El Miteco ha abierto el trámite de consulta pública sobre el nuevo objetivo de biocarburantes para 2026
El Gobierno propone elevar al 14% la cuota obligatoria de biocarburantes en 2026
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha abierto el trámite de audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto que modificará el Real Decreto 1085/2015 de fomento de los biocarburantes. La norma elevará al catorce por ciento el objetivo obligatorio de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte en 2026, equiparándolo con el mandato de reducción de emisiones del seis por ciento ya vigente.
Unificación de objetivos para garantizar coherencia normativa
El Miteco busca, con esta modificación, armonizar los distintos marcos de obligación climática que hoy afectan al sector de los carburantes. Hasta ahora coexistían dos referencias:
- un objetivo del doce por ciento en contenido energético fijado en el Real Decreto 1085/2015, y
- un mandato de reducción del seis por ciento de gases de efecto invernadero recogido en el Real Decreto-ley 6/2022.
Ambos indicadores no son equivalentes, lo que ha generado —según el propio Ministerio— “inseguridad jurídica y dificultades de aplicación práctica para los sujetos obligados”. El nuevo texto equipara ambos sistemas de medición y sitúa el objetivo nacional de 2026 en un catorce por ciento de biocarburantes en contenido energético, valor considerado equivalente a la reducción de emisiones exigida por la norma de 2022.
Según apuntó el Miteco: “El seis por ciento en reducción de emisiones de gases de efecto invernadero equivaldría a un catorce por ciento en contenido energético”.
Audiencia pública abierta hasta el 17 de octubre
El proyecto se tramita como Real Decreto del Consejo de Ministros, dentro del procedimiento de participación ciudadana regulado por la Ley 50/1997 y la Ley 39/2015.
El plazo para presentar alegaciones permanecerá abierto desde el 6 hasta el 17 de octubre de 2025, y las propuestas deberán remitirse por correo electrónico al buzón oficial del Ministerio (bzn-sgh@miteco.es) indicando en el asunto “Alegaciones PRD – Objetivo de venta o consumo de biocarburantes 2026”.
La convocatoria está dirigida a las entidades potencialmente afectadas por la regulación —principalmente operadores mayoristas, distribuidores, asociaciones sectoriales y plataformas de carburantes renovables—, que podrán formular observaciones sobre el contenido técnico y las implicaciones del nuevo objetivo.
Paso previo hacia el nuevo marco europeo de combustibles renovables
El incremento alcatorce por ciento se plantea como una medida de transición hasta la plena entrada en vigor del nuevo marco europeo de energías renovables, derivado de la Directiva (UE) 2023/2413.
"El objetivo del doce por ciento en contenido energético representa, en términos prácticos, una exigencia inferior al seis por ciento de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, dado que ambos indicadores no son directamente equivalentes desde la perspectiva del impacto climático. De hecho, el seis por ciento en reducción de emisiones de gases de efecto invernadero equivaldría a un catorce por ciento en contenido energético, lo que evidencia que la actual coexistencia de objetivos podría derivar en desajustes normativos y económicos", según apunta la Memoria del Análisis de Impacto Normativo del Proyecto, publicada por el Ministerio.
Esta normativa comunitaria elevará la ambición de los Estados miembros al exigir, a partir de 2030, que el transporte alcance una cuota del 29% de energía renovable o una reducción del 14,5% en la intensidad de emisiones.
Con esta modificación, el Gobierno pretende asegurar una convergencia progresiva entre ambos objetivos y una transición ordenada hacia un sistema único de contabilización basado en las emisiones reales del ciclo de vida de los combustibles.
Implicaciones para el sector de distribución de carburantes
El nuevo Real Decreto tendrá impacto directo en los operadores mayoristas, que deberán ajustar sus planes de compra y mezcla de biocarburantes avanzados —en particular los de doble cómputo— para cumplir con la nueva cuota.
El texto mantiene el régimen sancionador de la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos:
- el incumplimiento del objetivo en contenido energético se considerará infracción muy grave, y
- el incumplimiento del objetivo en reducción de emisiones, infracción grave.
En el plano logístico, la medida no supone un esfuerzo adicional inesperado para los sujetos obligados, dado que el nivel de ambición ya estaba recogido en la práctica en la normativa de reducción de emisiones. Sin embargo, implicará mayor control documental y trazabilidad a través del Sistema de Información de Biocarburantes (SICBIOS) y una previsión más exigente en las compras de biocombustibles sostenibles.
Próximos pasos
Una vez concluido el periodo de consulta, el Miteco analizará las alegaciones recibidas antes de elevar el texto definitivo al Consejo de Ministros para su aprobación.
De confirmarse el calendario previsto, el nuevo objetivo del catorce por ciento entrará en vigor en 2026, consolidando un escenario de descarbonización acelerada del transporte por carretera y reforzando el papel de los biocarburantes como herramienta clave en la transición energética del sector.




















