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La Generalitat Valenciana limita la maquinaria agrícola en zonas forestales ante el riesgo de incendios

17/06/2026

La Generalitat Valenciana ha aprobado una nueva regulación para el uso de maquinaria agrícola en terrenos forestales y en la Zona de Influencia Forestal (ZIF) con el objetivo de reforzar la prevención de incendios durante la época de máximo riesgo. La medida estará vigente hasta el 15 de octubre de 2026 y afecta especialmente a las labores de cosecha que se desarrollan en áreas agrícolas próximas al monte.

El vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, Vicente Martínez Mus, trasladó esta decisión a los representantes de las organizaciones agrarias durante una reunión en la que destacó la necesidad de minimizar los riesgos asociados a la campaña de recolección. Según explicó, la resolución tiene una incidencia directa sobre las cerca de 23.000 hectáreas de cereal de secano ubicadas en zonas agrícolas-forestales de la Comunitat Valenciana.

La normativa afecta a cosechadoras, empacadoras, segadoras y otros equipos susceptibles de generar chispas o focos de ignición que trabajen en terrenos forestales o en una franja de hasta 500 metros de estos espacios. Entre las medidas adoptadas figura la adaptación diaria de la actividad al nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales. En nivel 1 se podrá trabajar con normalidad; en nivel 2 la actividad quedará restringida entre las 13.30 y las 18.00 horas, salvo que se disponga de personal adicional; y en nivel 3 se suspenderán las labores durante toda la jornada.

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Además, los operadores deberán comunicar previamente los trabajos a la Central de Prevención de Incendios Forestales correspondiente y contar con medios de extinción obligatorios, como extintores homologados, mochilas de agua y batefuegos. La resolución también exige la instalación de matachispas homologados, un correcto mantenimiento de la maquinaria y la limpieza periódica de elementos con riesgo de acumular material combustible.

La actividad deberá paralizarse cuando coincidan temperaturas superiores a 30 grados, humedades relativas inferiores al 30 % y episodios de viento fuerte. Asimismo, se establecen medidas de protección en parcelas colindantes con masas forestales y la obligación de realizar labores perimetrales de seguridad tras la cosecha. El incumplimiento de estas disposiciones podrá ser sancionado conforme a la legislación forestal vigente.

A la reunión asistieron representantes de AVA-ASAJA, La Unió, UPA-Paopa Valencia y COAG-Comunitat Valenciana, junto a responsables de la Conselleria de Medio Ambiente.

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