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Nueva ley de tráfico: ¿se acabará el boom de los patinetes?

Redacción Tradesport18/11/2020
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El Consejo de Ministros acaba de aprobar un paquete de reformas en la Ley de Tráfico, en el Reglamento General de Circulación, de Vehículos y de Conductores que entrarán en vigor a partir de 2021. Y por fin se aprueba una norma genérica a nivel estatal para el uso de vehículos de movilidad personal, es decir, vehículos con una o más ruedas, con una única plaza y propulsados por motores eléctricos que proporcionan una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h (no se incluyen vehículos para personas de movilidad reducida).

-Prohibido circular por aceras y por zonas peatones, por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos.

-Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos.

-Estarán obligados a disponer de un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características que se aprobará mediante resolución del director de la DGT. Entrará en vigor a los 24 meses de que esta resolución se publique en el BOE.

El primero de los punto, el que limita la circulación a zonas urbanas, no ha gustado a la Federación Española de VMP (FEVEMP), representante de los usuarios de patinetes eléctricos en nuestro país, que en su comunicado expone que la considera una medida "desproporcionada, ya que limita mucho el uso de estos vehículos fuera de los grandes núcleos urbanos, especialmente en la España vaciada, que es donde menos alternativas al coche privado existen".

Además, la FEVEMP entiende "injustificada la prohibición de circular por vías interurbanas (que también incluye vías ciclistas, vías verdes o carreteras rurales) ya que no suponen un riesgo mayor para la seguridad vial que otros vehículos sí permitidos como las bicicletas (incluyendo niños), tractores, animales de carga, tiro o silla o incluso peatones".

En la modificación del reglamento no se contempla la necesidad de contar con un seguro o matrícula para los Vehículos de Movilidad Personal, como tampoco la obligatoriedad de usar el casco o tener una edad mínima para el uso de un patinete eléctrico o cualquier otro vehículo de naturaleza similar.

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