Bruselas recomienda incentivos fiscales para impulsar las inversiones limpias en los Estados miembros
La Comisión Europea publicó el pasado 2 de julio la Recomendación (UE) 2025/1307, en la que sugiere a los Estados miembros introducir medidas fiscales para apoyar el Pacto por una Industria Limpia. El documento, de carácter no vinculante, detalla instrumentos como la amortización acelerada y los créditos fiscales para favorecer la fabricación de tecnologías limpias y la descarbonización de procesos industriales. Bruselas invita a los gobiernos nacionales a comunicar sus avances antes del 31 de diciembre de 2025.
La Recomendación (UE) 2025/1307 impulsa incentivos fiscales para acelerar la transición hacia una industria limpia, competitiva y descarbonizada, mediante inversiones en tecnologías que reduzcan las emisiones sin comprometer la capacidad productiva. Foto de Mark Stebnicki (Pexels)
La Recomendación (UE) 2025/1307, publicada el 9 de julio en el Diario Oficial de la Unión Europea, responde al compromiso de la Comisión Europea de guiar a los Estados miembros en el diseño de incentivos fiscales alineados con la transición hacia una industria climáticamente neutra. Este documento se inscribe en el paquete de medidas del Pacto por una Industria Limpia, también conocido como Clean Industrial Deal (CID), uno de los pilares de la nueva política industrial comunitaria.
El objetivo de la Recomendación es contribuir a los compromisos climáticos de la Unión para 2030 y 2050 mediante la promoción de inversiones que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero en el sector industrial, aumenten la eficiencia energética e impulsen la fabricación de tecnologías limpias en suelo europeo. Si bien no tiene carácter vinculante, la Comisión solicita a los Estados que informen sobre las medidas adoptadas antes del 31 de diciembre de 2025.
El texto detalla los instrumentos fiscales sugeridos y establece principios de aplicación, condiciones de compatibilidad con la normativa de ayudas estatales y criterios de exclusión que priorizan la coherencia con los objetivos climáticos de la UE.
Amortización acelerada para tecnologías limpias y deducción inmediata del gasto
Uno de los instrumentos recomendados es la amortización fiscal acelerada, que permite a las empresas deducir con mayor rapidez —incluso íntegramente en el año de adquisición— el coste de activos dedicados a tecnologías limpias, como maquinaria de alta eficiencia energética o instalaciones de energías renovables.
La Comisión propone dar prioridad a la deducción inmediata siempre que la normativa nacional lo permita. En su defecto, sugiere admitir al menos la deducción del 30% del coste en el primer año. Este tipo de incentivo, que no constituye una exención permanente, actúa como un aplazamiento del pago de impuestos que mejora la liquidez empresarial y favorece la reinversión temprana.
También se recomienda introducir flexibilidad en el calendario de depreciación, permitiendo a las empresas optar entre el régimen estándar o el acelerado, en lo que se denomina “amortización discrecional”. No obstante, este incentivo se limitaría a activos nuevos con una vida útil inferior a 15 años y quedaría excluido para inversiones en bienes relacionados con combustibles fósiles.
Créditos fiscales para fabricar tecnologías limpias o descarbonizar la industria
El segundo gran instrumento recomendado son los créditos fiscales para inversiones limpias, que se aplican directamente sobre la cuota del impuesto de sociedades y ofrecen un incentivo más inmediato que la amortización. La Comisión los divide en dos categorías: proyectos industriales que amplíen la capacidad de fabricación de tecnologías limpias y proyectos de descarbonización de procesos industriales.
En el primer caso, se contemplan inversiones en la producción de equipos neto-cero, componentes clave o materias primas críticas, como las relacionadas con energías renovables, baterías, bombas de calor, electrolizadores o tecnologías de almacenamiento.
En el segundo, se trata de inversiones que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero o mejoren significativamente la eficiencia energética en industrias intensivas en energía, como el acero, el cemento o la química, especialmente si se alinean con planes de transición climática conforme a la Ley Europea del Clima.
La producción de paneles solares, como los fabricados en esta línea automatizada, podrá beneficiarse de créditos fiscales específicos si los Estados miembros aplican la Recomendación (UE) 2025/1307, que promueve incentivos tributarios dirigidos a las tecnologías limpias.
Compensación, reembolso y compatibilidad con otras ayudas públicas
La Comisión recomienda que estos créditos fiscales sean compensables o reembolsables para asegurar que también beneficien a empresas que, por encontrarse en pérdidas o no tener suficiente base imponible, no podrían aplicarlos de inmediato. Para ello, sugiere permitir el arrastre del crédito no utilizado hasta cuatro ejercicios fiscales y, si tras ese periodo sigue sin aplicarse, reembolsar el importe pendiente.
Asimismo, se señala que ambos instrumentos son compatibles con otras ayudas públicas, como subvenciones nacionales o fondos europeos, siempre que se respeten los límites y condiciones del Marco temporal de ayudas estatales para el Pacto por una Industria Limpia (CISAF) o del Reglamento General de Exención por Categorías.
Según la Recomendación, estos límites pueden alcanzar el 15% del coste subvencionable hasta 150 millones de euros por proyecto fuera de zonas asistidas y porcentajes superiores en regiones con ayudas regionales o para pequeñas y medianas empresas. Para proyectos de reducción de emisiones, se contemplan intensidades del 20% al 60%, con topes de hasta 200 millones de euros por proyecto.
Simplicidad normativa, claridad fiscal y orientación tecnológica
La Comisión insiste en que los incentivos deben ser simples, fácilmente aplicables y comprensibles para las empresas, con reglas previsibles y estabilidad suficiente para influir positivamente en las decisiones de inversión. También plantea revisar periódicamente los esquemas fiscales sin comprometer la certidumbre jurídica.
Además, los incentivos deben orientarse exclusivamente a inversiones limpias, excluyendo expresamente las relacionadas con infraestructuras de combustibles fósiles, en coherencia con el Pacto Verde Europeo. Este principio pretende evitar subvenciones regresivas y garantizar que los recursos públicos se dirijan únicamente a proyectos alineados con la transición ecológica.
Finalmente, la Comisión anima a los Estados miembros a compartir buenas prácticas y experiencias en el diseño de estos instrumentos, con el objetivo de fomentar una arquitectura fiscal verde y cohesionada en toda la Unión Europea.

