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Según la peligrosidad o el bienestar

España prepara el listado oficial de especies exóticas que podrán tenerse en casa, según la Ley de Protección Animal

Redacción Interempresas17/11/2025
El Ministerio de Derechos Sociales ha iniciado el proceso para elaborar el listado positivo de animales de compañía con las especies de animales exóticos que podrán estar en cautividad en los hogares españoles. El texto, que se someterá a consulta pública, permitirá recoger propuestas y observaciones de la ciudadanía, expertos y sectores implicados antes de su aprobación definitiva.
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El decreto tendrá en cuenta distintos factores como “la peligrosidad del animal, el riesgo de transmisión de enfermedades, el impacto para la biodiversidad o el propio bienestar animal” a la hora de determinar las especies que pueden convivir en los domicilios como animales de compañía.

Derechos Sociales inicia la tramitación de dos decretos clave

Derechos Sociales ha informado en un comunicado del comienzo del proceso de tramitación de dicho real decreto junto a otro relativo a las condiciones higiénico-sanitarias que deben cumplir los núcleos zoológicos, con el objetivo de culminar el desarrollo de la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar Animal.

El Ministerio ha anunciado que someterá a consulta pública ambos textos para recabar aportaciones de la ciudadanía, organizaciones, grupos de interés y sectores profesionales antes de comenzar a redactar el texto legal con el que luego trabajará con todos los agentes implicados.

El primero es el real decreto para desarrollar el listado positivo de animales de compañía, un instrumento regulador que concretará qué especies de animales exóticos pueden ser mantenidos en cautividad en los hogares españoles.

El segundo es el real decreto que establecerá normas básicas de ordenación de los llamados núcleos zoológicos, es decir, agrupaciones de animales de compañía. Este texto va a estipular las condiciones higiénico-sanitarias y de bienestar animal que deben de cumplir estos núcleos zoológicos y actualizar así la normativa de rango estatal sobre esta materia, que se remonta a un decreto de 1975, y que convive con regulaciones autonómicas dispares que han ido surgiendo para cubrir la falta de actualización sobre esta normativa.

De esta manera, desde Derechos Sociales, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, se pone el foco en las condiciones de salud, manejo y bienestar de los animales, también en la formación de las personas que los atienden y en las condiciones a cumplir de todas las agrupaciones de animales de compañía radicadas en el territorio nacional, ya tengan como objeto la cría, la venta o el alojamiento de estos animales.

Estos dos nuevos reales decretos llegan después de haber concluido en julio la exposición pública de los dos primeros reales decretos relativos a la citada Ley de Bienestar Animal: el de identificación de animales de compañía y otro por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la misma. Este último reglamento regulará aspectos tan relevantes, aún pendientes de aplicación, como el curso de tenencia de perros o el seguro de responsabilidad civil.

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