Subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores ovino y caprino de Castilla y León
Redacción oviespana.com06/04/2009
BOCyL: 17 de abril de 2008
OBJETO: Convocar en régimen de concurrencia competitiva subvenciones para fomentar la reforma y adecuación integral de los sectores ovino y caprino durante el período 2008-2012 a través de agrupaciones de productores. Estas Agrupaciones estarán compuestas por productores en actividad de los sectores ovino y caprino, con un censo de animales adecuado al objeto de su actividad cuyo valor mínimo se contempla en el Anexo I.
En función del objeto de la Agrupación, las subvenciones se encuadrarán en las siguientes categorías:
Línea A: Constitución y desarrollo de la estructura común de gestión.
Línea B: Inversiones en explotaciones agrarias integradas en la Agrupación.
Línea C: Dotación de servicios y actividades de formación.
Línea D: Adaptación funcional para implantación de programas de mejora de la calidad, con vistas a la puesta en marcha de sistemas de etiquetado facultativo y de certificación.
Línea E: Constitución de agrupaciones, inversiones y dotaciones de servicios y formación en zonas con dificultades específicas
BENEFICIARIOS: Agrupaciones de productores en el sector ovino y caprino. Estas Agrupaciones tendrán su sede en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para lo cual el número de animales integrados en la Agrupación, ubicados en la misma será al menos el 50% del censo total.
SOLICITUD: Los representantes legales de las Agrupaciones presentarán una solicitud conforme al modelo que se recoge en el Anexo IV, que se dirigirá al Director General de Industrialización y Modernización Agraria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 30 de abril de 2009.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Se presentarán en las oficinas del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la provincia donde radique el domicilio de la agrupación solicitante. También en los demás lugares y forma previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de RJAP-PAC.
PLAZO DE RESOLUCIÓN: El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de seis meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose, por tanto, desestimadas las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo. Sin perjuicio de que se notifique a los interesados la resolución, con indicación, en su caso, del importe de ayuda concedido, se publicará en el Bocyl. En todo caso la resolución de concesión de las ayudas será objeto de publicidad a través de la página web de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por tiempo no inferior a un mes desde la publicación de la citada resolución en el BOCyL.
OBJETO: Convocar en régimen de concurrencia competitiva subvenciones para fomentar la reforma y adecuación integral de los sectores ovino y caprino durante el período 2008-2012 a través de agrupaciones de productores. Estas Agrupaciones estarán compuestas por productores en actividad de los sectores ovino y caprino, con un censo de animales adecuado al objeto de su actividad cuyo valor mínimo se contempla en el Anexo I.
En función del objeto de la Agrupación, las subvenciones se encuadrarán en las siguientes categorías:
Línea A: Constitución y desarrollo de la estructura común de gestión.
Línea B: Inversiones en explotaciones agrarias integradas en la Agrupación.
Línea C: Dotación de servicios y actividades de formación.
Línea D: Adaptación funcional para implantación de programas de mejora de la calidad, con vistas a la puesta en marcha de sistemas de etiquetado facultativo y de certificación.
Línea E: Constitución de agrupaciones, inversiones y dotaciones de servicios y formación en zonas con dificultades específicas
BENEFICIARIOS: Agrupaciones de productores en el sector ovino y caprino. Estas Agrupaciones tendrán su sede en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para lo cual el número de animales integrados en la Agrupación, ubicados en la misma será al menos el 50% del censo total.
SOLICITUD: Los representantes legales de las Agrupaciones presentarán una solicitud conforme al modelo que se recoge en el Anexo IV, que se dirigirá al Director General de Industrialización y Modernización Agraria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 30 de abril de 2009.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Se presentarán en las oficinas del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la provincia donde radique el domicilio de la agrupación solicitante. También en los demás lugares y forma previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de RJAP-PAC.
PLAZO DE RESOLUCIÓN: El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de seis meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose, por tanto, desestimadas las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo. Sin perjuicio de que se notifique a los interesados la resolución, con indicación, en su caso, del importe de ayuda concedido, se publicará en el Bocyl. En todo caso la resolución de concesión de las ayudas será objeto de publicidad a través de la página web de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por tiempo no inferior a un mes desde la publicación de la citada resolución en el BOCyL.








