2025: un año clave para la gestión de los envases en España
Ainhöa Lizarbe, Directora de RR. II. y Comunicación de GENCI & SIGAUS
23/12/2025Cualquier envase que una empresa ponga por primera vez en el mercado español está afectado por el Real Decreto 1055/2022 (independientemente de la naturaleza, formato, material, vida útil de ese envase o del sector de actividad en el que se emplee). Es decir, la norma es para todos los envases (sean domésticos, comerciales o industriales).
Ainhöa Lizarbe, Directora de RR. II. y Comunicación de GENCI & SIGAUS.
Muchas empresas se adaptan a sus nuevas responsabilidades como 'Productores de producto'
Empresas de sectores tan variados como la química, la automoción, la logística o la distribución (entre muchos otros) han vivido la llegada de esta norma como una auténtica “sorpresa”, al descubrir que, según el RD 1055/2022, muchas de ellas tenían la consideración de “Productor de producto” por fabricar productos (envasados) y ponerlos en el mercado nacional, por distribuirlos en España o bien por importar productos envasados para su comercialización en el país. Esto se traduce en que, por ejemplo, cajas y film (empleados para agrupar productos), o palés (utilizados para transportarlos) pasan a estar regulados.
El que una empresa sea considerada 'Productor' de envases conlleva una serie de obligaciones: más allá de inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP) del MITECO y reportar los envases puestos en el mercado nacional, también tiene que dar respuesta a nuevas obligaciones en diseño y marcado de sus envases, implementar Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) cuando los envases introducidos sean reutilizables, y aplicar la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a todos los envases que ponga en el mercado.
Cumplir con rigor = tranquilidad
Ahora bien, pese a que desde el 1 de enero de este año todas las obligaciones ya se están aplicando, sigue habiendo miles de empresas que no están cumpliendo, lo que supone exponerse no sólo a importantes sanciones económicas, sino también a riesgos reputacionales que pueden afectar al desarrollo del propio negocio.
La trazabilidad ya no es opcional: es una exigencia
Este real decreto exige un compromiso real con la sostenibilidad, la trazabilidad y la economía circular. Bajo el principio de “quien contamina paga”, aplicar la RAP a los envases se traduce en que la empresa que pone un producto envasado en el mercado ha de hacerse cargo de la financiación y gestión del residuo de ese envase que ha introducido en el mercado nacional.
Para ello, la norma establece dos mecanismos: implementar un sistema individual de RAP (SIRAP) o adherirse a un sistema colectivo (SCRAP), siendo esta última la opción mayoritaria para muchas de las compañías afectadas al ofrecer mayores garantías y, sobre todo, más eficiencia.
Cumplir con la RAP requiere de datos fiables, verificables y auditables. ¿Cómo conseguirlo? Gracias a sistemas tecnológicos robustos, como el que tenemos en GENCI: en él, las empresas adheridas declaran los envases que han puesto en el mercado y los gestores de nuestra red, su actividad. ¿El resultado? una trazabilidad de alto detalle.
Cuando hablamos de trazabilidad, en GENCI no podemos evitar pensar en las 3Ts de nuestro modelo: Trazabilidad para obtener el dato, Tecnología para convertir ese dato en información y Transparencia para comunicar esa información de manera correcta. Y, ¿cómo demostrarlo? Con nuestro Observatorio de Residuos de Envases Comerciales e Industriales, una plataforma única en España que, basándose en herramientas de geoposicionamiento, muestra la gestión que llevamos realizando desde hace casi cuatro años en Illes Balears (un territorio pionero en aplicar la RAP a los envases comerciales e industriales a raíz de su ley autonómica 8/2019).
Nuestra manera de entender la RAP hace que nuestro modelo se soporte en dos pilares: la eficiencia y la universalidad del servicio. Esto supone disponer de unas tarifas -sin cuota de adhesión- que nos permiten dar cobertura en la recogida del residuo de envase en todo el país.
En definitiva, ya hay obligaciones concretas, plazos y responsabilidades legales claras para las empresas. El cumplimiento de la norma es ineludible.
Hacia un modelo circular más maduro
Este primer año del PF, Real Decreto ha cimentado lo esencial: la comprensión de que los envases comerciales e industriales no son inmunes a la responsabilidad ambiental.
De aquí a unos años, seguiremos avanzando para que la PF, economía circular se afiance apoyándose en una gestión más sostenible de los residuos de envases, gracias a un fuerte impulso al ecodiseño de envases y, por supuesto, a la consolidación de los SCRAP como herramienta para llevar a cabo esta transición.
QR del Observatorio de Residuos de Envases Comerciales e Industriales.
Conclusión: 2025 se ha convertido en una nueva era para los envases
Para muchas empresas, este 2025 ha sido un año de adaptación, de comprensión de responsabilidades, de ajuste de procesos. Para otras, el comienzo de un cambio más profundo: integrar el envase dentro de la estrategia, verlo como un elemento de ciclo de vida, como materia prima, como parte de una PF, economía circular.
Más allá de las obligaciones, no hay que olvidar lo que éstas representan: la oportunidad de redefinir cómo concebimos, diseñamos y gestionamos todos los envases puestos en el mercado.
















