Entrevista a Ángel Robles Rodríguez, socio experto de Aecra en Transporte e Infraestructuras Críticas
El socio experto en Transporte e Infraestructuras Críticas y perteneciente al Departamento de Seguridad de la EMT, Ángel Robles Rodríguez, ha explicado a la Asociación Europea de Profesionales para el conocimiento y regulación de actividades de Seguridad Ciudadana (Aecra) las razones que han motivado la implantación de cámaras de videovigilancia en el transporte público, los resultados que está dando, y las funcionalidades que tienen las cámaras instaladas en los autobuses, entre otras cosas.
¿Qué causas entiende han motivado la implantación de la videovigilancia en el transporte público como los autobuses de la EMT?
La implantación de sistemas de videovigilancia tiene como finalidades principales garantizar la seguridad y la integridad física, tanto de los conductores como de los viajeros que utilizan este medio de transporte. Su alcance es puramente disuasorio y preventivo con un claro beneficio para el interés general.
¿Cuáles son las principales finalidades que determinan el tratamiento de datos a través las cámaras instaladas en los autobuses? ¿Entiende que una de las finalidades es la videovigilancia empresarial, así como la videovigilancia con fines de seguridad? ¿Podría explicar dichas diferencias?
Podemos distinguir diferentes finalidades legítimas para la utilización de la videovigilancia:
- Protección de personas físicas
- Protección de instalaciones y edificios
- Control de la prestación laboral
- Control de acceso de vehículos.
En el ordenamiento jurídico español, se recoge el concepto de Dato de Carácter Personal (art 3 LOPD; RLOPD art 5f; Directiva Europea 95/46/CE;). Por lo tanto, al ser la imagen de las personas un dato de carácter personal, se aplicará la LOPD a la recogida y tratamiento de la citada imagen mediante el uso de sistemas de video-vigilancia. En este caso concreto, el interés legítimo para decidir su instalación y uso, es garantizar la seguridad e integridad física de las personas y conductor, cumpliendo con el deber de información como exige la normativa. Si además tuviera la finalidad de control laboral, la ley lo habilita, se debiera informar debidamente a los trabajadores y a sus representantes, como indica el Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, artículo 20.3 Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué características y funcionalidades tienen las cámaras instaladas en los autobuses? ¿Interviene una Empresa de Seguridad en la gestión de las incidencias de alarma generadas por el sistema instalado? ¿Existe algún protocolo de verificación de alarmas de acuerdo con la Normativa de Seguridad Privada?
Cuando tiene lugar una incidencia en el autobús, se acciona el Pisón de Alarma. Esta señal, perfectamente identificada y determinada, es enviada automáticamente a la Central Receptora de Alarmas CRA, en dónde se ejecutan los procedimientos técnicos de verificación por imagen de la Orden INT 316/2011, visualizándose las imágenes por operadores de seguridad y comunicándose la señales de alarma real a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad actuantes ante riesgos de robo o intrusión y ante las Salas 112 para el resto de riesgos. La CRA en tal caso y dado que las finalidades de los servicios de videovigilancia en el ámbito de la seguridad son las descritas en el artículo 42 de la LSP, dicho servicio de gestión de señales de alarma debe ser desarrollado por una Empresa de Seguridad Homologada para ello. Así pues en dicho ámbito de protección, ante la existencia de protocolos o planes de actuación complementarios específicos, la CRA verifica en tiempo real la alarma, así comunica con los servicios de Seguridad o emergencias.
¿Se ha registrado un descenso en el número de delitos o se han prevenido delitos tras la instalación de dichas cámaras en los autobuses? ¿Qué tipo de incidencias son más habitualmente captadas por las cámaras?
Se ha registrado un descenso notable desde su implantación, lo cual acredita el valor disuasorio y preventivo de dichos sistemas y su claro beneficio para la seguridad ciudadana. Las incidencias más habituales suelen ser: incidencias entre viajeros, viajeros indispuestos, viajero sin Título de Transporte, consumo de alcohol, agresiones a conductores o a viajeros, hurtos, actos vandálicos en el interior del bus.
¿Qué acciones, eventos e iniciativas entiende que, como Socio Experto de Aecra, puede emprender el próximo año 2015 en relación a los servicios de videovigilancia?
Acciones formativas e informativas sobre el sector de la Seguridad Privada con profundización en la exposición y desarrollo de soluciones integradas a través de nuevas tecnologías a través de estudios, nuevos software en estándares abiertos etc. Compatibilizar el respeto al derecho a la intimidad con el derecho a la seguridad.