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La CNMC recomienda facilitar la competencia entre los sistemas de gestión de aceites usados

17/11/2025

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido dos informes sobre proyectos normativos a solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: el Proyecto de Real Decreto (PRD) de aceites industriales y sus residuos (IPN/CNMC/026/25), y el Proyecto de Orden Ministerial (POM) de escorias producidas en horno de fundición (IPN/CNMC/031/25), informaron en una nota de prensa fuentes del organismo regulador. Estos proyectos normativos se enmarcan en la actualización de la normativa de gestión de residuos y la implementación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (LEC).

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Aceites industriales usados

Respecto a los aceites industriales usados, la CNMC recuerda que al PRD sustituirá al vigente de 2006 y regulará la recogida y tratamiento de los citados aceites, en línea con la Directiva Marco de Residuos y la Ley de Economía Circular. La norma desarrolla el principio de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP), que obliga a los fabricantes de aceites a organizar y financiar la gestión de los residuos, directamente o mediante Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAPs).

Sobre este asunto, las principales recomendaciones de la CNMC se centran en regular la coexistencia entre diferentes SCRAPs:

1.- Facilitar la coexistencia de sistemas de gestión. Se sugiere establecer un único convenio por administración, con reparto de responsabilidades y costes según cuota de mercado, y eliminar el plazo máximo de un año para su firma.

2.- Regular la selección de gestores de manera transparente y no discriminatoria, y aplicar el principio de proximidad sin restringir la competencia.

3.- Prevenir el intercambio de información sensible dentro de los SCRAPs, incorporando mecanismos de control y supervisión.

4.- Simplificar el cambio de SCRAP por parte de los productores, evitando compensaciones desproporcionadas.

5.- Agilizar las autorizaciones, valorando la aplicación del silencio administrativo positivo para facilitar la entrada de nuevos operadores.

Escorias de fundición

En cuanto al Proyecto de Orden Ministerial, fija los criterios para que estos materiales, una vez tratados, dejen de considerarse residuos y puedan reutilizarse como áridos siderúrgicos, entre otros en el sector de la construcción.

A pesar de que la CNMC valora positivamente el impulso al reciclaje y a la reutilización industrial, ha identificado algunas barreras regulatorias, por lo que recomienda:

1.- Reducir los costes administrativos mediante la eliminación o flexibilización de trámites (autorizaciones, certificaciones anuales, archivos documentales, etc.), sustituyendo controles previos por declaraciones responsables o controles posteriores.

2.- Interpretar con flexibilidad el requisito de “existencia de demanda”, recordando que, a pesar de que la Ley 7/2022 exige que exista “un mercado o una demanda”, conforme a la Directiva de Servicios, el acceso a la actividad no debería supeditarse a una prueba económica. En caso de duda, la CNMC recomienda una interpretación favorable a la existencia de mercado.

La CNMC puede actuar de oficio (de acuerdo con el artículo 5.1.h de la Ley de creación) o a petición de las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las comunidades autónomas, las corporaciones locales, los colegios profesionales, las cámaras de comercio y las organizaciones empresariales y de consumidores y usuarios (de acuerdo con el artículo 5.2).

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