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Los autónomos, cada vez más cerca de la equiparación con los empleados por cuenta ajena

La Cuota de Autónomos en 2019

Billage

19/03/2019
Por fin es oficial. Con la llegada del nuevo año han entrado en vigor los cambios normativos que afectan al cálculo y las coberturas de la cuota de Seguridad Social para los autónomos en España. Sin duda el cambio es a mejor. Después de años reclamando la equiparación de las prestaciones de la Seguridad Social con las recibidas por los empleados por cuenta ajena, por fin los autónomos están más cerca de ver cumplido su deseo.
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Cambios en la base y en el tipo de cotización

A partir del 1 de enero la base mínima de cotización de los autónomos, que es la que eligen la mayoría de los autónomos, pasará de 932,7 euros a 944,40 euros. La subida es de 1,25%. Además, aumentará el tipo de cotización que se aplica sobre la base de cotización de todos los autónomos, pasando del 29,8% al 30%.

  • Para los autónomos que optan por la base mínima estos cambios suponen una subida de 5,35 euros en la cuota mensual que pasa de 278 euros a 283,3 euros (64,32 euros al año).
  • Para los autónomos que cotizan por una base superior la subida del tipo en dos décimas (del 29,8 al 30%) tendrá más repercusión al aplicarse sobre una cantidad mayor.

El tipo de cotización del 30% incluye las siguientes coberturas:

  • 28,30% por contingencias comunes, incorporando la Incapacidad Temporal y equiparándose al Régimen General.
  • 0,9% para todos los trabajadores por contingencias profesionales.
  • El 0,7% para cese de actividad.
  • El 0,1% para Formación y Prevención

Por primera vez la base mínima de cotización del autónomo será inferior a la del asalariado del Régimen General (fijada en 1.050 euros al mes). Para evitar que haya un trasvase de asalariados a falsos autónomos, Trabajo aprobará una nueva infracción laboral, sancionada con entre 3.126 y 10.000 euros para el empresario que dé de baja a un empleado y lo mantenga como falso autónomo. Si bien desde el Ministerio de Trabajo se ha sugerido esta infracción se podría extender también a todos los falsos autónomos y no solo a los que procedan del Régimen General.

Mejoras en las prestaciones de los autónomos

Pero los autónomos no se irán con las manos vacías. Este acuerdo también mejorará las coberturas de los trabajadores autónomos de la siguiente manera:

1. Bajas laborales y formación

Los autónomos cotizarán por contingencias profesionales, incapacidad temporal, cese de actividad y formación, a las que ahora no estaban obligados. A cambio, mejorarán su protección.

  • Los autónomos podrán cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
  • Todos los autónomos podrán acceder a la formación continua y reciclaje profesional.
  • Los trabajadores autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta.

2. Cese de actividad

Se mejorará el acceso a la cobertura por cese de actividad (paro de los autónomos), mejorando su acceso, flexibilizando las condiciones y ampliando la duración de la prestación.

Hasta ahora el paro de los autónomos existía, pero no había funcionado. La normativa contemplaba la posibilidad de pagar una cuota superior cada mes a la Seguridad Social a cambio de tener derecho a desempleo en caso de que las cosas no fueran bien y el autónomo se viera obligado a cerrar su negocio. Sin embargo, no merecía la pena el incremento de la cotización porque los requisitos exigidos para cobrar el desempleo de los autónomos eran tantos y tan complicados de cumplir (o demostrar que se cumplían) que era prácticamente imposible cobrar desempleo en caso de tener que cesar la actividad.

La nueva medida nace con el objetivo de mejorar el acceso y flexibilizar las condiciones. A partir del 1 de enero será una comisión (formada por un representante de la mutua, de las asociaciones de autónomos y de la Seguridad Social) y no simplemente la mutua quien decidirá si procede o no otorgar el paro. Y la decisión será vinculante para la mutua.

3. La tarifa plana se mantiene

Aunque se había rumoreado que la tarifa plana podría tener sus días contados, en 2019 se mantendrán las bonificaciones. La tarifa plana se ha convertido en una ayuda clave para comenzar una aventura empresarial y pueden beneficiarse de ella los autónomos que se den de alta por primera vez o que no hubiera estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos de alta.

En 2019 la cuota de los autónomos que se acojan a la tarifa plana pasará a ser de 60 euros mensuales durante los primeros 12 meses de alta, en lugar de los 50 euros mensuales que se venían pagando. La nueva cuota incluye la cotización por incapacidad temporal causada por contingencias comunes y profesionales, pero no la cobertura de cese de actividad ni la de formación.

  • Durante los primeros 12 meses, si se cotiza por la base mínima, la cuota será de 60 euros: 51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales, lo que supone una bonificación del 80%
  • Entre los meses 13 y 24 se aplica una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes del 50% durante seis meses y del 30% los seis meses siguientes.

En algunas comunidades autónomas, como Madrid que aprobó ayudas para mantener la tarifa plana un año más, la tarifa plana dura el doble

4. Pluriactividad

El trabajador no tendrá que reclamar la devolución del exceso de cotizaciones pagadas a la Seguridad Social en caso de pluriactividad. Se trata de autónomos que también tienen un trabajo por cuenta ajena. Para ellos está previsto el reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía que se fije en los Presupuestos para cada ejercicio.

5. Autónomos de 47 años y más

La ley establece todos los años unos límites máximos de cotización para los autónomos de más edad, con el fin de evitar la ‘compra’ de pensiones si se les permitiese elevar cuanto quisieran su base de cotización en los últimos años de vida laboral.

Sólo los autónomos que el 1 de enero de 2019 tengan menos de 47 años podrán elegir libremente su base de cotización entre la base mínima (944,40 euros) y la máxima (4.070 euros). También tendrán esa libertad de elección aquellos de 47 años cuya base de cotización de diciembre de 2018 fuera igual o superior a 2.052 euros al mes.

6. Mayor protección en caso de maternidad

Las mujeres autónomas tendrán una mayor protección frente a la maternidad, ya que podrán acceder a la tarifa plana de 60 € durante 12 meses dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad sin tener que cesar previamente en su actividad.

7. Los autónomos podrán seguir en el sistema de módulos un año más

Además de todas las medidas pactadas con la Seguridad Social, los autónomos también se beneficiarán de otra serie de medidas con Hacienda. En concreto, más de 400.000 autónomos (sin incluir los trabajadores del sector agrario) podrán seguir acogiéndose al régimen de módulos al menos durante un año más.

Un millón y medio de contribuyentes se acogen al sistema de módulos, muchos de ellos del sector agrario

A pesar de que estaba previsto que en 2019 se endureciesen las condiciones para acceder a este sistema de tributación, se ha prorrogado durante este año las condiciones vigentes hasta 2018, es decir:

  • Que los rendimientos íntegros del trabajador autónomo no superen los 250.000 euros
  • Que la facturación a otros empresarios o profesionales no superen los 125.000 euros.
  • Que las compras en bienes y servicios no superen los 250.000 euros.

Conclusiones: mejoras sociales a cambio de cinco euros más al mes

El aumento de las bases y los tipos de cotización de los autónomos, por el que pagarán cinco euros más al mes a partir de enero del año que viene, está destinado a financiar una mejora de las prestaciones sociales.

Una de las principales mejoras de las que podrán beneficiarse es del cobro de la prestación por cese de actividad por el doble de tiempo –de dos a cuatro meses el mínimo y de 12 a 24 meses el máximo–. El proyecto de Real Decreto-Ley que aprobará el viernes el Consejo de Ministros establece una nueva escala que permite cobrar un mínimo de cuatro meses de esta prestación si se han cotizado entre 12 y 17 meses por cese de actividad y un máximo de 24 meses de cobro si se han cotizado de 48 meses en adelante (cuatro años). A los asalariados les cuesta seis años cobrar el máximo de 24 meses de prestación por desempleo.

Asimismo, se intentará facilitar el acceso a esta prestación, ya que actualmente las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social rechazan la mayoría de las solicitudes. El Gobierno aprobará el viernes la creación de comisiones gestoras donde estará un representante de la mutua, otro del autónomo y otro de la Seguridad Social para dirimir si se tiene derecho o no a esta prestación. El informe será vinculante y recurrible a los tribunales.

Entre el resto de mejoras sociales está que tendrán derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja. Además, podrán no abonar la cuota a la Seguridad Social a partir del segundo mes en caso de baja por enfermedad o incapacitación temporal hasta el momento del alta. Y las madres autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación por baja de maternidad, podrán acceder a la tarifa plana de 60 euros durante un año sin cesar su actividad.

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