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Cermi Comunitat Valenciana “aplaude que se termine con el ‘grave perjuicio’ para las personas con discapacidad de las gasolineras desatendidas”

Las gasolineras valencianas deben ser accesibles para personas con discapacidad

Redacción Interempresas08/01/2020

El texto refundido de la Ley del Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Valenciana, aprobado el pasado 13 de diciembre y publicada ya en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOGV), recoge que las instalaciones de suministro al por menor de combustibles y carburantes de venta al público deben ser accesibles, de modo que las personas con discapacidad puedan autónomamente hacer uso de sus instalaciones y servicios, incluida la realización de las tareas de repostaje.

El presidente del Cermi CV, Luis Vañó
El presidente del Cermi CV, Luis Vañó.

El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunitat Valenciana (Cermi CV) “aplaude que la aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias de la comunidad acabe con la proliferación de estaciones de servicio desatendidas, lo que ocasiona un ‘grave perjuicio’ a los conductores con movilidad reducida a la hora de repostar.”

“Cuando estas instalaciones no reúnan las condiciones de accesibilidad universal, o aun reuniéndolas, no quedara plenamente garantizado el repostaje en régimen de autoservicio por parte de estas personas, estas estaciones deben inexcusablemente disponer en la propia instalación, mientras permanezcan abiertas y en servicio en horario diurno, al menos de una persona responsable de los servicios que se prestan, con objeto de asegurar los derechos de esta categoría de personas consumidoras i usuarias pertenecientes a colectivos necesitados de especial protección reconocidos en la presente norma”, agrega el Estatuto de las Personas Consumidoras de la Comunidad, que especifica que el horario diurno es de 7.00 a 22.00 horas, informaron fuentes de Cermi CV en una nota de prensa.

La ley señala también que personal experto de la Generalitat y de las organizaciones de la discapacidad podrán evaluar si una estación de servicio es plenamente accesible. Además, apunta que el personal de servicio presente en las gasolineras tendrá la obligación de atender a las personas con discapacidad que lo necesiten.

El presidente del Cermi CV, Luis Vañó, afirma que “la proliferación de las estaciones desatendidas supone un grave perjuicio para las personas con discapacidad, ya que han visto cómo les era negado el acceso a un servicio esencial, tanto por la falta de accesibilidad de estas, como por la inexistencia de personal para atenderles”. A su juicio, “este problema no solo ha afectado a las personas con discapacidad, sino también a los derechos de las personas consumidoras en general”, agregan desde el comité.

Vañó añade que con la incorporación íntegra de la petición del Cermi CV “se da cumplimiento a los mandatos de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado de obligado cumplimiento por parte de los estados que lo han ratificado. Dicha convención recoge la obligación de realizar ‘ajustes razonables’ para impedir situaciones de discriminación por razón de discapacidad”, concluye el presidente del Cermi CV.

Comentarios al artículo/noticia

#1 - Victoriano Fernández Redondo
09/01/2020 20:15:59
Se les recorta el derecho de abastecimiento después del horario diurno.

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