OPINIÓN

"Está previsto que en 2023 no se penalice a los productores por incumplimientos en los ecorregímenes"

Entrevista a María José Hernández Mendoza, Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)

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La Presidenta del FEGA expone en la siguiente entrevista las medidas que desde el Gobierno se están impulsando para facilitar a los agricultores y ganaderos en España la transición hacia el nuevo modelo de producción que persigue la Política Agraria Común (PAC) y el Pacto Verde europeo. El plazo de solicitud de las ayudas de la PAC para el ejercicio 2023 comenzará el 1 de marzo y acabará el 15 de mayo.

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La nueva PAC ha entrado en vigor después de un largo proceso preparatorio en el que se ha reiterado la necesidad de rebajar el nivel de burocracia y la carga administrativa para el cobro de las ayudas. Sin embargo, la sensación que tiene el agricultor es que la normativa se ha vuelto aún más compleja. A nivel general, ¿cree que el sector agrario español está preparado para asumir con éxito todos los cambios legislativos que se le vienen encima?

El sector agrario español ha demostrado que tiene una gran capacidad de adaptación, y el éxito con el que ha asumido las anteriores reformas de la Política Agraria Común (PAC) es una buena prueba de ello.

Las administraciones públicas y las entidades colaboradoras debemos acompañar a los agricultores y ganaderos en esta transición hacia la nueva PAC, para lo que vamos a redoblar nuestros esfuerzos de divulgación y asesoramiento, en especial en aquellas cuestiones más novedosas como son los ecorregímenes.

Para ello, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como responsable de la coordinación de la política agraria, ha elaborado diferentes documentos divulgativos, vídeos y presentaciones que abarcan el conjunto de la normativa. Por su parte, las comunidades autónomas y las entidades colaboradoras en los territorios deben adaptar estos documentos al caso concreto y práctico de cada agricultor para facilitarles su comprensión. Estamos convencidos de que el trabajo conjunto redundará en una adecuada aplicación de la nueva PAC.

Comenzando por el Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX), ¿cuáles considera que van a ser los puntos clave para su adopción y qué finalidad tiene este nuevo sistema?

Me gustaría destacar que el SIEX no impone nuevas obligaciones a los productores españoles, sino que trata de establecer una forma de trabajar, en la que demos uso a toda la información que estos sistemas deben suministrar en base a diversas normativas.

Es fundamental que los agricultores españoles sean conscientes de que uno de los objetivos principales del SIEX es simplificar su gestión. A través de un sistema de interconexión de datos, se busca que los agricultores y ganaderos no tengan que suministrar varias veces la misma información y, además, que toda la información recopilada esté a su disposición para que les sirva de base en una gestión eficiente de su explotación. Una información que, armonizada y sistematizada, nos servirá también para la toma de decisiones en el marco de la política agraria y de otras políticas importantes para el sector.

El hecho de que el canal empleado para conectar a los productores con la administración sea exclusivamente electrónico, ¿cómo puede condicionar la aplicación efectiva del SIEX y del resto de herramientas digitales previstas para monitorizar el trabajo de agricultores y ganaderos?

Las relaciones por medios electrónicos entre los agricultores y la autoridad competente están reguladas por la normativa española desde el año 2015, que siempre han recogido las excepciones necesarias para evitar cualquier tipo de discriminación. En lo que se refiere a la Política Agraria Común, desde 2015 se ha establecido que la solicitud única de ayudas de la PAC se presente por los medios electrónicos, salvo en caso excepcionales. Desde entonces, este sistema ha funcionado adecuadamente y todos los agricultores han percibido sus ayudas con normalidad.

Como el resto de la normativa, el SIEX también prevé las excepciones necesarias para asistir y facilitar las herramientas a aquellas personas físicas que no tengan acceso a medios electrónicos, e incluso permitir que puedan transmitir la información y comunicarse por medios no electrónicos.

No obstante, no hay que olvidar que el impulso de la digitalización es fundamental si queremos conseguir un medio rural vivo, dinámico y poblado, así como un sector agrario competitivo y sostenible desde el punto de vista económico, social y medioambiental, que genere valor añadido en los territorios rurales.

De cara a la primera campaña de la nueva PAC, ¿los agricultores han contado con la suficiente información para planificar la siembra de cereales de invierno y la rotación de cultivos en sus explotaciones? ¿Qué nuevas exenciones y medidas de flexibilización se van a aplicar este año?

La nueva PAC supone un cambio de paradigma importante, ya que ha pasado a ser una política orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a una serie de objetivos. Dentro de este nuevo enfoque, se da un mayor margen de subsidiariedad a los Estados miembros, de manera que hemos tenido que diseñar un Plan estratégico nacional con el diseño de las medidas que consideramos necesarias para alcanzar los objetivos marcados.

El proceso de diseño del Plan estratégico ha sido especialmente abierto, que ha contado con la participación activa de todos aquellos actores que tenían algo que decir sobre la nueva PAC. Este proceso ha tenido una total transparencia, ya que se han hecho públicos todos los documentos de interés a través de la página web del ministerio. Así, las prácticas de rotación o siembra directa recogidas en los ecorregímenes para las tierras de cultivo son públicas desde diciembre de 2021 y no se han modificado de forma sustancial desde entonces.

El plan español fue uno de los primeros en ser aprobados por la Unión Europea, a finales de agosto de 2022, por lo que el sector ha contado con la información necesaria antes del comienzo de la campaña agrícola. Es normal que surjan dudas ante la aplicación de nuevas herramientas, y es obligación de la administración resolverlas para garantizar el éxito de esta nueva PAC, además de prever las flexibilidades necesarias para permitir una adecuada transición al nuevo sistema.

¿Qué efectos visibles a corto y medio plazo espera que tengan los ecorregímenes en la agricultura española, tal y como están planteados en estos momentos?

Los ecorregímenes en España se han diseñado de una forma amplia y flexible, para permitir una aplicación parcial o total en la explotación y una combinación de prácticas. Se han establecido siete prácticas diferentes para cubrir todos los usos posibles de suelo, de forma que cada agricultor y ganadero pueda elegir aquella práctica que mejor se ajusta a su explotación. Todo ello con el objetivo de que su aplicación sea generalizada y se produzca una verdadera y significativa contribución a los objetivos medioambientales que nos hemos marcado en el Plan estratégico español, que están en línea con las pretensiones del Pacto Verde de la Unión Europea.

Los fines a los que se dirigen los ecorregímenes en España son variados: mejorar la estructura de los suelos, reducir la erosión y la desertificación, aumentar el contenido en carbono de los suelos, reducir las emisiones, y favorecer la biodiversidad asociada a espacios agrarios, los paisajes y la conservación y la calidad de los recursos naturales. Estos objetivos redundan en la protección del medioambiente y en una mejor gestión de la explotación desde un punto de vista agronómico. Algunos ejemplos de los resultados que esperamos alcanzar con la aplicación de los ecorregímenes son el aumento de las superficies de leguminosas, los márgenes y otros espacios para la biodiversidad, y la reducción de los suelos desnudos o los pastos insuficientemente utilizados o pastoreados en exceso.

"Con la aplicación de los ecorregímenes esperamos el aumento de las superficies de leguminosas, los márgenes y otros espacios para la biodiversidad, y la reducción de los suelos desnudos o los pastos insuficientemente utilizados o pastoreados en exceso"

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¿Se prevé que su aplicación rebaje la percepción de fondos por parte de los agricultores en determinadas zonas donde no sea posible acogerse a alguna de las prácticas en la que se basan los ecorregímenes, ya sea por limitaciones técnicas o por tratarse de medidas que lastren la productividad y/o la rentabilidad de los cultivos?

Hay que tener muy en cuenta que la aplicación de los ecorregímenes es voluntaria para el agricultor, pero obligatoria para el país por normativa comunitaria. En concreto, en España se ha asignado el 23 % del presupuesto de pagos directos a estos ecorregímenes. Existen unos mecanismos de flexibilidad para permitir el trasvase de estos fondos a otros pagos desacoplados en los primeros años de la programación, pero en el conjunto del periodo es preciso destinar este presupuesto dichas prácticas. Además, es importante recordar que, si los agricultores desean recibir un nivel de ayudas similar al del anterior periodo, deben poner en marcha estos ecorregímenes.

Por lo tanto, desde las administraciones debemos animar y acompañar a los productores para que incorporen estas prácticas en su explotación. Los importes de ayuda de estas prácticas se han establecido para compensar los costes incurridos o el lucro cesante que suponen para la explotación.

Además del diseño amplio de los ecorregímenes, se han diseñado otras medidas para conseguir que sean atractivos para los productores. Así, la nueva ley de la PAC, que se publicó a finales de diciembre de 2022, ha establecido una exención fiscal para los ecorregímenes, de forma que las ayudas que los agricultores y ganaderos reciban por estas prácticas no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Este tipo de ayudas pasará por tanto a formar parte íntegramente de la renta disponible de las explotaciones, sin tener que tributar, para favorecer la acogida mayoritaria que se desea.

El real decreto de penalizaciones, que se encuentra actualmente en tramitación, prevé que en 2023 no se penalice a los productores por incumplimientos en los ecorregímenes. Estamos hablando de una nueva medida y somos plenamente conscientes de que en este primer año de aplicación los agricultores y ganaderos deben adaptarse a las nuevas reglas. En 2024, las penalizaciones serán la mitad del nivel establecido, para continuar con esta transición y permitir la adaptación progresiva al nuevo régimen.

Por otro lado, estamos trabajando de forma intensa junto con las comunidades autónomas para que las propias aplicaciones informáticas de gestión caractericen de forma exhaustiva las explotaciones en el mismo momento de presentación de la solicitud única, proporcionando alertas a los agricultores para que puedan retirar, modificar o adaptar su solicitud en el caso de que se detecte que no se está cumpliendo un determinado requisito para el ecorregimen solicitado.

En concreto, respecto a la posibilidad de adherirse a los ecorregímenes mediante la práctica de la siembra directa, ¿cómo puede perjudicar a los agricultores la flexibilización que se plantea por parte de algunas CC AA en cuanto a permitir el uso de aperos para laboreo superficial?

La normativa de la nueva PAC prevé una serie de posibles flexibilidades a los requisitos de las prácticas de los ecorregímenes, concebidas para aplicarse en situaciones excepcionales. Son las autoridades competentes de las comunidades autónomas las que, por causas debidamente justificadas, pueden adaptar las prácticas bajo determinadas condiciones. Por tanto, es su responsabilidad adaptar las flexibilidades que consideren, teniendo en cuenta que los objetivos y las exigencias de las prácticas siguen vigentes y deberán ser verificadas antes del pago de las ayudas.

En el caso de la práctica de siembra directa, la normativa prevé que, excepcionalmente y por causas debidamente justificadas, la autoridad competente pueda permitir algún tipo de labor vertical, siempre y cuando se cumpla con la obligación de mantener el rastrojo sobre el suelo, de manera que el terreno esté cubierto durante todo el año. La práctica no es asimilable a una actividad de mínimo laboreo, ya que los objetivos medioambientales para los que ha sido diseñada, y en particular la contribución a la adaptación al cambio climático y a su mitigación a través de la captura de carbono, no es equivalente en siembra directa que en mínimo laboreo.

La posibilidad excepcional de llevar a cabo un laboreo vertical se puede prever para dar cabida a situaciones en las que, por ejemplo, las condiciones y compactación del terreno imposibiliten llevar a cabo la siembra directa, pero no está concebida para realizar excepciones de manera generalizada.

Sobre la ayuda anunciada a los fertilizantes, ¿cuál es el calendario previsto para el pago efectivo de la subvención y qué deben hacer los agricultores para beneficiarse de ella?

La ayuda por el incremento del precio de los fertilizantes se concederá de oficio por parte del ministerio, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), para aquellas superficies de cultivos permanentes y de tierras de cultivo (excluidos barbechos y pastos temporales) que tengan derecho al cobro de las ayudas directas en la campaña 2022. Por lo tanto, no es preciso solicitar la ayuda.

Se ha establecido este criterio con el objetivo de facilitar la gestión y la tramitación, y permitir que las ayudas lleguen a los agricultores en el menor plazo posible. El objetivo que nos hemos marcado es que aquellos beneficiarios que no hayan presentado alegaciones a la resolución provisional y que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, perciban esta ayuda a mediados de la primavera de 2023, de forma que esta ayuda contribuya a paliar los gastos del abonado de cobertera.

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