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El SCRAP IMPLICA ayuda a cumplir las obligaciones legales del nuevo RD 1055/2022 de Envases en el sector de las pinturas

Laura Sanz de Siria, secretaria general de Confecoi, coordinadora del SCRAP IMPLICA

24/04/2023
Desde la entrada en vigor del Real Decreto de Envases 1055/2022, los sectores industriales se han visto envueltos en una revolución en cuanto al funcionamiento de sus sistemas de distribución. El sector de las pinturas no ha sido ajeno a estas novedades.
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El citado Real Decreto modifica y revisa en profundidad la normativa relativa a envases y residuos de envases vigente hasta su entrada en vigor, la ley 11/1997. Uno de los cambios más relevantes respecto a la legislación previa es el desarrollo de la responsabilidad ampliada del productor en industrias y comercios que antes no estaban obligados a cumplirla para determinados envases. Este Real Decreto traspone la directiva 2018/852 y desarrolla algunos aspectos de la ley 07/2022 de Residuos.

Es justo en el año 1997 y derivado de las necesidades legales de dicha ley 11/1997 de envases y residuos de envases que surge la Confederación Empresarial del Ecoenvase Industrial (Confecoi). Se ha dedicado desde entonces a prestar servicios integrales a las empresas socias y adheridas, con motivo de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones legales respecto de la normativa española Marco de Residuos y específica de Envases.

Al igual que ha estado haciendo hasta ahora, dará solución a las empresas respecto a sus obligaciones determinadas por el Real Decreto del 2022. La solución colectiva a estas nuevas obligaciones legales, que está siendo promovida por Confecoi, se articula en forma de nuevo SCRAP para los envases industriales y comerciales de uso profesional y servicios industriales, llamado IMPLICA.

Algunas diferencias de este Real Decreto con la legislación anterior y que atañen a las empresas del sector pinturas son las siguientes:

  • Desarrolla el régimen de responsabilidad ampliada del productor (RAP) para todos los envases, ampliándose a envases comerciales e industriales.
  • Introduce medidas orientadas a la prevención de residuos: el fomento de la venta a granel de alimentos, el aumento de envases reutilizables, y la promoción del reciclado y marcado de productos.
  • Establece objetivos y medidas concretas para envasadores, distribuidores, poseedores y administraciones.

Ámbito de aplicación

Quedan dentro del ámbito de aplicación de este Real Decreto todos los envases puestos en el mercado y residuos de envases generados en el territorio del Estado, independientemente de que se usen o produzcan en la industria, comercio, oficinas, establecimientos comerciales, servicios, hogares, o en cualquier otro sitio, sean cuales fueren los materiales utilizados.

La nueva normativa revoluciona la gestión de los envases industriales y comerciales. Antes solo los envases domésticos cumplían con la RAP–SIG (Ecoembes), el nuevo Real Decreto de envases desarrolla la obligación RAP para los envases industriales y comerciales.

¿A quién afecta la nueva Responsabilidad RAP?

Al productor de producto-envasador, es decir, a todas las empresas que utilizan envases y embalajes industriales y comerciales para transportar y vender sus mercancías en el mercado español (envasadores, importadores, adquirientes comunitarios e incluso empresas extranjeras). Los fabricantes de pinturas, para cumplir con la Responsabilidad RAP podrán adherirse al SCRAP IMPLICA, promovido por Confecoi.

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¿En qué consiste la nueva obligación?
Los fabricantes de pinturas (envasadores) tendrán que financiar y organizar la gestión de los residuos de los envases y embalajes que utilizan en la puesta en el mercado de sus productos (hasta ahora se encargaban los clientes finales) a través de sistemas individuales o colectivos. IMPLICA, promovido por CONFECOI, es un Sistema Colectivo de RAP.

Los fabricantes de pinturas también tendrán obligación de facilitar información a la Administración sobre los objetivos de reciclado y trazabilidad de los residuos de envases.

Para ello es obligatorio registrarse en el Registro de productores de producto en el MITECO. Los que deben inscribirse son los envasadores nacionales o internacionales, adquirientes e importadores de la UE o fuera de la UE.

En el caso de envasadores con sede en España lo harán ellos directamente.

Sin embargo, en caso de transacciones comerciales con envasadores, importadores o adquirientes con sede en otros estados, los envasadores nacionales deberán hacerlo mediante un representante autorizado o en su defecto, un adquiriente intracomunitario o importador en España o el primer distribuidor o comerciantes con sede en España.

El plazo de inscripción ha sido ampliado desde la fecha inicial del 29/03. El número de registro deberá aparecer en la factura y albarán de todos los productos comercializados envasados.

El formato del nº de registro es el siguiente ENV/2023/xxxxxxx

Envases reutilizables

Es otro de los puntos que ha sido muy debatido. En este caso, el RD plantea, por una parte, un SDDR obligatorio para envases reutilizables y, por otro, un SDDR obligatorio para determinados envases de un solo uso, este último en el caso de que España no alcance los objetivos de recogida separada de botellas para bebidas de plástico de un solo uso.

Responsabilidad ampliada del productor RAP

Supone un cambio radical del modelo actual de la gestión de residuos de envases en las empresas. Hasta ahora, eran los clientes finales quienes se hacían cargo de la financiación y gestión de los residuos de los envases de las mercancías que recibían. Con la entrada en vigor del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases esa responsabilidad pasa al productor de producto.

Las empresas fabricantes de pinturas tendrán que hacerse cargo de los residuos de envases y embalajes de tipo industrial y comercial que acaban en las instalaciones de su cliente final, con el consiguiente coste y con importantes nuevas necesidades organizativas para las empresas.

Esta RAP se podrá adoptar de manera individual SIRAP o de manera colectiva SCRAP.

Este RD impone que los sistemas de RAP (SIRAP o SCRAP) estén autorizados antes de 12/2024, y que soliciten su autorización antes de 12/2023, en esas autorizaciones se debe de especificar la tipología de los envases y sectores adheridos, por lo que todo productor de producto tiene hasta 12/2023 para adherirse a un SCRAP y que se tengan en cuenta sus características en los futuros SCRAP.

Como conclusión, podemos decir que este RD tiene una especial relevancia económica, ambiental y social, ya que afecta a toda la cadena de valor del envase. Es decir, a las cadenas de producción, fabricantes de envases, envasadores, distribución, poseedores y gestores de residuos, con impactos directos e indirectos, tanto para las empresas, como para las administraciones públicas y los ciudadanos. Todas las empresas envasadoras deben estar informadas para cumplir en tiempo y forma todas las nuevas novedades que impone este RD.

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IMPLICA, el nuevo SCRAP para los envases industriales y comerciales

Confecoi ha creado un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) de Envases Industriales y Comerciales de uso profesional y servicios industriales, llamado IMPLICA. Este sistema se encargará de llevar ese control sobre los envases de sus adheridos, organizando su recogida desde su depósito hasta su debida gestión. De esta manera, las empresas adheridas al SCRAP IMPLICA podrán dar conformidad de su cumplimiento con la Ley y su Responsabilidad RAP de envases industriales y comerciales.

Acorde con lo que establece el Real Decreto de envases y residuos de envases, son los envasadores quienes financiarán las actividades funcionamiento del SCRAP. No obstante, también puede existir un acuerdo con los fabricantes de envases para que ellos asuman dicha responsabilidad.

Es por ello que Confecoi admite la integración de envasadores, fabricantes y gestores provenientes de toda España. Puesto que todos ellos conforman el ciclo completo de vida del producto, es necesario escuchar las opiniones de cada uno de ellos, motivo por el cual las decisiones relacionadas con la gestión del SCRAP pertenecerán a los participantes del mismo, mientras que IMPLICA se dedicará a dar cumplimiento de la legislación.

Actualmente, el SCRAP IMPLICA dispone de más de 130 empresas adheridas, integrantes de los sectores de pinturas y tintas, detergentes, química general, construcción, juguetes y plásticos. Cada vez más empresas se adhieren siendo un listado abierto y albergando la posibilidad de incluir aún más sectores industriales en un futuro próximo.

Se han creado Comisiones de trabajo: Financiera, Operaciones y de Circularidad, para avanzar con las empresas adheridas en el diseño e implantación del SCRAP. Puesto que Confecoi viene desde hace tiempo trabajando con los diferentes envases para impulsar el proceso de sostenibilidad, también se preocupa por solicitar a sus participantes la información sobre sus tipologías y materiales de envase para ir estableciendo posibles rutas de gestión y estudios ambientales.

¿Y por qué IMPLICA?

Porque …

… Estamos IMPLICADOS en la economía circular y en el cuidado del medio ambiente, desde la puesta en el mercado de los envases hasta su recuperación.

… IMPLICAMOS a toda la cadena empresarial: fabricantes, envasadores, poseedores y gestores.

… IMPLICACIÓN en un proyecto y una misión para nuestro planeta, sin un ánimo de lucro.

Buscamos la IMPLICACIÓN en la prevención, reutilización y reciclado de envases

En resumen, IMPLICA es el SCRAP integrador y circular que ayuda a las empresas a cumplir con su Responsabilidad RAP derivada de la nueva normativa sobre envases en España.

Para más información:

info@confecoi.com

info@somosimplica.com

www.somosimplica.com

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