementos significativos para la ejecución de los trabajos a desarrollar. En el caso de publicaciones, se incluirá una maqueta de las mismas. 2º) Programa de gastos e inversiones, y presupuesto desglosado por capítulos de gastos. 3º) Memoria de presentación de la empresa de consultoría externa o de realización del trabajo donde se informe sobre la organización, metodología y experiencia de dicha entidad en la realización de las actividades subvencionables contempladas en esta línea, así como su autorización o acreditación, cuando proceda. 4º) Acuerdo de la Asamblea General o norma de régimen interno donde se recoja el método de divulgación de los resultados de la actividad realizada a los socios.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Finaliza el 4 de mayo de 2009
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la provincia donde radique el domicilio de la entidad solicitante, En cualquiera de los lugares previstos en la LRJAP. Se EXCLUYE presentación por FAX
PLAZO DE RESOLUCIÓN: El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose desestimadas las solicitudes no resueltas y notificadas en dicho plazo