Nueva regulación para los centros técnicos de tacógrafos
De izquierda a derecha: Nuria Román Bernet, de la Subdirección General de calidad y seguridad industrial del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; José Manuel Prieto Barrio, subdirector general de calidad y seguridad industrial del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; Tania Marcos Paramio, de la Asociación Española de Normalización, UNE; y Roberto Cánovas, de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
La reciente publicación del Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos, modifica de manera sustancial el procedimiento de evaluación de la conformidad de los requisitos aplicables a los centros técnicos de tacógrafos y la acreditación de las entidades de certificación para poder evaluar y certificar dicha conformidad, al hacer descansar esta evaluación en la nueva norma UNE 66102.
Con el objetivo de facilitar la adaptación a este nuevo Real Decreto, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en colaboración con la Asociación Española de Normalización, UNE, y la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), ha celebrado una jornada orientada a proporcionar orientaciones prácticas a las organizaciones implicadas en su ejecución: centros técnicos de tacógrafos, fabricantes de vehículos y carrocerías que instalen tacógrafos en los vehículos, estaciones de ITV, entidades de certificación o representantes de órganos competentes de CC.AA. para conceder autorizaciones a estos centros, entre otros.
Por parte del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa expuso que la nueva regulación sigue el modelo de la reglamentación comunitaria sobre seguridad industrial, empleando la normalización como apoyo para la evaluación de conformidad con los requisitos, fijando procedimientos de manera consensuada con el sector y estableciendo auditorias periódicas y controles internos.
De esta manera, para poder ser autorizados, los centros técnicos de tacógrafos tienen que estar certificados conforme a la nueva Norma UNE 66102:2017. Además, se amplía la obligatoriedad de certificación para los centros técnicos analógicos, sumándose así a los digitales que ya debían certificarse según el esquema regulatorio anterior. Asimismo, incluye el requisito de acreditación por parte de ENAC para las entidades de certificación en esta materia.
Por parte de la Asociación Española de Normalización, UNE, Tania Marcos presentó la nueva Norma española UNE 66102 Sistema de gestión de los centros técnicos de tacógrafos, publicada el pasado 9 de marzo, Esta norma, elaborada en el seno del organismo español de normalización con la participación de todos y por consenso, especifica los requisitos de prestación de servicio mínimos que deben cumplir estos centros, tanto digitales como analógicos. Además, la UNE 66102 contempla requisitos de sistemas de gestión, incluyendo las instalaciones, para asegurar que las intervenciones sobre los tacógrafos responden a procedimientos definidos y evaluables.
Por parte de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), Roberto Cánovas afirmó que también se modifica la relación de la autorización administrativa con la certificación acreditada: en el Real Decreto ya no se distingue entre autorización inicial y renovación periódica, de hecho ahora, la autorización no pierde su vigencia mientras se mantenga el certificado acreditado con respecto a la nueva norma UNE 66102:2017 “pasando la certificación acreditada a ser condición necesaria para mantener la vigencia de la autorización”.