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Fraude en gasolineras

Víctor García Nebreda, secretario general de Aevecar (Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles) y de Aeescam (Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid)

27/05/2024

Últimamente, se habla mucho del fraude en la distribución de gasolinas y gasóleos; es un asunto muy importante porque el Estado dejó de recaudar más de 1.000 millones de euros en IVA en 2023, además de otras pérdidas derivadas del incumplimiento de obligaciones sectoriales, que también tienen repercusiones económicas y de otra índole.

En primer lugar, hay que explicar cómo se comete este fraude, quién lo realiza y qué repercusiones tiene.

Básicamente, consiste en no liquidar el IVA correspondiente a la venta a la estación de servicio o distribuidor minorista que vende al consumidor final, quien sí paga ese IVA y lo repercute a los clientes. Además de no cumplir con las obligaciones antes mencionadas.

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Lo realiza esa última empresa que lo vende que, con la reforma que se realizó en la Ley de Hidrocarburos en el año 2015, puede ser un operador mayorista o cualquier minorista que se haya inscrito previamente en el Registro de los Impuestos Especiales.

Esta reforma del año 2015 es probablemente el origen del actual problema, ya que se permitió que los minoristas pudieran vender a otros minoristas, e incluso a mayoristas, y se pasó de tener que controlar a un número reducido de empresas a estar ante unos cuantos miles de sujetos que podían realizar operaciones de venta. Se supone que pretendía conseguir una mayor competencia en el sector, pero lo que produjo fue un desbarajuste de tal tamaño, que acabó llamando la atención de delincuentes internacionales que vieron en esta reforma un perfecto campo de juego para sus intereses y que imagino que sumió en un estado de ansiedad a los que tienen que vigilar que ese fraude no se produzca, es decir a los cuerpos de seguridad del Estado, fundamentalmente la UCO y los inspectores fiscales. Nos consta que todos han redoblado sus esfuerzos, pero el reto es de extrema dificultad.

El RD Ley 8/2023 ha venido a corregir, en parte, el problema, incluyendo en el art. 43 de la Ley el siguiente texto:

“En ningún caso, se permite el suministro entre distribuidores al por menor, ni el suministro de distribuidores al por menor a operadores al por mayor”.

Por lo menos el mercado vuelve a tener la lógica que de que sean los mayoristas los que venden a los minoristas y estos a los consumidores finales.

La entrada en vigor de esta reforma legal fue el pasado 28 de marzo, quizá aún sea pronto para valorarla, pero no pinta demasiado bien; al menos, hemos reducido de forma muy importante a los posibles defraudadores.

Las repercusiones que estas actuaciones delictivas tienen son varias y todas de extrema importancia.

En primer lugar, como ya se ha dicho, supone una disminución de ingresos para las arcas del Estado superior a los 1.000 millones de euros solo en el año 2023, derivada de no ingresar el IVA correspondiente a esas operaciones. Además, supone también un retroceso en la descarbonización de la movilidad, ya que no se cumple el porcentaje actual de un 11% de volumen energético de combustibles renovables. Tampoco cumplen con la obligación de establecer reservas estratégicas, cuestión fundamental para la seguridad energética de un Estado. No ingresan el importe correspondiente al impuesto de eficiencia energética, lo que también es un menoscabo económico; y, finalmente, otra cuestión de vital importancia: distorsionan el mercado introduciendo una competencia desleal que arruina a empresas que cumplen con sus obligaciones y crean un desconcierto en los consumidores de muy difícil explicación.

Es evidente que cualquier consumidor quiere comprar un producto al mejor precio posible, y que, al margen de calidades, por supuesto que los aditivos suponen una mejora sustancial del producto, una buena cantidad de las estaciones de servicio ofrecen productos de muy similares características, por lo que no pueden entender cómo puede haber diferencias de precio tan grandes. La respuesta es sencilla: están comprando producto proveniente de fraude en todas las circunstancias que hemos explicado.

Por supuesto que existe una figura necesaria en todo esto, la gasolinera que compra este producto. Es difícil determinar si está cometiendo directamente un delito, porque compra con una factura legal y paga el IVA de la misma, pero no me cabe en la cabeza que un empresario que sabe los márgenes que hay en el sector, no sepa que la compra que está realizando es absolutamente anómala. Por mi parte, no hay más reflexión que decir que espero que les expulsen del mercado y, por supuesto, que como patronal tomaremos todas las medidas que estén a nuestro alcance para que así sea.

Agradecemos la modificación normativa, pero nos parece escasa para acabar con el problema. Por ello hemos instado una enmienda a la Ley que vaya más allá y ataje el problema desde el principio, es decir, que solo estén en el mercado aquellos operadores que ofrezcan garantías de seguridad en su funcionamiento y se instauren controles preventivos de este tipo de actuaciones fraudulentas y que además ha demostrado su eficacia en otros países que han sufrido los mismos males. Sea nuestra solución u otra que tenga el mismo efecto, estamos expectantes ante su llegada y esperamos que, pese a la complicada situación política, se tramite lo antes posible.

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