Un nuevo real decreto vuelve a exigir laboratorios acreditados por ENAC para ampliar el control del radón
El Real Decreto 1029/2022, por el que se aprueba el reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes, establece las normas relativas a la protección de los trabajadores y de los miembros del público contra los citados riesgos, entre las que se incluye el uso de laboratorios acreditados para aportar garantías en las medidas del radón.
En concreto, en su artículo 76 exige que los titulares de las actividades laborales que se desarrollen en lugares con riesgo de exposición al radón, tales como trabajos subterráneos en obras, túneles, minas o cuevas, donde se procese, manipule o aproveche agua de origen subterráneo (actividades termales y balnearios) u otros lugares de trabajo situados en planta baja de los términos municipales de actuación prioritaria definidos en el propio Reglamento, deberán estimar el promedio anual de concentración de radón en aire en todas las zonas de trabajo en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder por razón de su trabajo.
El documento también especifica que el promedio anual de la concentración de radón en aire se estimará, a partir de medidas de larga duración, siguiendo las guías e instrucciones emitidas por el Consejo de Seguridad Nuclear, y el laboratorio que realice la medida deberá estar acreditado de acuerdo con la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017 por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), o bien por otro organismo nacional de acreditación designado de acuerdo con la normativa europea. ENAC está ya en disposición de aceptar solicitudes de acreditación de laboratorios de ensayo.
Este nuevo real decreto es un nuevo ejemplo de la importancia para la Administración Pública de contar con las máximas garantías en el control de este gas de incidencia nociva sobre la salud de las personas. Un uso de la acreditación que se une al de la última modificación del Código Técnico de Edificación (CTE), que establece que laboratorios que realizan las mediciones del gas radón presente en las viviendas y edificios tienen que estar acreditados por ENAC.