Cambios en la normativa de conservación de las razas ganaderas autóctonas
La finalidad de las subvenciones es contribuir al desarrollo de los programas de cría y a la implantación y promoción del logotipo ‘Raza Autóctona’ por parte de las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por las comunidades autónomas. Estas medidas tienen una transcendencia que va más allá de la conservación de los recursos genéticos ganaderos, ya que las razas autóctonas aportan servicios ecosistémicos -pastoreo para la prevención de incendios-, conformación y conservación de hábitats y paisajes, y aspectos etnológicos o sociales.
El nuevo real decreto adapta las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones de criadores al nuevo marco normativo europeo en materia de ayudas de Estado recogido en el Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, según informa el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
Dentro de esta adaptación se han aprovechado las nuevas opciones que permiten los artículos 24 y 30 de dicho reglamento para ampliar los conceptos subvencionables, con lo que las asociaciones de criadores tendrán más posibilidades para financiar actividades de gran interés de sus programas de conservación, así como en materia de promoción del logotipo ‘Raza Autóctona’.
Además, se actualizan los criterios de concesión, de forma que se focalizarán las ayudas en las actividades que tienen un mayor impacto en la conservación de las razas. Al mismo tiempo se amplía la flexibilidad de la que disponen las comunidades autónomas para definir sus criterios propios y dar respuesta a las situaciones particulares que cada una de ellas debe afrontar.
Esa filosofía se ha trasladado, también, a la definición de los criterios de territorialización de fondos, de forma que estos promuevan una correcta comunicación de la información a la base de datos ARCA, el desarrollo de bancos de germoplasma y el uso del logotipo ‘Raza Autóctona’.



