Daquas y FEMP marcan la hoja de ruta técnica para adaptarse al Real Decreto 665/2023
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Asociación Española del Agua Urbana (Daquas) publicaron la guía ‘Recomendaciones para la elaboración de Planes Integrales de Gestión del Sistema de Saneamiento (PIGSS) en los municipios españoles’, coordinada por el consultor estratégico en drenaje urbano y resiliencia Pere Malgrat Bregolat. El documento nace para orientar a los ayuntamientos que deben adaptarse a las nuevas obligaciones normativas fijadas por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, que modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH).
El origen de esta obligación se remonta al Real Decreto 1290/2012 y a la Orden AAA/2056/2014, que ya introdujeron exigencias para los titulares de vertidos procedentes de sistemas de saneamiento durante episodios de lluvia, los llamados DSS (desbordamientos del sistema de saneamiento). Sin embargo, la guía recuerda que durante más de una década los avances se limitaron al conocimiento técnico, sin un marco normativo que estableciera criterios homogéneos. El RD 665/2023 vino a cubrir ese vacío, incorporando el artículo 259 quinquies (1), que obliga a determinadas aglomeraciones urbanas a redactar un PIGSS con un enfoque preventivo e integral. Esta regulación nacional se enmarca, además, en la Directiva (UE) 2024/3019 sobre tratamiento de aguas residuales urbanas, que impone objetivos similares a escala europea, incluido un valor de referencia del 2% para la relación entre la carga contaminante vertida por aguas de tormenta y la carga total en tiempo seco.
El Real Decreto 665/2023 parte de una premisa clara: las actividades humanas generan un impacto significativo sobre las masas de agua, y ese impacto no requiere lluvias extremas para producirse. La guía recuerda que basta con lluvias habituales que superen la capacidad de tratamiento o transporte del sistema para causar daño al medio receptor, de ahí que la norma exija una gestión integrada del drenaje urbano y de las depuradoras, y no una regulación aislada de cada elemento. El texto normativo también aclara qué se entiende por tratamiento adecuado de las aguas recogidas en un episodio de lluvia: como mínimo, un tratamiento primario en sistemas unitarios o un pretratamiento en los separativos. Además, prohíbe los vertidos en tiempo seco y obliga a monitorizar los puntos de desbordamiento para estimar frecuencias, volúmenes y calidad del vertido.
El Real Decreto 665/2023 se enmarca en la Directiva (UE) 2024/3019 sobre tratamiento de aguas residuales urbanas, que impone objetivos similares a escala europea, incluido un valor de referencia del 2% para la relación entre la carga contaminante vertida por aguas de tormenta y la carga total en tiempo seco. istockphoto.com
Quién debe elaborar un PIGSS
La obligación recae sobre los titulares de autorizaciones de vertido de aglomeraciones urbanas de 50.000 o más habitantes equivalentes, y también sobre aquellas de entre 10.000 y 50.000 habitantes equivalentes cuya red presente algún punto de desbordamiento que ponga en riesgo el medio ambiente o la salud de las personas, o que condicione el cumplimiento de la normativa sobre calidad del agua de consumo, aguas de baño o normas de calidad ambiental. El organismo de cuenca puede, además, exigir el plan a otras aglomeraciones por su especial incidencia en el medio receptor.
Contenido mínimo del plan
El artículo 259 quinquies.3 detalla los elementos que debe incluir, como mínimo, cada PIGSS: una descripción detallada del sistema de saneamiento y su capacidad, apoyada normalmente en un sistema de información geográfica; un diagnóstico del funcionamiento basado en modelos hidrológicos, hidráulicos y de calidad del agua que incorporen las proyecciones climáticas más recientes; un diagnóstico del estado de las infraestructuras según su obsolescencia; el establecimiento de objetivos de reducción de la contaminación por DSS; una propuesta de medidas con sus estudios de alternativas y la identificación de los agentes responsables; y un cronograma de ejecución que, según el tipo de actuación, oscilará entre tres y diez años.
La guía, que propone una metodología inspirada en los trabajos previos del CEDEX y de la Agencia Catalana del Agua, se estructura en torno a dos tipos de datos: los estructurales (trazado, altimetría, secciones de la red) y los fenomenológicos (series pluviométricas, caudales, niveles). istockphoto.com
La norma técnica básica y el rendimiento hidráulico
El Anexo XI del RDPH incorpora la denominada Norma Técnica Básica (NTB), que fija los criterios para tramitar las autorizaciones de vertido y elaborar los planes. Su novedad principal es que amplía el control a los DSS procedentes tanto de sistemas unitarios como separativos pluviales, algo que antes solo se exigía a los primeros. La NTB introduce el concepto de rendimiento hidráulico, que mide la proporción de agua de lluvia y residual que el sistema logra gestionar adecuadamente frente al volumen total vertido por desbordamiento. Las aglomeraciones de más de 50.000 habitantes equivalentes deberán alcanzar un rendimiento igual o superior a 0,6, mientras que las de entre 10.000 y 50.000 tendrán que llegar, como mínimo, a 0,5. Para el resto de casos, será el organismo de cuenca quien fije el valor exigido. La norma también obliga a instalar sistemas de retención de sólidos gruesos y flotantes en los aliviaderos, con un paso de luz no superior a 10 milímetros, y a calcular un indicador que relacione la carga contaminante anual vertida por los DSS con la generada en tiempo seco.
Metodología de elaboración
La guía propone una metodología inspirada en los trabajos previos del CEDEX y de la Agencia Catalana del Agua, estructurada en torno a dos tipos de datos: los estructurales (trazado, altimetría, secciones de la red) y los fenomenológicos (series pluviométricas, caudales, niveles). A partir de ellos se construye un modelo matemático de simulación que atraviesa varias fases: creación del modelo, calibración y validación con episodios reales, optimización cuando la red es de gran tamaño y, finalmente, explotación para diagnosticar el estado actual y prever el comportamiento futuro tras la implantación de medidas.
En la fase de creación del modelo se incorporan el diseño en planta de los colectores, las cotas de los pozos, las secciones y todos los elementos singulares de la infraestructura, como aliviaderos o estaciones de bombeo. A partir de ahí se delimitan las subcuencas de aportación, teniendo en cuenta la orografía y la presencia de torrentes o ramblas, y se parametrizan según su área, su grado de impermeabilización y su población conectada. Antes de pasar a la calibración, la guía recomienda comprobar que no existen inestabilidades numéricas, verificando que el balance entre el caudal de entrada y salida no difiera en más de un 10%. La calibración propiamente dicha consiste en ajustar los parámetros del modelo, preferiblemente aquellos sin significado físico directo, hasta que los resultados simulados se aproximen a los datos observados en dos o tres episodios reales; la validación posterior se realiza con un episodio adicional no empleado en el ajuste. El documento advierte contra los llamados ajustes forzados, que consisten en modificar arbitrariamente los datos de entrada para que el modelo coincida con las mediciones, una práctica que puede comprometer la fiabilidad de todo el plan. Solo en redes de gran tamaño se recomienda aplicar una optimización que simplifique el esquema de cálculo, ya que la mejora del rendimiento computacional ha reducido la necesidad de recurrir a esta simplificación en los últimos años.
Tres sistemas digitales resultan, según la guía, imprescindibles para sostener este proceso: el sistema de información geográfica, que almacena los datos estructurales; el sistema de telecontrol, que recoge la información variable en el tiempo mediante sensores, actuadores y estaciones remotas; y el propio sistema de modelización matemática, que integra ambas fuentes para simular el comportamiento hidráulico de la red.
La Directiva (UE) 2024/3019 exige a los Estados miembros elaborar antes del 1 de enero de 2028 un programa nacional que estime las inversiones necesarias para renovar o sustituir las infraestructuras de aguas residuales urbanas existentes. istockphoto.com
Levantamiento topográfico y diagnóstico del estado
Antes de modelizar, es necesario levantar la red sobre el terreno. La guía recomienda realizar primero las inspecciones cartográficas, que permiten conocer la topología de los colectores, y después los trabajos topográficos propiamente dichos, con precisiones admisibles de 5 centímetros en planimetría y 2 centímetros en altimetría. Como mínimo, deberá levantarse el 25% de la red municipal y el 100% del saneamiento en alta y los colectores interceptores que lleguen a una depuradora.
El diagnóstico del estado de las infraestructuras se apoya en inspecciones con cámara de televisión, complementadas con cámara pértiga o drones según el tipo de colector, y sigue un sistema de clasificación en cinco niveles de gravedad, del 1 (sin defectos) al 5 (fallo inminente), inspirado en el manual británico Sewer Risk Management. Este diagnóstico deberá cubrir al menos el 15% de la red cuando no existan inspecciones previas, o el 25% cuando sí las haya, prestando especial atención a los tanques de tormenta y los aliviaderos.
Las medidas: prevención, gestión y nuevas infraestructuras
El grueso del plan se dedica a las medidas que deben proponerse para reducir la contaminación por DSS. La guía las ordena en varios bloques. En primer lugar, las medidas preventivas, orientadas a evitar que la escorrentía urbana entre en el sistema de colectores mediante la retención natural del agua, el fomento de zonas verdes o la limitación de superficies impermeables; los Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS) ocupan aquí un papel prioritario, ya que permiten infiltrar y renaturalizar el entorno urbano antes de que el agua llegue a la red.
En segundo lugar, las medidas de operación, inspección, mantenimiento, renovación y monitorización, entre las que destaca la limpieza periódica de colectores e imbornales, señalada como clave porque los sedimentos acumulados pueden aportar entre el 25% y el 50% de la contaminación total vertida al medio receptor cuando se resuspenden durante las lluvias. La guía distingue entre limpiezas ordinarias, programadas según recorridos preestablecidos; especiales, para puntos singulares como sifones o estaciones de bombeo; y extraordinarias, para intervenciones urgentes tras un episodio de vertido, cuya retirada de residuos corresponde al titular de la autorización, según establece la propia norma técnica básica.
Frente al modelo tradicional de limpieza con periodicidad fija para cada zona, sencillo de aplicar pero poco sensible al nivel real de sedimentación, la guía defiende estrategias más avanzadas que combinan parámetros teóricos, como la pendiente, el material o la antigüedad de las tuberías, con datos empíricos procedentes del histórico de incidencias y de inspecciones de campo. A partir de este diagnóstico se seleccionan los tramos verdaderamente prioritarios y se limpian solo estos, comprobando después los resultados; el proceso se repite en sucesivas rondas hasta cubrir la totalidad de la red, generando así un sistema dinámico que se ajusta con la experiencia acumulada y optimiza los recursos disponibles frente a un enfoque uniforme y menos eficiente.
En cuanto a las inspecciones, la guía recomienda combinar cámaras de circuito cerrado de televisión, el método más extendido y preciso, con cámaras de pértiga para comprobaciones puntuales, inspección visual directa y, cada vez más, drones para colectores de gran diámetro, a partir de 1.000 milímetros. Todas ellas deben documentarse siguiendo un criterio homogéneo, basado en el estándar UNE-EN 13.508-2, para garantizar que los resultados sean comparables entre distintos tramos y distintas campañas.
Por último, se contemplan medidas para optimizar el uso de las infraestructuras existentes y otras adicionales de creación de nuevas infraestructuras, priorizando siempre los SUDS frente a soluciones convencionales: cubiertas ecológicas, jardines verticales, pavimentos permeables o jardines de lluvia figuran entre las opciones recomendadas para favorecer, de paso, la biodiversidad urbana.
El documento subraya que el nuevo marco normativo obliga a superar la tradicional separación entre saneamiento en baja y en alta, forzando una coordinación más estrecha entre municipios, gestores de depuradoras y organismos de cuenca. istockphoto.com
Coordinación institucional y plazos
El documento subraya que el nuevo marco normativo obliga a superar la tradicional separación entre saneamiento en baja y en alta, forzando una coordinación más estrecha entre municipios, gestores de depuradoras y organismos de cuenca. El propio Real Decreto 665/2023 impulsa la creación de comunidades de usuarios de vertido como fórmula para repartir responsabilidades y fuentes de financiación entre los distintos titulares de infraestructuras. En paralelo, la Directiva (UE) 2024/3019 exige a los Estados miembros elaborar antes del 1 de enero de 2028 un programa nacional que estime las inversiones necesarias para renovar o sustituir las infraestructuras de aguas residuales urbanas existentes.
En conjunto, la guía de FEMP y DAQUAS pretende convertirse en una herramienta de referencia técnica para que los municipios españoles aborden, con criterios homogéneos, la redacción de sus PIGSS antes de que venzan los plazos marcados por el Real Decreto 665/2023, que en la mayoría de los casos obligan a planificar las medidas en un máximo de tres años y a ejecutarlas en un plazo de entre tres y diez años.
(1) (Nota del redactor: término muy común en el ámbito jurídico y legislativo para añadir apartados, artículos o leyes sin tener que modificar toda la numeración existente. Indica que un número de ley se repite por quinta vez, después de usar bis (dos), ter (tres) y quater (cuatro).
La guía recomienda realizar primero las inspecciones cartográficas, que permiten conocer la topología de los colectores, y después los trabajos topográficos propiamente dichos, con precisiones admisibles de 5 centímetros en planimetría y 2 centímetros en altimetría
La guía de FEMP y DAQUAS pretende convertirse en una herramienta de referencia técnica para que los municipios españoles aborden, con criterios homogéneos, la redacción de sus PIGSS antes de que venzan los plazos marcados por el Real Decreto 665/2023

























