Galicia también regula el uso de maquinaria agrícola en verano
Galicia se convierte en la siguiente comunidad autónoma en regular el uso de maquinaria en el período de alto riesgo de incendio (de 1 de julio al 30 de septiembre) para continuar con los trabajos con mayor seguridad en las horas centrales del día.
A través de este orden se concreta y se desarrolla la normativa autonómica y estatal actual y se busca facilitar los trabajos que sea necesario seguir llevando a cabo durante esta época, al mismo tiempo que se acerca mayor seguridad y prevención en los mismos a las personas que emplean esta maquinaria.
Según explica la Consellería do Medio Rural, se permite la realización de actividades de carácter preventivo, silvícola o agrícola que requieran la utilización de maquinaria dentro de los terrenos forestales y sus zonas de influencia, en los términos y con las recomendaciones establecidos en la actualización del Pladiga 2026, que detalla una serie de recomendaciones en el capítulo del plan preventivo. Además, en el caso de tener que desarrollar estos trabajos en la franja horaria entre las 12,00 y las 18,00 horas, será preciso tener en cuenta dos indicaciones:
- Contar con una persona que pueda ejercer de observador para que, en caso de detectar algún posible conato, dé aviso de manera inmediata a los servicios de emergencia a través de los canales telefónicos del 085 y el 112, o mediante la aplicación móvil de Alume.
- Disponer de un depósito de agua con una capacidad mínima de 400 litros, un extintor de espuma con base de agua de por lo menos seis kilos, dos batelumes y una mochila extintora con una capacidad mínima de 15 litros.
La propia Consejería recuerda que en los últimos diez años se produjeron 411 incendios forestales ocasionados por maquinaria, de los cuales cerca del 60% se concentraron en la citada franja horaria. Además de estos fuegos habría que sumar los no forestales, los agrícolas, que solo en 2025 fueron 30 en esos tres meses.




























