Estaciones de Servicio_ES367

CONSULTORIO JURÍDICO C M Y CM MY CY CMY K sobre un artículo en concreto o plantear sus dudas a nuestros consultores jurídicos de Ejaso ETL Global, ponemos a su disposición el e-mail: redaccion_estaciones@interempresas.net PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN 50 CARBURANTE RESPUESTA: Ya en nuestro consultorio del mes de junio del 2021 analizamos las principales regulaciones introducidas en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética sobre los puntos de recarga de vehículos eléctricos en instalaciones de suministro de combustibles y carburantes. Resumidamente, se prevé que aquellas estaciones de servicio que tenían en 2019 un volumen anual de ventas de gasolinas y gasóleo A igual o superior a 10 millones de litros han de instalar una infraestructura de recarga de potencia igual o superior a 150 kW, y ello en un plazo que finalizará el 22 de febrero de 2023. En estaciones de servicio con ventas entre 5 y 10 millones de litros se ha de implantar, antes del 22 de agosto de 2023, un punto de recarga de al menos 50 kW. También las nuevas instalaciones, así como las reformadas (en los supuestos en los que la reforma implique una revisión del título administrativo), deben implantar un punto de recarga de al menos 50 kW, para lo cual la Ley de Cambio Climático no ha previsto un plazo de adaptación, por lo que en estos casos, la instalación del punto de recarga se exige directamente desde la puesta en funcionamiento de la estación, o bien, desde la finalización de la reforma. Esta regulación, en su tenor literal, puede suscitar dudas en algunos casos, dado que la Ley de Cambio Climático, que introdujo la obligación, no entró en vigor hasta el 22 demayo de 2021, pero obliga a los titulares de instalaciones nuevas o reformadas ya “a partir de 2021” a tener un punto de recarga. Por consiguiente, existe incertidumbre sobre cuáles son los plazos exactos para aquellas estaciones POSIBLES SANCIONES ANTE LANO INSTALACIÓNDE PUNTOS DE RECARGA PREGUNTA: Sigo teniendo dudas sobre las obligaciones de instalar puntos de recarga eléctricas en mis estaciones de servicio, y me han comentado que se han aprobado nuevas normas que afectan a este tema. Me gustaría saber, sobre todo, qué pasa si no se cumple con los plazos que establece la ley para la instalación, o si las estaciones de servicio nuevas también tienen un plazo de adaptación. ¿Nos podrían explicar la situación actual?

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