ACTUALIDAD
Gestión técnica y documental

Dos años tras la ITC: soluciones de Turboiber para afrontar las exigencias normativas

Redacción Interempresas24/03/2026

Dos años después de la publicación de la nueva ITC, el sector continúa adaptándose a este marco normativo más complejo, mientras surgen iniciativas orientadas a facilitar su aplicación práctica por parte de las empresas conservadoras. Turboiber Elevación plantea un conjunto de soluciones dirigidas a responder a estos nuevos retos regulatorios.

En 2013, el sector del ascensor tuvo que adaptarse a un cambio normativo significativo tras la publicación del Real Decreto 88/2013. Ante los retos que planteaba aquella regulación, Turboiber Elevación decidió impulsar diversas soluciones destinadas a resolver algunas de las lagunas que presentaba el texto normativo y facilitar su aplicación práctica a las empresas conservadoras.

Más de una década después, el escenario volvía a cambiar. En 2024 el Ministerio publicó el Real Decreto 355/2024, que incorpora una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) para ascensores, una regulación más exigente y compleja que la anterior y que volvió a plantear importantes desafíos para las empresas del sector.

“Al igual que en 2013 la compañía respondió con un procedimiento de legalización para ascensores de velocidad lenta —uno de los principales escollos del anterior Real Decreto—, ahora plantea un nuevo paquete de soluciones orientadas a ayudar a las empresas ascensoristas a cumplir con las exigencias de la nueva ITC”, explican desde Turboiber.

Imagen

Información y comunicación con los clientes

Una de las principales novedades introducidas por la nueva ITC es la obligación de que todos los ascensores dispongan de un plan de mantenimiento conforme con la norma UNE 58720.

La exigencia no se limita únicamente a la elaboración del plan. Los contenidos de dicho plan deben reflejarse también en los partes de comunicación correspondientes a las visitas de conservación. Se trata, por tanto, de una tarea compleja y laboriosa, que además requiere garantizar la correcta elaboración de la documentación. Un error en estos documentos podría resultar determinante en caso de que se produzca una incidencia y la Administración deba valorar las responsabilidades correspondientes.

Asimismo, esta documentación puede tener implicaciones en la actuación de las aseguradoras de responsabilidad civil. En caso de que no exista un plan de mantenimiento, o este no se haya elaborado correctamente, la compañía aseguradora podría considerar que se ha producido una negligencia por parte de la empresa conservadora.

Para responder a esta necesidad, Turboiber ha desarrollado una aplicación destinada a facilitar la elaboración de los planes de mantenimiento. La herramienta permite generar dichos planes con arreglo a la norma UNE 58720 y, en su versión móvil, producir los documentos necesarios para comunicar las actuaciones al cliente, además de facilitar la gestión administrativa asociada, como la facturación de averías.

Exigencias en materia de seguridad

El nuevo marco normativo introduce también mayores requisitos en materia de seguridad. El concepto de modificación importante ya estaba presente en la anterior ITC, y muchas empresas del sector ya habían adoptado los procedimientos necesarios para cumplir con esta obligación. Sin embargo, la nueva regulación incrementa los requisitos documentales.

A partir de ahora, cada comunicación de modificación importante deberá ir acompañada de dos declaraciones de conformidad: una que certifique la idoneidad técnica o de diseño y otra que confirme que la ejecución de la modificación se ha realizado conforme al diseño establecido. Además, cada una de estas declaraciones debe contar con la intervención de un organismo de control autorizado (OCA), y ambos deben ser distintos.

A ello se añade el incremento de trabajo que la nueva normativa ha trasladado a estos organismos, lo que ha provocado una notable saturación en su actividad. Las empresas conservadoras deben, además, elaborar y conservar toda la documentación asociada a la modificación, mantenerla disponible para su eventual requerimiento por parte de la Administración e incorporar las correspondientes adendas al manual de instrucciones del ascensor, documento que debe conservar el titular de la instalación.

Todo ello implica un aumento significativo de la carga administrativa para las empresas ascensoristas, especialmente en un ámbito —el de las modificaciones— que constituye una parte importante de su actividad.

En este contexto, Turboiber señala que ha sido “la primera empresa en España certificada conforme a los anexos IV y XIII del Real Decreto en materia de modificaciones importantes”. Además, la guía de interpretación de la ITC contempla la posibilidad de subcontratar los trabajos de documentación y generación de estas modificaciones, siempre que se realicen con una empresa conservadora autorizada.

Sobre esta base, la compañía ofrece al sector un servicio integral que incluye la justificación técnica, la documentación y la gestión de las modificaciones importantes, tanto en los casos más habituales como en aquellos de mayor complejidad. El servicio se completa con apoyo de ingeniería cuando la empresa conservadora necesita ayuda para definir la solución técnica más adecuada.

Entre los ejemplos citados figura el caso de determinados montacargas instalados en Cataluña sin puerta de cabina, una práctica que se permitió en su momento cuando su uso estaba restringido a personas autorizadas y advertidas. En aquellos casos en los que actualmente resulta necesario incorporar una puerta y el espacio disponible es muy reducido, la empresa afirma disponer de “una solución basada en un modelo de puerta de mínimo espacio ya certificada”.

Documentación y legalización de ascensores

Otro ámbito en el que la empresa continúa ofreciendo apoyo al sector es el de la documentación y legalización de ascensores antiguos.

La compañía gestiona los trámites necesarios para legalizar y registrar instalaciones existentes, no solo en el caso de ascensores conformes con la Directiva de Máquinas —conocidos habitualmente como homelifts—, sino también para ascensores que cumplen con la Directiva de Ascensores, siempre que hayan sido instalados con posterioridad a 1999, año en que entró en vigor el Real Decreto 1314/97.

Asimismo, ofrece la elaboración de los manuales de funcionamiento que, de acuerdo con la ITC, deben acompañar a cada instalación. Este documento debe estar en poder del titular del ascensor desde 2013. Por ello, el ascensorista puede repercutir el coste de su elaboración al propietario de la instalación, especialmente en aquellos casos en los que el ascensor no fue instalado por la empresa que actualmente se encarga de su conservación.

“Nos ponemos a disposición de todas las empresas del sector para colaborar y ayudarles a sacar adelante las exigencias que este Real Decreto está poniéndonos delante, y con la garantía que le puede dar al ascensorista el rendimiento excepcional que se tuvo con las legalizaciones de cerca de 3000 aparatos de velocidad lenta, que fue la exigencia fundamental del Real Decreto anterior”, finalizan desde la compañía.

EMPRESAS O ENTIDADES RELACIONADAS
Turboiber Elevación, S.L.
COMENTARIOS AL ARTÍCULO/NOTICIA

Deja un comentario

Para poder hacer comentarios y participar en el debate debes identificarte o registrarte en nuestra web.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos