Ayuda para inversiones colectivas en instalaciones ganaderas
- BOCyL 13 de junio de 2008
- OBJETO a yudas para realizar inversiones en explotaciones agrarias financiadas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- Tipos de inversión: Las ayudas se destinarán a inversiones llevadas a cabo por dos o más titulares de explotaciones agrarias en zonas desfavorecidas y de montaña que tengan los siguientes objetivos:
a) En zonas desfavorecidas: Producción de forrajes, Mejora de pastizales explotados en común. Medidas hidráulicas destinadas a la producción de forrajes.
b) En zonas de montaña: Construcción de puntos de agua. Construcción o mejora de caminos de acceso a pastizales. Construcción o mejora de alojamientos para el ganado.
- Enlaces: Para la petición de ayudas, le será de utilidad visitar los siguientes enlaces:
· Acceso al programa informático de elaboración de expedientes (líneas: A, B, Q, P e I)
- BENEFICIARIOS: Explotaciones agrícolas
- REQUISITOS: Orden AYG/981/2008.
1. Titulares de explotaciones y agrupaciones:
Acuerdo entre los titulares para realizar la inversión. Compromiso de mantener cinco años desde la concesión de obra o mejora.
Cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, establecida en el Anexo V.
2. Agrupaciones informales, sin personalidad jurídica, de personas físicas, además deben cumplir:
Tener 18 años y no haber cumplido 65.
Estar afiliado al Régimen de la Seguridad Social que corresponda por la actividad agraria o tener al menos, un asalariado fijo por cuenta ajena.
Residir en la comarca donde radiquen las explotaciones o en alguna limítrofe.
No disolver la agrupación en seis años.
Las personas jurídicas, deberán tener como actividad principal la agraria y el domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
- CUANTIA. Apartado decimonoveno de la Orden AYG/981/2008).
* La ayuda, en forma de subvención, será del 50% de la inversión aprobada en zonas de montaña y el 40 por 100 en zonas desfavorecidas.
* Los límites de inversión aprobados son:
* 300.000 euros por inversión
* 1.500 euros por hectárea de pastizal
* 15.000 euros por hectárea de regadío mejorado




