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Movilidad eléctrica en estaciones de servicio, se acaba el plazo

31/05/2023
La Ley 7/2021 del 20 de mayo de 2021 de cambio climático y transición energética, dictó, entre otras premisas, que aquellas estaciones de servicio que hubieran vendido entre 5 y 10 millones de litros de combustible durante el ejercicio 2019, debían instalar una infraestructura eléctrica con un PdR (Punto de Recarga) de 50 kW en DC (Corriente Continua). Norma, cuyo plazo vence el próximo 22 de agosto de 2023.
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Son muchos los propietarios que ya han sido notificados por las respectivas administraciones de las comunidades autónomas para que cumplan con dicho requerimiento en el plazo estipulado. Desde el grupo Madic, ofrecen sus servicios para ayudarles a alcanzar dichos plazos.

Pasada esta fecha de vencimiento, conforme a la Orden TED/1009/2022 se establecerá un nuevo listado de gasolineras que estarán obligadas a cumplir con la instalación de este tipo de infraestructuras en el futuro. Este listado se actualizará cada dos años con aquellas estaciones de servicio que no tengan instalada dicha infraestructura de recarga.

Para ello desde Madic Group, la filial española Lafon España, pone a disposición de sus clientes su gama de equipos de recarga eléctrica, Pulse by Lafon, específica para estaciones de servicio. Una línea de equipos muy completa de carga rápida en corriente continua (DC) de 50 kW hasta 300 kW, con la posibilidad de realizar carga simultánea en corriente alterna (AC) de 22kW hasta 43 kW.

Empresas o entidades relacionadas

Lafon España, S.A.U.