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Abanderadas por Repsol

La CNMC impone, por primera vez, una multa a varias estaciones de servicio

Revista Estaciones de servicio09/07/2015
LA CNMC sanciona, por primera vez en su historia, a varias gasolineras "por infracciones del artículo 1 de la Ley 15/2007 de (LDC) y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)".
Imagen de la sede de la CNMC en la calle Alcalá de Madrid
Imagen de la sede de la CNMC en la calle Alcalá de Madrid.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, ha impuesto, por primera vez en su historia, una sanción a varias gasolineras, tal y como confirmaron a Estaciones de Servicio fuentes del regulador. Se trata de Lence Torres y Complejo San Cristobal (ambas en la provincia de Lugo), Estación de Servicio Lorqui (en la provincia de Murcia) y Cerro de la Cabaña (en la de Madrid), todas ellas abanderadas por Repsol, a la que el organismo presidido por José María Marín Quemada también sanciona “por infracciones del artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)”.

Las actuaciones de la CNMC se inscriben en la investigación iniciada en mayo de 2013 (se trata del expediente S/484/13), a raíz de los informes publicados por la CNC (Comisión Nacional de la Competencia) y la CNE (Comisión Nacional de la Energía), ambas integradas desde octubre de 2013 en la CNMC, sobre “el alineamiento de los precios de venta al público de combustibles en estaciones de servicio”.

Tres votos a favor, dos en contra

Tras una votación en la que tres consejeros de la CNMC, incluido su presidente, José María Marín Quemada, votaron a favor de la resolución, a la que se opusieron los otros dos consejeros de la Sala, el regulador sanciona a Repsol con 22,590 millones de euros, a Cerro de la Cabaña con 148.763 euros, a Lence Torres y Complejo San Cristobal con 113.801 euros y a Estación de Servicio Lorqui con 28.074 euros.

Fuentes de Repsol han confirmado a Estaciones de Servicio que la compañía, que califica la resolución de la CNMC de “injusta, desproporcionada y carente de fundamento”, recurrirá la multa ante la Audiencia Nacional.

Tras la instrucción del expediente, la CNMC considera acreditado que Repsol; Lence Torres y Complejo San Cristóbal; Estación de Servicio Lorquí y Cerro de la Cabaña infringieron los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y artículo 101 del TFUE. La CNMC afirma que “se ha acreditado el acuerdo alcanzado en abril de 2013 entre Repsol S.A. y las empresas Lence Torres y Complejo San Cristobal para coordinar los precios de venta al público en sus estaciones de servicio en el entorno de Lugo”.

“En el caso del acuerdo entre Repsol y Estación de Servicio Lorqui, en diciembre de 2012”, el regulador afirma que la operadora “se comprometió a no aplicar en la estación de servicio (96808) de Espinardo (Murcia) descuentos superiores a 3 céntimos/litro, a cambio de conseguir finalizar con éxito sus negociaciones con el Grupo Aranguren en Madrid”.

Finalmente, la CNMC mantiene que Repsol y Cerro de la Cabaña “intercambiaron información estratégica relativa a los precios de venta al público con el objeto de eliminar la incertidumbre de precios en dicha estación de servicio y así permitir a Repsol finalizar la guerra de precios iniciada el año anterior en dicho entorno, eliminando progresivamente la rebaja que venía aplicando sobre sus precios”.

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