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El TS dicta 15 sentencias por abuso sexual en 15 días de enero. España falla

Redacción Protección Laboral23/02/2017
*AEPSAL

Muchas más sentencias por abuso sexual no llegan al Tribunal Supremo. Falla la educación de base, entre otras cosas. También los ejemplos del Gobierno.

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Recuerdo que en mi primer viaje a París, a pesar de ir sólo con la que ahora es mi mujer, los porteros de los clubs nocturnos nos invitaban a entrar con la frase en un aceptable castellano: “tías en pelotas“. Poco va a cambiar la idea que tienen de nosotros nuestros vecinos franceses y, sobre todo, poco va a cambiar el acoso a la mujer en España si un acto como el 130 aniversario de la Cámara Oficial de Comercio de España en Francia (COCEF) se “ameniza” con “tías [casi] en pelotas“.

La noticia la recogió El País con el título “Cubanas semidesnudas para vender en París el ‘made in Spain

No debemos tener ninguna duda de que actos como este contribuyen al aumento del acoso y el abuso sexuales. Y lo más lamentable es que un portavoz de la COCEF lo justificó diciendo: “Pues nosotros creemos que la gente lo pasó bien porque se levantó y aplaudió“.

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Sobre las 15 sentencias del TS en 15 días de enero de este 2017, 6 están relacionadas con el trabajo. Las incluimos todas para concienciar de la situación actual, que evidentemente no se circunscribe sólo al ámbito laboral.

Del total, 10 son condenatorias y 5 exculpatorias, de éstas la mayoría por pruebas insuficientes. Si no se indica han sido dictadas por la sala de lo Penal. Incluimos en algunas de las sentencias los hechos probados, como muestra del trabajo que nos queda por hacer.

Sentencias por abuso sexual condenatorias


STS del 26-1-2017, nº 33/2017. El Tribunal Supremo eleva a siete años de prisión la condena a un enfermero por abusos sexuales a una paciente recién operada. La víctima se encontraba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

El procesado Patricio, ciudadano brasileño mayor de edad y sin antecedentes penales, prestaba sus servicios en dicho Centro hospitalario como enfermero de quirófano. Aprovechando la situación en que se encontraba la paciente tras la intervención quirúrgica, el hecho que la tenía a su cuidado y que en aquellos instantes en la sala de reanimación únicamente se encontraban Tarsila y otra paciente dormida, con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual, se aproximó a la cama de aquélla, quién ya había despertado del letargo producido por la anestesia, y le introdujo los dedos en el interior de la vagina, lo que sorprendió inicialmente a la paciente quien le preguntó el motivo de ese contacto, a lo que el procesado le manifestó que era para que pudiese orinar. Instantes después, volvió a meterle los dedos y le palpó el clítoris, repitiéndole sigilosamente en diversas ocasiones pese a que Tarsila, ya consciente que la actuación del procesado nada tenía que ver con ninguna clase de atención médica y en absoluto consentida, intentaba evitarlo montando uno sobre otro sus pies y cerrando así las piernas.”

Enlace a la noticia y a la sentencia en la web del Consejo General del Poder Judicial.

STS del 26-1-2017, nº 37/2017. El TS confirma la condena por delito de abuso sexual. A la vista del material informativo aportado, de la capacidad intelectual de las víctimas examinadas y de su actitud en el curso del examen, sus manifestaciones resultan creíbles.

“Apolonio, mayor de edad y sin antecedentes penales … valiéndose de la confianza que las Menores de edad Justa … y … tenían depositadas en él dada su condición de Tío político realizó las siguientes acciones.

A ambas y en su domicilio sito en la calle … de la localidad de La Antilla (Lepe) les enseño una baraja de cartas con mujeres y hombres desnudos así como unos muñecos de carácter erótico, llegando a exhibir su pene a Yolanda.

Otro día no determinado y también en su domicilio se aproximó a Yolanda y con la finalidad de satisfacer su deseo sexual le tocó sus pechos.

En ese mismo periodo aprovechando que Justa estaba jugando en un parque próximo se acercó hasta ella y le dio un beso en la boca, respondiendo la Menor propinándole una bofetada y cada vez que Justa se quedaba a dormir en casa del acusado, éste se dirigía hasta el dormitorio de la menor y para colmar su deseo sexual le tocaba sus pechos y sus genitales.”

STS del 25-1-2017, nº 26/2017. El TS condena por delito de abusos sexuales. Al excluirse los actos de violencia e intimidación en la conducta del acusado, sus acciones se subsumen en un delito continuado de abuso sexual prevaliéndose de una relación de superioridad.

Victoriano y Natividad se separaron en el verano de 2012, permaneciendo aquella y las menores en el domicilio familiar, no obstante, a partir de la separación Victoriano acudía con habitualidad al referido domicilio familiar para visitar a las niñas.

En numerosas ocasiones desde que la familia fijó su residencia en España hasta fecha no determinada del año 2013, cuando se encontraban en el domicilio familiar Victoriano, con ánimo libidinoso, efectuó tocamientos a la menor Ángeles, primero vestida y muchas veces estando ambos desnudos (por los menos de cintura para abajo), en los brazos, piernas, espalda, pecho y vagina, en este caso tanto con la mano como con su pene, besándole algunas veces en la boca.”

STS del 24-1-2017, nº 23/2017. Utilización de menores para pornografía. El TS condena por delito de utilización de menores para la elaboración de material pornográfico. Absuelve de un delito continuado y condena por un delito único, ya que “la utilización de una menor de edad para la confección de varios vídeos que graban las relaciones mantenidas con la misma no constituye un delito continuado, sino un delito único”.

STS del 20-1-2017, nº 17/201. El TS confirma la condena por delito de abuso sexual a un hombre que abusó de dos niñas y para la madre de las menores como cooperadora necesaria.

En fechas no concretadas de 2006 y 2007, el procesado Erasmo, … mantuvo relaciones sexuales con la también procesada Elisenda, … que por aquéllas fecha ejercía la prostitución, haciéndolo en el vehículo del procesado que utilizaba tanto un todoterreno de su propiedad como uno biplaza propiedad de la empresa, con el logotipo de Sanitas, …. Durante alguno de esos encuentros les acompañaba Leticia, nacida el … 1997, hija de la procesada y a que ésta obligaba a acompañarles, y en ocasiones a pasar al asiento trasero o en el delantero en el caso del vehículo biplaza, donde el procesado guiado por la intención de satisfacer sus deseos libidinoso le realizaba tocamientos en pechos y vulva, le hacía que le chupara el pene y en una ocasión le bajó los pantalones y la penetró vaginalmente, todo ello en presencia y con consentimiento de la procesada que o bien salía del coche, o permanecía en el asiento delantero.”

Enlace a la noticia y a la sentencia en la web del Consejo General del Poder Judicial.

STS del 18-1-2017, nº 3/2017. El TS confirma la condena por delito de abusos sexuales. La agravación de abuso de confianza se fundamenta en el mayor grado de antijuridicidad que comporta un plus de culpabilidad que resulta del quebranto de la lealtad entre personas vinculadas por una relación de confianza que es aprovechada por el autor para la realización del delito.

“…encontrándose solos, el acusado mostró su pene al menor y el menor [13 años] le enseñó el suyo. Acto seguido, el acusado, le hizo una felación al menor; y, a continuación, el acusado le pidió al menor que él también le hiciera una. Lázaro accedió y comenzó a acercar el pene del acusado a su boca pero nada más tocarlo con los labios no continuó ya que le dijo al acusado que era muy grande y no cabía en su boca. A continuación, el acusado se masturbó y eyaculó delante de Lázaro y, seguidamente, el acusado chupó de nuevo el pene de Lázaro a quien, entre una y otra acción, el acusado le proponía darse un morreo a le que Lázaro se negó. Todos estos hechos cerca del río tuvieron lugar, aproximadamente, en unos quince o veinte minutos.”

STS del 18-1-2017, nº 1001/2016. El TS confirma la condena por delito continuado de abusos sexuales. Aun siendo las relaciones consentidas, por decisión del legislador las relaciones sexuales con menores de la edad establecida en el texto legal (13 años) están prohibidas.

STS sala militar, de 16-1-2017. El Tribunal Supremo confirma la condena a siete meses de prisión a un oficial por grabar desnuda a una soldado en unas maniobras. A pesar del borrado seguro del móvil del acusado.

Enlace a la noticia y a la sentencia en la web del Consejo General del Poder

Judicial.

STS sala civil, de 13-1-2017. El Tribunal Supremo retira la patria potestad de un hijo a un hombre condenado por abusos sexuales. La Sala I expone que no está “capacitado” para el ejercicio de la patria potestad.

Enlace a la noticia y a la sentencia en la web del Consejo General del Poder Judicial.

STS del 11-1-2017, nº 988/2016. El TS confirma la condena por delitos de abuso sexual. El argumento de que al estar los menores dormidos no se afectaba su indemnidad sexual no puede ser acogido. La indemnidad sexual equivale a la intangibilidad, constituyendo una manifestación de la dignidad de la persona y tutelando el derecho al correcto desarrollo de la sexualidad, sin intervenciones forzadas, traumáticas o solapadas en la esfera íntima de los menores que pueden generar huellas indelebles en su psiquismo.

aprovechando la circunstancia de que era monitor de natación en las piscinas del Club …, colocando de forma intencionada una cámara de filmación oculta en una bolsa o mochila de su propiedad, y aprovechando sucesivas, diversas y repetidas ocasiones en el que él mismo se encontraba en los vestuarios del precitado centro, procedió a grabar y obtener imágenes de personas sin identificar, mientras se estaban cambiando de ropa, y en muchos de estos casos menores de edad, que aparecían desnudos.

el acusado ejercía como monitor y director en sendos campamentos infantiles … menores de 13 años que allí se encontraban en los periodos mencionados, y cuya edad conocía perfectamente el acusado. De manera que, aprovechándose de tal circunstancias y ocasiones, en las horas de madrugada, cuando los menores se encontraban dormidos, procedió, aprovechando la ocasión, y en ejecución de un plan preconcebido, así como guiado por la intención de satisfacer ilícitamente sus instintos sexuales y con ánimo libidinoso, a realizar, deslizando suavemente su ropa (bajando el pijama y después la ropa interior), tocamientos en los genitales de los niños, lametazos con la lengua en sus genitales y en su ano y masturbaciones a alguno de los menores e incluso frotamientos del pene del acusado contra las nalgas de alguno de ellos, llegando en algún caso a eyacular sobre el menor.”

Enlace a la noticia y a la sentencia en la web del Consejo General del Poder Judicial.

STS, sala de lo Militar. El TS confirma la suspensión de seis meses y un día a un guardia civil por fotografiar sin su permiso a una mujer ebria bajo su custodia y difundirlas por WhatsApp. Subraya la sentencia que la intencionalidad de “satirizar o ridiculizar” a la persona afectada puede deducirse del hecho de que la conducta del acusado no se justifica por ninguna otra motivación.

Enlace a la noticia en la web del Consejo General del Poder Judicial.

Sentencias por abuso sexual exculpatorias


STS del 25-1-2017, nº 29/2017. El TS absuelve del delito de abusos sexuales. La testifical de la víctima, …, puede ser prueba suficiente para condenar si va revestida de una motivación fáctica reforzada que muestre la ausencia de fisuras de fuste en la credibilidad del testimonio.” Pero no lo considera así el TS en esta ocasión.

STS del 18-1-2017, nº 6/2017. El TS confirma la absolución por delito de exhibicionismo. No puede pretender la acusación particular que se incorporen a los hechos probados determinados extremos que no han resultado acreditados de las pruebas practicadas.

STS del S 12-1-2017, nº 989/2016. El TS absuelve al acusado al considerar que cuando constituya la declaración de la víctima la única prueba de cargo y se aprecie una deficiente superación de los tres parámetros de contraste, la declaración inculpatoria no es suficiente por sí misma para desvirtuar la presunción de inocencia, ya que carece de la aptitud necesaria para generar certidumbre.

STS del 11-1-2017, nº 978/2016. El TS absuelve del delito de abuso sexual. Procede absolver en los supuestos en los que en el enjuiciamiento no se ha producido una actividad probatoria suficiente de los hechos, como en este caso.

El Tribunal Supremo confirma la absolución a una mujer acusada de abusos sexuales a un menor de 12 años en casa de un socio del trabajo. Consta como hecho probado en la sentencia de instancia que la acusada desconocía la edad del menor, cuestión por la que le absuelve el TS.

Enlace a la noticia en la web del Consejo General del Poder Judicial.

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