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Rotación / 7 fracciones de las normas de contratación, de manera que se mantiene la tipificación como falta grave. Reforma Laboral 2021 Acontinuación, tomó la palabra Javier Sánchez Toledo, abogado senior, experto en derecho y miembro del equipo de JLCasajuana, que se encargó de desgranar los aspectos más importantes de la Reforma Laboral de 2021. En este sentido, hizo mención a la modificación del contrato eventual, manteniéndose los contratos temporales, incluso ampliándose, pese a que se intente limitar. Dentro de este tipo de contratos, Sánchez Toledo enumeró tres. El primero de ellos es el que prevé el incremento ocasional e imprevisible. En este tipo de contrato están excluidas las causas de estacionalidad, con lo cual, las causas que propicien esta contratación son muy limitadas. La duración de este contrato es de 6 meses, ampliables a 12 por convenio sectorial, y en los que cabe una prórroga. Además, está incluida la sustitución de las vacaciones anuales. El segundo de estos contratos es el de circunstancias de la producción por sustitución ocasional o previsible, que establece 90 días de duración en un año natural. El tercero es el contrato de sustitución del trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo. Este contrato ofrece la novedad de que se puede hacer con una antelación de hasta 15 días con anterioridad a que se produzca la baja o la situación que impida al trabajador prestar sus servicios. De izda a dcha: Fernando Izquierdo, director técnico del CME, Antonio Cebrián, director del departamento laboral del JL Casajuana, y Esther Morales, magistrada de la sala de lo social del TSJ de Madrid; y Javier Sánchez, miembro del equipo de JL Casajuana

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