Actualidad Info Actualidad

Artículo de Aspy Prevención sobre el nuevo Reglamento europeo de EPI

Los nuevos cambios en EPI afectan a la protección contra agentes biológicos, calor y ruido

Redacción Interempresas27/04/2018
El nuevo Reglamento de Equipos de Protección Individual (EU 2016/425) entró en vigor el pasado sábado 21 de abril y los cambios introducidos afectan a fabricantes, importadores y distribuidores. La protección frente a sustancias biológicas nocivas así como a temperaturas extremas de calor y humedad son dos de los cambios más destacados de la nueva legislación.
El principal objetivo de este nuevo Reglamento es conseguir la máxima seguridad y mejorar las condiciones de trabajo en todos los sectores laborales. “Los EPI son productos en constante evolución. Frecuentemente, surgen nuevos materiales y técnicas de fabricación que permiten actualizarlos y mejorarlos. Del mismo modo, pueden incorporarse riesgos no contemplados en el pasado o aparecer nuevas disposiciones normativas que obliguen a introducir nuevos EPI en el ámbito de la seguridad y salud laboral, afirma Jose A. Llorente, Product Manager de Protección Personal en Aspy Prevención.
El nuevo Reglamento de Equipos de Protección Individual también define las responsabilidades de toda la cadena interviniente...
El nuevo Reglamento de Equipos de Protección Individual también define las responsabilidades de toda la cadena interviniente.

Los principales cambios que se introducen en esta Normativa son:

  • En relación a la categorización de los EPI, se introducen en la categoría de riesgo número III o categoría de EPI complejo (que puede causar consecuencias muy graves, tales como la muerte o daños irreversibles) los destinados a proteger a los trabajadores de agentes biológicos nocivos, ahogamientos, heridas de bala, chorros de alta presión, corte por sierras de cadena o ruidos nocivos.
  • En relación al campo de aplicación, se incluyen los productos de utilización privada que protegen contra el calor, el agua o la humedad.
  • Se redefinen las responsabilidades de todos los agentes de la cadena económica ya sean fabricantes, importadores o distribuidores. Así, los fabricantes deberán realizar evaluaciones periódicas del correcto uso de los productos y los distribuidores deberán asegurarse que cumplen la normativa sobre todo en cuestiones de información y marcaje de los equipos.
  • La entrega de cada EPI deberá ir acompañada de una declaración de conformidad así como estar identificado con un número de tipo, lote o serie, para facilitar su trazabilidad.
  • La validez máxima de los certificados será de 5 años.

La empresa de calzado de seguridad Panter valora los cambios del nuevo reglamento: “Desde Panter queremos hacer hincapié en que el usuario final es el gran beneficiado de la entrada en vigor de este Reglamento, ya que sólo trata las condiciones en las que el EPI deberá ser puesto en el mercado y comercializado. En Panter trabajamos cada día con el mismo objetivo: conseguir una sociedad que progrese hacia una nueva generación de trabajadores más seguros pero también más sanos. Por eso, en nuestros calzados prima la salud y el bienestar del trabajador, 24 horas al día los 365 días del año”, afirma Ramón Pajares Salinas, consejero delegado de Panter.

Para Panter, “el usuario final es el gran beneficiado de la entrada en vigor de este Reglamento”. Modelo Brio S3 Atmósfera Oxígeno...
Para Panter, “el usuario final es el gran beneficiado de la entrada en vigor de este Reglamento”. Modelo Brio S3 Atmósfera Oxígeno.

Diferentes niveles de responsabilidad

El contratista y la empresa titular tienen la responsabilidad de tomar las medidas que sean necesarias para que se utilicen los EPI adecuados y de la manera establecida en la legislación. El empresario o contratista será el encargado de establecer, junto con el Coordinador de Prevención, los puestos de trabajo en los que sea necesario el uso de los EPI así como los riesgos de los que haya que protegerse. Además, será el responsable de seleccionar los equipos de protección que se vayan a usar y velar por su correcto uso y por el mantenimiento de los mismos. Por otro lado, el Coordinador de Prevención será el encargado de documentar todo el proceso de selección, formación y mantenimiento de los equipos de protección individual. También de apoyar al responsable del lugar de trabajo en la selección de los mismos. “La coordinación de actividades empresariales es clave para el buen funcionamiento de todo este proceso de adquisición de los EPI. Por eso, el nuevo reglamento establece una división de tareas que requiere de coordinación y colaboración por parte de los tres principales agentes económicos que intervienen en el proceso; fabricantes, distribuidores y usuario final”.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos

REVISTAS

NEWSLETTERS

  • Newsletter Protección Laboral

    09/04/2024

  • Newsletter Protección Laboral

    26/03/2024

ÚLTIMAS NOTICIAS

EMPRESAS DESTACADAS

OPINIÓN

OTRAS SECCIONES

SERVICIOS