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Heura alerta de que la RAP, los envases de transporte y los sistemas nacionales pueden alterar costes y plazos

Exportar un producto obliga a calcular los costes ambientales de cada envase

Redacción Interempresas02/10/2026

Las empresas que comercializan productos en otros países deben identificar antes del lanzamiento las obligaciones ambientales asociadas a cada uno de los envases utilizados. Heura advierte de que el análisis debe incluir tanto el recipiente destinado al consumidor como los embalajes de agrupación y los elementos empleados en el transporte. Estas obligaciones pueden repercutir en el precio, el margen y la fecha prevista para iniciar la comercialización.

José Vicente Ronda es el socio director de Heura
José Vicente Ronda es el socio director de Heura.

El Reglamento europeo sobre envases y residuos de envases (PPWR), aplicable desde el 12 de agosto, establece el nuevo marco comunitario. A este se añaden los diferentes sistemas nacionales de responsabilidad ampliada del productor (RAP), que pueden exigir registros, procedimientos, representación y pagos específicos en cada mercado.

Según señala la consultora ambiental Heura, la responsabilidad sobre un mismo producto puede variar en función del país de destino. Por ello, antes de comenzar a comercializarlo es necesario identificar cada envase, determinar quién debe asumir la RAP en el mercado correspondiente y conocer los trámites y costes asociados.

“el riesgo empresarial puede ser mucho más inmediato que una eventual sanción: una referencia que no puede lanzarse en la fecha prevista, un cliente que exige acreditaciones, un sistema de facturación no preparado o costes ambientales que nunca fueron introducidos en el margen”, explica José Vicente Ronda, socio director de Heura.

La consultora plantea cuatro cuestiones que las empresas deberían resolver antes de vender un producto en otro país: qué envases se ponen en circulación, qué función desempeña cada uno, dónde acabarán previsiblemente como residuo y quién asume la responsabilidad sobre ellos.

La responsabilidad cambia según el modelo comercial

El reparto de obligaciones puede variar en función de cómo se haya estructurado la actividad empresarial. La fabricación para terceros, las marcas blancas, la utilización de diferentes distribuidores, el comercio electrónico o las operaciones con varios importadores pueden determinar quién debe asumir las responsabilidades ambientales en el país de destino.

Antes de iniciar los trámites, la empresa debe conocer quién encarga el producto, con qué marca se comercializa, quién actúa como importador, cómo se distribuye y qué envases llegan finalmente a cada mercado.

Heura pone como ejemplo un caso reciente en Francia presentado por Refresco Iberia. La compañía tuvo que revisar diferentes elementos de la cadena comercial, entre ellos la titularidad de la marca, quién había encargado el producto, la figura del importador, las exigencias planteadas por el cliente y los envases comercializados, para determinar cómo se distribuían las responsabilidades.

El caso fue expuesto durante un encuentro celebrado recientemente en Cámara Valencia, al que asistieron representantes de 45 empresas de la Comunitat Valenciana. La sesión se desarrolló a partir de la colaboración entre Cámara y Heura, como partner de su Área Internacional.

Antes de iniciar los trámites, la empresa debe conocer quién encarga el producto, con qué marca se comercializa, quién actúa como importador...
Antes de iniciar los trámites, la empresa debe conocer quién encarga el producto, con qué marca se comercializa, quién actúa como importador, cómo se distribuye y qué envases llegan finalmente a cada mercado.

Portugal incorpora un depósito de 0,10 euros por envase

Portugal aplica desde el 10 de abril un Sistema de Depósito y Reembolso (SDR) para determinados envases primarios no reutilizables de bebidas con una capacidad de hasta tres litros.

El sistema establece un depósito de 0,10 euros por unidad, que el consumidor recupera cuando devuelve el envase. Las empresas que comercializan en Portugal productos incluidos en este sistema deben registrarlos previamente, cumplir los requisitos de marcado y código e incorporar el depósito a sus sistemas de gestión, precios y facturación.

El importe se traslada a través de la cadena de distribución, debe aparecer de forma separada en las facturas y tiene que reflejarse también en la información facilitada al consumidor sobre el precio.

El caso de una botella de bebida permite visualizar la complejidad de estas obligaciones. El envase primario puede formar parte de una operación que incluya además una caja de cartón como envase secundario y otros elementos utilizados para el transporte, como palés, film y flejes.

“Decir que ‘vendemos una botella en Portugal’ es insuficiente, ya que desde el punto de vista ambiental estamos introduciendo varios envases distintos, con funciones, materiales, circuitos y obligaciones potencialmente diferentes”, señala Ronda.

Registros y ecocontribuciones antes de entrar en un mercado

De acuerdo con Heura, las empresas deben incorporar a sus previsiones económicas los costes relacionados con registros, representantes autorizados, sistemas colectivos, ecocontribuciones, depósitos y posibles modificaciones de los envases.

La identificación previa de estas obligaciones permite conocer el impacto económico y operativo de cada mercado antes de iniciar la comercialización. La consultora considera que este análisis resulta especialmente relevante cuando una misma referencia se distribuye en diferentes países con sistemas nacionales distintos.

“El objetivo es poder vender de forma previsible, rentable y escalable, con las responsabilidades y los costes identificados antes de entrar en cada mercado”, concluye Ronda.

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