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Retirada de detectores iónicos y su garantía de tratamiento como residuo radiactivo

30/01/2019

Los detectores iónicos de humo (DIH), están aún presentes en multitud de instalaciones de detección de incendios, protegiendo todo tipo de establecimientos, edificios, e industrias. Los DIH están siendo sustituidos por otros detectores de tecnología más actual y libres de componentes radiactivos.

Los DIH que se han comercializado en España hasta la fecha, tienen como fuente radiactiva más habitual el Americio-241, que es un emisor alfa, por lo que su riesgo radiactivo se derivaría de su posible inhalación o ingestión, no teniendo problemas de irradiación externa.

Estos detectores, cuando permanecen como elementos activos, no suponen ningún riesgo para la salud pública, ya que su encapsulado ofrece una total garantía de contención de las radiaciones ionizantes que pudieran emitir, tal y como queda reflejado en el certificado de homologación que posee cada modelo de detector.

El problema surge cuando, debido a obras de remodelación o derribo, estos detectores son extraídos de la instalación y depositados en almacenes sin control en los que no se garantice su integridad, y en los que no se impida que puedan ser manipulados de forma indebida o maliciosa. Estos detectores, una vez fuera de la instalación, pierden su homologación y tal y como indica su etiquetado, deben ser devueltos de forma inmediata al fabricante o gestionados por empresas autorizadas.

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El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, indica que los equipos que contengan sustancias radiactivas no se pueden considerar como residuos electrónicos convencionales, necesitando un tratamiento selectivo de sus materiales. Todos los DIH existentes en el mercado, hasta el momento, se encuentran por encima de los umbrales de exención establecidos en el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.

Este Real Decreto 110/2015 indica que una vez desmantelados, los equipos deben devolverse al fabricante/comercializador o ser reciclados por una organización autorizada, logrando minimizar el volumen/peso del material para ser almacenado en un depósito de material radiactivo diseñado al efecto. Es decir, las fuentes radiactivas que contienen deben ser extraídas y gestionadas adecuadamente. Es necesario, por lo tanto, que estos detectores sean diferenciados del resto de material eléctrico y electrónico en obra, evitando así que puedan ser enviados como residuo común a plantas de selección de residuos, en los que la ausencia de protocolos para la gestión de material radiactivo podría originar riesgo de contaminación ambiental o de personas.

Ante esta problemática y con el objetivo de favorecer la retirada ordenada de los detectores iónicos del mercado, Tecnifuego está en contacto con Meresis Gestión, una empresa especializada en el tratamiento y que dispone de la autorización del Consejo de Seguridad Nuclear y acuerdo con ENRESA para su deshecho controlado.

Según los datos que maneja esta empresa de residuos, los detectores iónicos recogidos entre 2007 hasta 2018 alcanzan las 366.152 unidades. Sin embargo, los detectores iónicos instalados solo entre 1995 a 2005 se estiman en al menos 2,82 millones de unidades aproximadamente (en esta contabilidad, falta añadir los detectores iónicos anteriores a 1994, y los posteriores, desde 2005 a 2012).Estos datos indican la baja tasa de gestión de reciclaje que se está produciendo actualmente de detectores iónicos, siendo lo más preocupante que la cifra anual no se está incrementando sino decrementando.

El control de los detectores iónicos presentes en las instalaciones de detección de incendios, se está acometiendo en otros países de nuestro entorno de manera diversa. En Francia, por ejemplo, se ha establecido como fecha límite el año 2021 para la retirada de todos los detectores iónicos, tanto los que forman parte activa en las instalaciones contra incendios, como los almacenados. Para ello han generado un documento que deben cumplimentar las empresas mantenedoras en el que se debe indicar cualquier movimiento que se efectúe en la instalación en el que intervengan detectores iónicos, indicando la cantidad y el proceso que se llevará cabo para su reciclado final.

En España, la aplicación del nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, RIPCI, hacía prever que se haría efectiva la retirada de los detectores iónicos instalados en un período similar al establecido en Francia, pero la no retroactividad de la norma va a impedir de momento esta retirada obligada.

Con independencia de la obligatoriedad de retirada con fecha fija, el parque de los detectores iónicos está envejeciendo. Su retirada debe ser ordenada y realizada por una empresa homologada y capacitada para tratar este tipo de residuos peligrosos para la salud y el medioambiente.

Debido a su alta edad (en general) y al elemento radiactivo que incluyen, probablemente los DIH deberían ser los modelos de detectores de incendios con más prioridad en las políticas de renovación. Además, se deberá poner especial atención en su adecuado reciclaje y desmantelamiento.

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