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Los constructores piden el IVA reducido para rehabilitación de viviendas

Redacción ProfesionalesHoy20/04/2010
Rafael Romero de CCCOC
Rafael Romero de CCCOC.

La Cambra Oficial de Contractistes d´Obres de Catalunya (CCOC) y el Gremi de Constructors d’Obres de Barcelona i Comarques valoran positivamente la decisión del Gobierno, apoyada por las principales fuerzas políticas, de aplicar el tipo reducido de IVA a los trabajos de rehabilitación, renovación y reforma de las viviendas pero considera que la medida es insuficiente. Con el objetivo de potenciar la renovación del parque de viviendas construidas, ambas organizaciones empresariales realizaron una primera propuesta en Junio de 2007, hace 3 años. De las propuestas de aquel documento el Gobierno recogió, a principios de 2009, la supresión del valor del suelo para el cómputo del valor del edificio a rehabilitar. Pero la modificación de la Directiva que regula el IVA en mayo de 2009 abrió nuevas perspectivas que no parece hayan sido recogidas en su totalidad en la norma aprobada el pasado viernes 9 de Abril. La CCOC y el Gremio consideran que hay que actuar con decisión en tres líneas concretas:

1ª Aplicación del tipo súper reducido de IVA
Una parte considerable de los trabajos de rehabilitación, reparación y renovación de viviendas se han venido realizando en nuestro país, hasta ahora, de forma irregular. El consumidor asumía el riesgo de trabajos de calidad dudosa porque se ahorraba un 16%. Ello suponía una competencia desleal a las pequeñas empresas profesionales. Si el coste fiscal al consumidor se reduce al 4% éste se verá incentivado a cumplir con sus obligaciones tributarias, aflorarán este tipo de trabajos y la recaudación no sólo no disminuirá sino que se verá incrementada. El incentivo es menor si la tributación se hace al 7% (al 8% a partir de Junio 2010).

2ª. Flexibilizar el concepto de “renovación” de viviendas
Debe contemplarse la posibilidad de que la renovación de un edificio de uso no residencial se dedique, después de los trabajos, a usos residenciales.

3ª. Promover la reconversión de las pequeñas empresas constructoras
Las organizaciones empresariales consideran que se debería aprovechar esta oportunidad para introducir ciertos requisitos de transparencia y cualificación profesional en el sector, limitando la aplicación del tipo súper reducido a los profesionales que asuman esos compromisos. El propio Real Decreto Ley 6/2010 apunta en esta línea pero en relación a las empresas de servicios energéticos ya que prevé (artº. 19.4) la habilitación de este tipo de empresas a partir de un “Programa de Acuerdos Voluntarios.
Asimismo, la práctica de la nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual en el IRPF, que se instituye por el artículo 1 del citado Real Decreto Ley, exige que el pago no se efectúe mediante entregas de dinero en curso legal, pues la base de la deducción está constituida por “las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito “. Parece razonable que, en materia de IVA, se avance en un sentido semejante introduciendo mecanismos que eviten el fraude y ayuden a mejorar la competitividad, la transparencia y la seriedad del sector. En esa línea se inscribe la propuesta de la exigencia de la aplicación del régimen general del IVA para la aplicación del tipo súper reducido y la inclusión en un registro tutelado por el propio sector.
En este contexto, en Cataluña existe el registro voluntario de empresas “CONSTA”, promovido conjuntamente por el Gremio de Barcelona y la CCOC, cuyos objetivos fundamentales es dar garantía al cliente particular de que la reforma que contrate la ejecuta una empresa profesional, que cumple con sus obligaciones tributarias, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, que documenta sus relaciones con sus clientes y se compromete a un protocolo de atención de reclamaciones, sujetándose al arbitraje de consumo.
El registro CONSTA es un intento de Gremio y CCOC de autorregular el ejercicio de la profesión, limitando la existencia de empresas irregulares que realizan una competencia desleal a las pequeñas empresas legalmente establecidas. Creemos que este camino debe andarse con decisión y, además, es una vía para asegurar que la aplicación de un tipo de IVA súper reducido no tenga un impacto negativo sobre la recaudación, antes al contrario gracias a la afloración de los trabajos que se encarguen en el futuro.
Se acompaña en Anexo 1 las propuestas concretas que la CCOC y el Gremio de Barcelona han hecho llegar al Gobierno y a las fuerzas políticas parlamentarias.

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