El ITeC explicará en Construmat el nuevo Reglamento Europeo en Productos de la Construcción
El próximo 19 de mayo, coincidiendo con el Salón Construmat, el ITeC orgnaizará na sesión sobre la nueva reglamentación europea de Productos de la Construcción. Parte de lo articulado en la nueva norma entrará en vigor 20 días de su publicación, este mismo mes de abril, en el DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea). La sesión preparada por ITeC contará con una ponencia de Vicente Leoz, Jefe de la Unidad DG III de la Comisión Europea y responsable del desarrollo del nuevo reglamento, para dar a conocer el documento finalmente aprobad, los cambios que plantea y sus implicaciones.
El reglamento, creado con el objetivo de simplificar y clarificar el marco legal existente y aligerar la carga administrativa que deben asumir las empresas, especialmente en el caso de las pymes, entrará en vigor en su totalidad a partir del 31 de julio de 2013, fecha en que la Directiva actual quedará derogada.
Entre los cambios relevantes que plantea el nuevo reglamento se encuentra la sustitución de la certificación CE de conformidad por una Declaración de Prestaciones. Los fabricantes deberán redactar esta declaración al introducir un producto en el mercado que esté cubierto por una norma armonizada o sea conforme con una Evaluación Técnica Europea. El marcado CE se colocará solo en los productos respecto a los cuales el fabricante haya emitido esta Declaración de Prestaciones, asumiendo la responsabilidad en la conformidad de su producto en las prestaciones declaradas.
Además, se definen los agentes económicos que intervienen (fabricantes, distribuidores, importadores y representantes autorizados( y ss obligaciones). Asimismo, desaparece el concepto de "idoneidad por el uso" vinculado a los productos con marcado CE, que contempla la Directiva vigente.
El nuevo reglamento introduce procedimientos simplificados que permiten sustituir o reducir los ensayos de tipo mediante documentación técnica apropiada. También prevé procedimientos simplificados para las microempresas.
En cuanto al Documento de Idoneidad Técnica Europeo (DITE), será reemplazado por la Evaluación Técnica Europea, de la cual la Comisión tiene que definir el formato. Además, el reglamento considera aspectos de la vigilancia de mercado relacionados con la aplicación del Reglamento número 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre requisitos de la acreditación y la vigilancia del mercado relacionados con la comercialización de los productos.

































